El Bufete Feliu recibirá 28.900 que le adeuda la empresa del extenista Boris Becker
El extenista aleman Boris Becker. (EP)

El Bufete Feliu recibirá 28.900 que le adeuda la empresa del extenista Boris Becker

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26/5/2016 15:34
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Actualizado: 26/5/2016 15:34
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La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a la empresa Goatbritge, propiedad del extenista alemán Boris Becker, a pagar 28.925 euros al Bufete Feliu, por una deuda con el citado despacho en relación a la mansión que posee en el término municipal de Artà (Mallorca), valorada en 8,2 millones de euros.

El tribunal de la Sección Quinta ha estimado así el recurso de apelación que interpuso el bufete contra la sentencia que en primera instancia condenaba a Goatbritge a abonar únicamente 2.472 euros.

La Sala considera acreditado que la cifra a la que finalmente debe hacer frente el extenista corresponde al precio que resta por satisfacer por los servicios profesionales prestados a favor del demandado y que ascendió a un total de 48.925 euros, de los que el despacho de abogados reconoce haber recibido 20.000.

La empresa de Becker se opuso a las pretensiones del bufete alegando que los honorarios que se le reclaman «son excesivos» puesto que «en su mayoría se trata de simples trabajos de gestión» y con el pago de los 20.000 euros iniciales «se cubre el trabajo realmente realizado».

La sentencia de la Audiencia basa asimismo sus conclusiones en la documentación que el bufete presentó junto a su demanda y que «nos obliga a convenir con la argumentación expuesta» por los letrados. La resolución incide en que «ha resultado probada una manifestación inequívoca de voluntad por parte de la demandada de reconocimiento de la deuda que se le reclama».

De hecho, entre los documentos aportados por los Feliu se encuentran varios correos electrónicos de mediados de 2014 en los que el despacho se dirige a Goatbritge para comunicarle que «no podrán continuar proporcionándole los servicios hasta que no se liquiden las cuentas pendientes y se haga un pago a cuenta para futuras gestiones», a lo que la empresa responde que hará frente a los pagos.

«En mi opinión es muy simple: usted ha recibido 20.000 euros y recibirá el resto a finales de año (lo hemos acordado)», contestan literalmente desde la mercantil de Becker.

A juicio del tribunal, el tenor literal del email «no deja lugar a dudas del acuerdo alcanzado entre las partes sobre los honorarios a percibir por la actora por los servicios prestados, y no sólo en cuanto a la forma de pago, sino igualmente respecto del importe concreto facturado, sin que se realizara entonces objeción alguna a que los mismos se consideraran excesivos».

Cabe recordar que el extenista evitó ‘in extremis’, en junio de 2014, que saliera a subasta la mansión que posee en el núcleo de Son Coll al haber hecho frente minutos antes al pago de 430.351 euros que adeudaba a la empresa que llevó a cabo obras de reforma y mantenimiento en su jardín así como la pavimentación de una pista de baloncesto.

La vivienda fue embargada por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Palma, que en julio de 2012 le condenó a abonar la cantidad adeudada. Debido a que la empresa titular de la finca, Goatbrige, no acató en su día la sentencia, el Juzgado procedió a embargar la mansión para su posterior subasta.

En concreto, la demanda por estos hechos fue interpuesta el 25 de mayo de 2010 por la constructora Melchor Mascaró -encargada de los trabajos efectuados en la finca- contra Goatbrige, a través de la cual Becker es propietario del chalet. Sin embargo, la demandada se negó a pagar el importe alegando que la vivienda estaba en proceso de venta y que las obras habían sido en realidad encargadas por el empresario Matthias Kühn.

Es más, justificó que una vez vendido el inmueble se abonaría la cantidad adeudada, ofreciendo entonces únicamente el pago de 80.00 euros. El juicio por estos hechos tuvo lugar el 13 de junio de 2012.

Durante la vista oral, el propio Kühn aseguró no recordar que él tuviera que contratar la reforma ni que se impusiera a Melchor Mascaró el acuerdo de que recibiría el pago de sus trabajos verificada la venta de la vivienda. Según manifestó, simplemente se había encargado de poner en contacto a la empresa demandada con la constructora que se encargaría de las obras.

La sentencia por estos hechos relataba cómo Melchor Mascaró no pactó ni aceptó las anteriores condiciones para cobrar los trabajos. Es más, recalcaba que en el caso de que se hubiera acordado el pago diferido de las obras, se haría preciso una prueba clara de este pacto y la aceptación del mismo por parte de la constructora, «única que puede consentir un pago diferido de sus trabajos». (EP)

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