Empresas y entidades públicas crean contratos tipo que fomentan la seguridad jurídica en la transferencia de tecnología
De izquierda a derecha: Joaquin Gonzalez y Pedro Cartagena de la OEPM, Gema Cañas del MINECO, Angel Caballero del CSIC, Patricia Garcia Escudero Directora General de la OEPM, Javier Maira del CSIC, Javier Fernandez-Lasquetty de LES España y Portugal, Maria Luisa Delgado del MINECO e Ignacio de Castro de la OMPI.

Empresas y entidades públicas crean contratos tipo que fomentan la seguridad jurídica en la transferencia de tecnología

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24/9/2016 06:57
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Actualizado: 26/4/2022 10:56
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Las pequeñas y medianas empresas (pymes) y «startups» (empresas emergentes) que quieran hacer negocios en el campo de la transferencia de tecnología cuentan ya con herramientas sólidas desde hace unos días. Ya pueden utilizar desde la web de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) contratos actualizados de confidencialidad; de transferencia de material o de licencia de patentes.

Gracias al grupo de trabajo que se ha puesto en marcha entre la OEPM, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la organización Licensing Executives Society’s, en su rama España-Portugal, se han diseñado ya algunos contratos en el campo de la transferencia de tecnología.

Hace unos días tuvo lugar en el Salón de Actos de la OEPM el acto de presentación de los “Modelos de contratos de transferencia de tecnología”.

Una iniciativa que ya se conoce en países como Alemania y Austria, donde también se elaboraron modelos de contratos adaptados a su legislación y entorno de investigación.

El acto fue presidido por Patricia García Escudero, directora general de la OEPM.

Intervinieron varios de los miembros del equipo de trabajo que ha creado estos modelos: Ignacio de Castro en nombre de la OMPI, Javier Fernández-Lasquetty como miembro de LES España-Portugal y socio del despacho Elzaburu, Javier Maira, representando al CSIC y María Luisa Delgado desde el MINECO.

Este grupo de trabajo lleva año y medio trabajando en esta iniciativa «es fundamental ofrecer seguridad jurídica a las empresas que apuesten por la transferencia de tecnología. Y saber que hay modelos de contratos que deben utilizarse para que dichas operaciones entre empresas públicas y privadas cuajen realmente” indica Fernández-Lasquetty.

Por el momento se han elaborado modelos de contrato de confidencialidad (NDA), de transferencia de material (MTA) y de licencia de patente (con dos variantes), con sus correspondientes guías de utilización.

Aún observamos falta de cultura jurídica en nuestras empresas sobre estos temas y comparamos con startups de Norteamérica y europeas”.

Con esta iniciativa se pretende satisfacer una necesidad dentro del sector de la transferencia de tecnología “tanto los organismos públicos de investigación, a nivel ministerial o de Universidades como en el sector privado, pymes y empresas innovadoras que echaban de menos un modelo fiable de contrato en operaciones de transferencia de tecnología”.

Según nos comenta, estos modelos sólo pretenden ser una ayuda y deben ser adaptados por cada usuario según sus necesidades y las circunstancias de cada operación que se realice, contando con el asesoramiento legal pertinente.

“Es un buen punto de partida para hacer negocio en este actividad emergente. Los contratos se han pensado en hacerlos para que los entienda cualquier empresario”.

Tener buenos contratos y el apoyo de un abogado experto en estos temas son dos elementos muy a tener en cuenta en un mundo como el actual, global, sin fronteras y donde las operaciones transnacionales están a la orden del día. “Es fundamental para introducirse en esta actividad de innovación tener en cuenta los aspectos legales que rodean a la misma”.

CONTRATOS EN ESPAÑOL E INGLÉS

Nuestro interlocutor destaca que “está previsto que los trabajos continúen con la elaboración de un modelo de contrato de investigación conjunta y otro de encargo de investigación que estarán disponibles en los próximos seis meses. Todos los modelos cuentan con una versión en español y otra en inglés.”

Ya han sido colocados varios contratos en la web de la OEPM y a medida que se vayan produciendo otros también se colocarán allí, disponibles para su descarga libre.

Algunos de ellos ya han tenido hasta 4000 descargas de Internet. En todos de ellos aparece la cláusula de la OMPI de arbitraje y mediación para resolver los conflictos que surgieran por vía extrajudicial.

De hecho en estos días ya de puesta en marcha de la iniciativa, se han ido puliendo algunos detalles de los mencionados contratos que ya están a disposición de interesados para su uso, gracias a las recomendaciones que han enviado también a través de Internet.

El acto contó con una gran asistencia de personas interesadas, tanto de entidades públicas de investigación como de empresas y hubo un animado debate en el que los asistentes pudieron aclarar dudas con respecto a los modelos. “Las preguntas se centraron en el contrato de confidencialidad a la vez del acuerdo de transferencia de material.”

Otras cuestiones que surgieron en el debate que fue colofón a este acto de presentación de estos modelos de contratos de tecnología tuvieron que ver “con la utilización de la mediación y el arbitraje en este entorno tecnológico y su uso en los conflictos, el cálculo de los royalties y cuáles son los aplicables, información que es siempre de utilidad”.

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