Firmas

Revisiones: Y ahora, ¿qué?

23/6/2016 07:55
|
Actualizado: 23/6/2016 00:39
|

Ya pasó el 6 de Junio. El día D llegó, y tras nuestro desembarco de Normandía particular, traducido en miles de expedientes revisados de la forma menos mala posible, pareciera que hemos acabado la guerra e implantado el triunfo de la agilización y la justicia eficiente.

Más aún cuando, en plena campaña electoral, se oyen determinadas voces vanagloriándose de un éxito que ni es tal y que, si lo fuera, no se debería más que al esfuerzo de muchos con medios paupérrimos.

Porque no nos dejaron otro remedio.

El día efectivamente llegó, y las causas parece ser que fueron revisadas, aunque nadie acierta a concretar cuántas fueron, y se da la circunstancia que entre distintos cómputos median hasta 100.000 expedientes de diferencia, incluso cuando el cómputo en cuestión viene de la misma persona.

Tremendo.

Así que nada de echar las campanas al vuelo. Pies a tierra, que esto no ha hecho más que empezar. Y que el efecto LECrim todavía está por llegar. Primero, respecto de las cusas ya revisadas.

Y luego, de las que están por llegar.

Pero vayamos por partes.

Como decía, pareciera que hemos hecho la faena y ya está la cosa arreglada.

Es más, es como si hubiéramos necesitado el tirón de orejas de la ley para hacer las cosas que no hacíamos. Como si fuéramos unos vagos caprichosos que dejáramos pasar el tiempo mirando para Cuenca –dicho sea sin segunda intención- y nos importara un pimiento –o una alcachofa- que el tiempo pasara y los expedientes siguieran sin despachar.

Vamos, que sólo ha faltado que nos dieran un golpecito en el lomo y nos dijeran con condescendencia: “¿veis como podíais?”, como si fuéramos niños agobiados por los deberes del cole que por fin los hemos acabado a tiempo.

Y de eso, nada. Se hizo lo que se pudo sin que nos proporcionaran medios, más allá de la miseria de algún que otro fiscal sustituto y alguna que otra migaja. Pero el resultado está por ver, y no tardaremos en empezarlo a padecer.

Y no solo nosotros sino, lo que es peor, los ciudadanos.

VÍSTEMA DESPACIO QUE TENGO PRISA

Y es que el refranero es sabio. Y cuando dice eso de “Vísteme despacio, que tengo prisa” lleva más razón que un santo. Los procesos judiciales requieren su tiempo, mayor cuanto menores son los medios materiales y personales para llevarlo adelante.

Y precipitar el final puede hacernos pagar los resultados.

Por de pronto, las directrices dadas por la Fiscalía General del Estado de que, llegado el momento, se solicitara la declaración de complejidad aunque fuera por un escrito de modelo para evitar que nos pillara el toro de los plazos.

Pero, como sabemos, los fiscales no tenemos la última palabra.

Ni siquiera la tienen los jueces instructores, aunque declaren esa complejidad a instancias del fiscal.

Y por eso, ya están empezando a llover los recursos de las partes que se oponen a esas declaraciones de complejidad, aduciendo bien falta de motivación, o bien una interpretación inadecuada del término “complejidad”. Porque, claro está, como quiera que la ley no da un concepto de ésta, las interpretaciones posibles son varias.

Pero lo que no es complejo, no lo es por más que nos empeñemos.

Y hay pruebas nada complejas que no se hacen a tiempo por la sencilla razón de que no hay personal suficiente para atender a todas las solicitudes.

Análisis químicos, por ejemplo.

O informes de gabinetes psicosociales que están tardando más de seis meses por el único motivo de que están en cola para ser realizados, y que no se da abasto.

El tiempo dirá que pasa con esos recursos, pero de momento la zozobra jurídica sigue ahí y no hay razón alguna para celebraciones.

Y aún hay más.

¿Qué va a ocurrir con esos asuntos que se han calificado –en el sentido del artículo 650 y no en ese invento de “calificar de complejo o sencillo” que no existe- renunciando a la práctica de alguna prueba porque no caduque el plazo?

