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¿Un detenido? Sin seguridad jurídica

¿Un detenido? Sin seguridad jurídica
Juan Gonzalo Ospina, Presidente de la Agrupación de Jóvenes Abogados de Madrid.
29/6/2016 15:33
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Actualizado: 29/6/2016 15:33
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¿Cuándo es preceptiva una detención? No son pocas las veces que los clientes nos comunican que les han llamado de comisaría para acudir ante la Policía. Ante tal circunstancia nos recorre un escalofrío porque detrás de esa llamada estamos ante lo que prevemos será una detención.

«Está usted detenido y mañana será llevado ante el juzgado«. ¿Es esto serio? ¿Es serio que quien ha acudido voluntariamente a la comisaría, alguien con trabajo y claro arraigo social, se quede detenido en comisaria entre 24-72 horas porque así lo decide la fuerza actuante?

Está bien que la policía detenga cuando el investigado ha sido cogido infraganti, o si hay riesgo de eliminar o modificar las pruebas; está bien detener si hay riesgo de fuga o alguna posibilidad de reincidir, pero lo que no está bien es que ante casos flagrantes en los que alguien no cumple tales circunstancias se quede detenido en un supuesto que la ley no prevé.

La inseguridad en la que vivimos en España no es baladí pero más grave es cuando atenta contra Derechos Fundamentales, como lo es la libertad. La detención policial en comisaria en España hoy sigue siendo más propia del siglo XIX que de un estado democrático que respeta derechos y libertades. ¿Por qué en España no tendremos la imagen del abogado que saca al cliente de comisaría como se hace en EEUU? ¿Y la posibilidad de imponer fianzas, retiradas de pasaporte o medidas menos restrictivas que una detención?

Nuestra LECrim merece una profunda reforma que pase por incluir mecanismos de control para que los derechos que recoge la ley terminen por cumplirse y que su incumplimiento no quede impune. La libertad es aquel derecho que hace a las personas dignas: lo que diferencia a la civilización de la barbarie es la aplicación justa de la ley.

“La ley suprema es el bien del pueblo.» Cicerón.

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