Juan Ignacio Navas: el Gobierno debe responder ante el expediente sancionador abierto por Bruselas
Para este jurista, la sentencia del Supremo contradice lo dispuesto expresamente en la Ley Reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y es contraria a la Directiva 93/13 y la doctrina del TJUE, por lo que prevé un incremento de la litigiosidad; el fallo aparenta ser favorable al consumidor pero en el fondo beneficia a la banca. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Juan Ignacio Navas: el Gobierno debe responder ante el expediente sancionador abierto por Bruselas

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30/4/2016 05:56
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Actualizado: 29/4/2016 21:07
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El Abogado Juan Ignacio Navas asegura que el «Gobierno – aunque sea en funciones- debe responder a las legítimas aspiraciones de los consumidores bancarios españoles, la reclamación realizada por su despacho y la tarjeta amarilla levantada por la Comisión Europea que ha decidido abrir un expediente sancionador».

Este pasado jueves Bruselas volvía a criticar a política de ejecuciones hipotecarias de España y decidía abrir un expediente sancionador un procedimiento de infracción a España pidiendo al Gobierno garantizar la protección de los consumidores contra las cláusulas abusivas y equiparándolas a la normativa a la europea. Una advertencia «muy oportuna dada la pasividad de las autoridades españolas ante los graves problemas que las malas praxis bancarias están generando», según Navas.

No es necesario esperar a los reproches judiciales, que por otra parte son constantes y abundantes.

Para el socio director de Navas & Cusi, su despacho «lleva desde mayo 2013 denunciando formalmente ante la Comisión Europea el incumplimiento de la normativa comunitaria de derecho del consumidor en el ámbito bancario y financiero».

Es más, «dicha queja formal fue admitida a trámite trasladando a Navas &Cusi el chapter, la legitimación para personarse en el procedimiento. Ya entonces se inició el proceso denominado de diálogo estructurado por el que la Comisión inicia un proceso de diálogo con el estado miembro», asegura.

Recuerda este letrado, que su despacho también «urgió a la Comisión ante el Parlamento Europeo y el europarlamento concluyó mandatando a la Comisión para que iniciara una investigación».

«Lamentablemente el diálogo estructurado no ha sido suficiente y ha sido necesaria la apertura del expediente sancionador», concluye Juan Ignacio Navas.

   La decisión adoptada este jueves por Bruselas tiene la forma de una carta de emplazamiento que señala las deficiencias y da dos meses de plazo a las autoridades españolas para que ofrezcan una respuesta satisfactoria. De lo contrario, Comisión Europea podrá enviar un dictamen motivado a España, último paso antes de acudir al Tribunal de Justicia de la UE (TUE).

En este sentido, ahora, la Comisión Europea entiende que la legislación hipotecaria de España incumple la directiva 93/13 que «garantiza que el consumidor no quede vinculado por cláusulas abusivas».

En este sentido, el ejecutivo comunitario ha publicado un breve comunicado en el que recuerda que según la normativa europea «una cláusula contractual se considera abusiva si causa un desequilibrio importante entre derechos y obligaciones de las partes y es contraria a las exigencias de la buena fe».

Y es por ello que los Estados miembros deben asegurarse de que el derecho nacional facilita los medios efectivos para hacer valer estos derechos y que las empresas dejan de recurrir a tales cláusulas abusivas.

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