Pues que, a larga, pueden generar unas absoluciones que no existirían si se hubiera podido agotar la instrucción sin espadas de Damocles pendiendo sobre nuestras cabezas o, mejor dicho, sobre nuestros procedimientos.

Asuntos donde nos conformamos con un testigo aunque pudiéramos tener más si diera tiempo a buscarlos y recibirles declaración, o testigos a los que citamos directamente a juicio sin declarar previamente en el juzgado porque el tiempo es oro y corre en nuestra contra.

Y ahí, si algo nos falla, se nos desmonta el invento, y el castillo de naipes sobre el que habíamos construido la acusación se desmorona.

Porque los testigos pueden fallecer o desparecer, y si no han declarado en el juzgado no se puede, obviamente, dar lectura a su declaración.

Y más evidente aùn en los casos de violencia de género –y también doméstica- donde la posibilidad de la testigo-víctima de acogerse a la dispensa legal en cualquier momento puede dar al traste a toda pretensión acusatoria y, por ende, a toda pretensión de hacer justicia y dar protección a la víctima.

SOBRESEIMIENTOS POR CADUCIDAD DEL PLAZO

Pero no se vayan todavía, aún hay más. Si es que les quedan ganas de seguir leyendo, claro.

Porque hay otro dato que nunca conoceremos, pero que es una verdad incuestionable.

No habrá modo de conocer los sobreseimientos derivados directamente de la caducidad del plazo.

Porque, pese a lo que algunos han hecho ver, la caducidad no implica un archivo automático, sino, en caso de no haberse completado la instrucción, un sobreseimiento por falta de pruebas. Con lo cual queda perfectamente camuflado en el maremágnum de otras causas que, por otras razones, son sobreseídas provisionalmente.

De ese modo, alguien podría decir que la limitación del plazo legal no ha supuesto el archivo de causa alguna y no mentiría, aunque sí faltaría a la verdad.

Y ahí no queda la cosa. Porque, como dije, está la segunda parte.

La de las causas que siguen caducando porque el tiempo pasa inexorablemente y no se trataba de llegar al 6 de junio, sino que debemos seguir revisando sin parar. Porque el tic tac de esa bomba con temporizador sigue adosándose a cada uno de los procedimientos.

Y ahora, pasada la crisis, pasó también la alarma de los primeros días y, sobre todo, desaparecieron los pocos medios adicionales que nos dieron, como los fiscales de refuerzo. Se acabó lo que se daba. Señores, ahora se apañan ustedes solitos.

Aunque sigamos sin una norma que diga cuándo, cómo ni en qué casos se da traslado al fiscal, ni a quién corresponde alertar del trascurso del plazo, ni en qué trámite concreto del procedimiento se incardina.

Pero esto es lo que hay. Y lo que vamos a seguir teniendo si nadie lo soluciona, elecciones mediante.

Y no dirán que no lo habíamos avisado.

Ahora, 6 de junio son todos los días.

Otras Columnas por Susana Gisbert:
Últimas Firmas
  • Opinión | Los juicios serán preferentemente telemáticos a partir de ahora, según  el Real Decreto-ley 6/2023
    Opinión | Los juicios serán preferentemente telemáticos a partir de ahora, según el Real Decreto-ley 6/2023
  • Opinión | El secreto de la fase de instrucción ha muerto
    Opinión | El secreto de la fase de instrucción ha muerto
  • Opinión | Elección de colegio y patria potestad
    Opinión | Elección de colegio y patria potestad
  • Opinión | CDL – El pleito de M&A más complejo y largo de la Historia: La compra de Autonomy por Hewlett-Packard (I)
    Opinión | CDL – El pleito de M&A más complejo y largo de la Historia: La compra de Autonomy por Hewlett-Packard (I)
  • Opinión | ¿A quién defiende el Defensor del Pueblo?
    Opinión | ¿A quién defiende el Defensor del Pueblo?