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¿Qué implicaciones legales tiene el manejo del dron, el regalo estrella de estas Navidades?

¿Qué implicaciones legales tiene el manejo del dron, el regalo estrella de estas Navidades?
Alberto Aznar, de Pedrós Abogados.
15/1/2016 07:23
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Actualizado: 01/2/2016 12:31
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Las Navidades acaban tras un día de reyes en el que, como es tradición, familiares y amigos hemos intercambiado y recibido todo tipo de obsequios. Uno de los regalos estrella de estas fiestas han sido, sin género de dudas, los pequeños aviones no tripulados dirigidos por control remoto, comúnmente conocidos como drones, que han adquirido una enorme popularidad en los últimos años y cuyo uso se ha generalizado.

En este artículo vamos a intentar plantear algunas preguntas y respuestas legales generales a tener en cuenta, especialmente en cuanto a las recomendaciones, prohibiciones y sanciones que implica el manejo de drones establecidas en la legislación española.

¿Qué es un dron y dónde se regula su uso?

Un dron, cuyo nombre técnico es «vehículo aéreo no tripulado» (VANT), es una pequeña aeronave, de uso civil o militar, generalmente de tamaño pequeño y peso inferior a 150 kilos, que vuela sin tripulación con un motor de propulsión o reacción y que es capaz de mantener un nivel de vuelo constante y sostenido.

Así pues, cabe recordar, en primer lugar, que los drones no son juguetes, son pequeñas aeronaves, cuyo uso y regulación corre a cargo de la legislación aeroportuaria general, esto es, la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea; que se complementa con la específica regulación del uso de drones en otras normas como la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes.

¿Qué tipos de usos se puede dar a un dron?

En tal sentido, y tal y como señala la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en tanto organismo encargado del control del espacio aéreo español, específicamente se autoriza el uso de drones para un primer grupo de actividades, que denominamos actividades profesionales, tales como las relacionadas con investigación, vigilancia, publicidad aérea o labores de emergencia, siendo una de las más comunes el uso de drones por empresas que se dedican a grabar eventos de todo tipo tales como conciertos, bodas o manifestaciones.

Así, en España existen ya más de 900 empresas con licencia del Ministerio de Fomento habilitadas para el uso profesional de drones en labores técnicas y científicas generalmente de filmación, vigilancia y control.

Conjuntamente con el uso para actividades técnicas, surge también el uso para actividades recreativas o lúdicas, siendo éste el uso más generalizado a raíz de la popularidad que han ido adquiriendo los drones y su regalo navideño.

¿Necesito licencia para pilotar un dron?

No, en España, siempre que su uso sea estrictamente recreativo y salvo que se quiera manejar un dron para su uso profesional, no es necesario ni obtener una licencia o autorización de uso ni tampoco el registro de la titularidad de un dron, a salvo del uso profesional para el que se destine.

En este segundo caso, es necesario ser mayor de 18 años y tener acreditados una serie de conocimientos teóricos, bastando un certificado básico emitido por un organismo acreditado ATO reconocido por la AESA para el manejo de los drones más habituales, los de tamaño inferior a 25 kilos. La anterior certificación no será necesaria para aquellos que ostenten un título de piloto de avión, ultraligero o específico.

Además, a la mayoría de edad y el certificado ATO de manejo de drones se tiene que acompañar un certificado médico LAP donde se acredite que la persona que maneja el dron no sufre problemas de salud ni psicológicos.

¿Dónde puedo volar mi dron y bajo qué recomendaciones?

Más allá de estos usos para actividades técnicas o recreativas, el uso de drones plantea, así pues, ciertas cuestiones o conflictos en lo relativo a las amenazas a la seguridad y privacidad que puedan suponer.

Así, los artículos 50 a 53 de la Ley 18/2014 son una primera aproximación a la regulación específica de los drones, donde se lleva a cabo una serie de recomendaciones sancionables en caso de incumplimiento, pues los drones deben volar:

– Manteniendo siempre el contacto visual y por debajo de 120 metros de altura.

– Con seguridad y en zonas adecuadas donde no se ponga en peligro a terceros.

– Sin causar daños, pues son de responsabilidad de la persona que lo maneja (tal y como recuerda el artículo 55 de la ley de seguridad aérea).

La uso y vuelo de drones en espacios cerrados depende de que sea autorizado por el titular de dicho espacio, siendo igualmente aplicable la necesidad de realizar un vuelo seguro y la responsabilidad por daños de la persona que lo maneja.

Además de las anteriores recomendaciones, la legislación establece una serie de prohibiciones, pues no se permite que drones vuelen:

– En zonas urbanas; ni cerca de aeropuertos ni aeródromos ni helipuertos o similares.

– Cuando se ponga en peligro a terceros ni sobre aglomeraciones de personas, ya sea en zonas urbanas o rurales.

– Cerca de zonas donde se realicen actividades de parapente, paracaidismo o similares, ni por la noche.

¿El uso de un dron puede implicar algún tipo de sanción?

Sí, el uso indebido y sin cumplir la normativa de alguna de las anteriores prohibiciones y recomendaciones puede implicar sanciones de diverso calibre. Además, la cuantía de las sanciones no es menor por cuanto se pueden imponer penas de multa que pueden rondar desde los 60 a los 225.000 € en el peor de los casos si las cometen particulares; y de 4.500 a 4,5 millones de € si las cometen empresas.

De hecho, no se trata de una normativa que haya quedado en papel mojado y sea inaplicable por cuánto en el último año y medio la AESA ha impuesto multas por uso indebido de drones por un total de 185.500 €, principalmente por sobrevuelo de zonas no permitidas y no ser un operador habilitado.

Visto todo lo anterior, por tanto, es no solo recomendable sino una obligación el hacer un uso responsable y acorde a la normativa para evitar no solo posibles sanciones legales sino causar daños personales y materiales así como no vulnerar la privacidad de terceros.

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