El Supremo no resolverá sobre cláusulas suelo hasta que el Tribunal de Luxemburgo decida sobre la retroactividad
Fachada del Tribunal Supremo. (Confilegal)

El Supremo no resolverá sobre cláusulas suelo hasta que el Tribunal de Luxemburgo decida sobre la retroactividad

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14/4/2016 05:25
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Actualizado: 24/6/2020 17:07
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El Tribunal Supremo va a suspender todos los procedimientos pendientes relativos a la cláusula suelo, a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie respecto a la cuestión prejudicial que fue planteada en abril de 2015 por el Juzgado Mercantil nº 1 de Granada (asunto C-154/15), en un procedimiento iniciado por Ausbanc contra BBK Bank Cajasur.

La vista oral tendrá lugar en la sede del tribunal, en Luxemburgo, el próximo día 26 de abril. Y en ella, España defiende una la posición contraria a la retroactividad total.

La cuestión prejudicial ante el TJUE se refiere a los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo. Hasta el momento, la doctrina emanada del Tribunal Supremo limita la devolución del dinero cobrado a los clientes en aplicación de la cláusula suelo al periodo comprendido entre el 9 de mayo de 2013 (fecha de la primera Sentencia del Tribunal Supremo obtenida por Ausbanc Abogados) y la actualidad. Sin embargo, desde Ausbanc entienden, como diversos juzgados de primera instancia españoles, que la retroactividad debe ser total, es decir, que la devolución del dinero cobrado por la cláusula suelo debe hacerse desde el momento en que se firmó la hipoteca.

Eso es lo que tendrá que decidir el Tribunal de Luxemburgo el próximo día 26 de abril, y por eso se trata de una fecha histórica para los afectados por la cláusula suelo, y la culminación de la batalla de Ausbanc contra esta mala práctica. Debido a la importancia de esta decisión, el Tribunal Supremo está suspendiendo la deliberación y fallo de los recursos de casación en procedimientos contra las cláusulas suelo.

En concreto, el pasado 12 de abril, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal dictó un Auto en el que señala la suspensión de la deliberación y fallo del recurso de casación entre consumidores asociados a Ausbanc y Unicaja Banco, hasta la resolución del TJUE, «quedando sin efecto el señalamiento acordado para el día 4 de mayo». La sentencia recurrida por la entidad financiera decretaba la nulidad de la cláusula suelo aplicada a los clientes y la devolución total de los importes pagados en concepto de la cláusula suelo desde la firma del préstamo hipotecario.

Entiende el Supremo que «dada la cercanía de la fecha señalada para la vista ante dicho tribunal y, consiguientemente, de la sentencia que haya de dictarse, la suspensión del proceso no se prevé extensa, por lo que no se causa un perjuicio relevante a las partes».

Y opor tanto, «en una interpretación conjunta del artículo 23 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determina la suspensión del proceso en el que la cuestión prejudicial ha sido planteada, y el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, procede la suspensión del presente recurso de casación hasta la resolución que la cuestión prejudicial C-154/15«.

Como explica el delegado de Ausbanc en Granada, Daniel Pineda, “la cuestión jurídica que se plantea en este recurso de casación interpuesto por Unicaja banco está directamente relacionada con la cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Luxemburgo, ya que el recurso solicita que se aplique la doctrina de la Sala de lo Civil del Supremo sobre los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula suelo. Y es esta doctrina la que precisamente está cuestionando en estos momentos el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es el máximo órgano judicial a nivel comunitario”.

La vista oral del próximo 26 de abril en el TJUE puede constituir un nuevo hito para los afectados por la cláusula suelo. Todas las instancias judiciales en España han paralizado sus procedimientos a la espera de la resolución del Tribunal de Luxemburgo. 

“Esta sentencia afectará a todos los procedimientos judiciales vivos en materia de cláusula suelo en España” y podrá suponer que las entidades financieras “tengan que devolver más de 5.000 millones de euros a los prestatarios”, recalcó Pineda.

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