Expertas en Derecho Internacional descartan que la independencia de Cataluña termine en La Haya, porque no es un Estado

Expertas en Derecho Internacional descartan que la independencia de Cataluña termine en La Haya, porque no es un Estado

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20/3/2017 05:58
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Actualizado: 19/3/2017 23:12
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Expertos en Derecho Internacional Público descartan que una hipotética independencia de Cataluña pueda terminar ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, como apuntó esta semana el vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, porque no es un Estado.

«Cataluña no puede acudir a la Corte de La Haya», explica Natividad Fernández Sola, catedrática de la Universidad de Zaragoza.

«Puede ser una amenaza o un brindis al sol, pero el Estatuto de la Corte es muy claro: sólo tienen legitimación para acudir los Estados», añade.

La CIJ, también conocida como Tribunal de La Haya, es el principal órgano judicial de la ONU y es distinto del Tribunal Penal Internacional que tiene su sede en la misma ciudad.

El tribunal puede dirimir contenciosos entre dos Estados, a instancias de estos, o emitir opiniones consultivas a petición del Consejo de Seguridad o la Asamblea de la ONU, que fue la base del dictamen sobre Kosovo de 2010.

Sin embargo, que el proceso catalán llegue a la CIJ por cualquiera de las dos vías «es poco verosímil, por no decir imposible», en palabras de Concepción Escobar, catedrática de la UNED y miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU.

En primer lugar, la Corte no actúa de oficio, sino que tienen que acudir Estados y «si un Estado quiere plantear un contencioso internacional con otro, el segundo tiene que aceptarlo».

«España no entiende que Cataluña sea un Estado y pueda ir a La Haya y, si España aceptase, ¿para qué ir? O no tiene sentido o es imposible», resume la profesora de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) Claudia Jiménez Cortés.

También es impensable que sea España quien lleve el asunto ante la Corte, puesto que «si España presentase una demanda a la CIJ por vía contenciosa sería reconocer que Cataluña es un Estado», resume Escobar.

Esta catedrática, que representó a España ante la CIJ cuando ésta analizó la independencia unilateral de Kosovo como directora de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Exteriores, ve una tercera opción, posible teóricamente pero impensable en la práctica, y es que sea un tercer Estado el que demande a España ante la CIJ por considerar que las acciones emprendidas contra la independencia de Cataluña sean contrarias al Derecho Internacional.

Eso, añade, nunca ha pasado, y además «siendo realistas» es difícil pensar que un Estado pueda denunciar a otro ante la CIJ en un caso en el que se alega la integridad territorial –que está protegida por el Derecho Internacional– y el hecho de que la Constitución no permite la secesión.

En eso coincide la profesora Montserrat Abad, de la Universidad Carlos III de Madrid, que también descarta que pueda recurrir a la CIJ una «Cataluña independizada» porque es previsible que esa hipotética entidad «no cuente con un reconocimiento masivo», ni de otros Estados ni de organizaciones internacionales.

Y aunque el reconocimiento no es constitutivo de la condición de Estado, «sin ser reconocida como Estado ninguna entidad podrá subsistir como tal», señala, añadiendo que, también en eso, el caso catalán se distingue del de Kosovo, que enseguida obtuvo el reconocimiento de Estados poderosos, entre ellos Estados Unidos.

TAMPOCO A PETICIÓN DE LA ONU

Las cuatro expertas consultadas tampoco ven posible que el asunto llegue a la Corte a petición de la Asamblea General de la ONU: en el caso de Kosovo, explican, la Asamblea General pidió el dictamen porque el territorio estaba bajo su administración y a petición de Serbia.

Escobar, que vivió el proceso de cerca, recuerda que el Gobierno de Belgrado pidió el dictamen tras la declaración unilateral de independencia de Kosovo, como muestra de buena voluntad y de disposición a ceñirse al Derecho, en un contexto posterior a las guerras de los Balcanes y a los juicios por crímenes contra la Humanidad a sus antiguos dirigentes y con el deseo de acercarse a la UE.

Teóricamente, España podría impugnar una declaración unilateral de independencia de Cataluña y promover que se pida un dictamen consultivo a la CIJ, pero Escobar descarta que España vaya «a dejar en manos de la Corte Internacional de Justicia un asunto que afecta a su soberanía nacional».

España tampoco tiene ninguna necesidad de demostrar, como Serbia en su día, que respeta el Derecho Internacional.

La Asamblea de la ONU solicitó el dictamen de la CIJ por 77 votos a favor, 6 en contra y 74 abstenciones.

«¿Si eso fue así con el caso de Kosovo, después de una guerra, cómo alguien va a pensar que va a conseguir un pronunciamiento favorable a la secesión de Cataluña que, además, no es un tema en la agenda de la ONU?», se pregunta.

De este modo, la posibilidad de que sea un tercer Estado el que promueva y consiga una petición de la Asamblea General también es remota porque, además se interpretaría «como una resolución en contra de España».

Por todo ello, las expertas consultadas avisan de que para los independentistas «queda muy bien decir que se van a pronunciar los tribunales internacionales, pero hay que ver en virtud de qué competencias», en palabras de Jiménez Cortés.

«Nos tienen acostumbrados a decir cosas que no se sostienen aunque suenen bien», añade Fernández Sola.

DICTAMEN SOBRE KOSOVO

Por otro lado, esta catedrática considera «muy flojito» y «cogido por los pelos» el dictamen de la CIJ sobre Kosovo –que dice que el Derecho Internacional no prohíbe las declaraciones de independencia-.

A su juicio, el texto tuvo motivaciones políticas, en parte por la presión estadounidense y en parte porque «latía el agravio» de la guerra de los Balcanes.

Escobar recuerda de entonces que Estados Unidos alegó algo que «vende muy bien», que es que ellos mismos nacieron de una declaración unilateral de independencia -pero eran una colonia, puntualiza– y que otros países dijeron que estaba justificada la secesión de Kosovo como sanción a Serbia por la guerra.

En todo caso, recalca que ese dictamen no reconocía el derecho a la independencia, sino que decía que en Derecho Internacional no hay ninguna norma que prohíba las declaraciones unilaterales, y también decía que el principio de integridad territorial «es básico».

«En el caso de Kosovo lo que hizo la Corte fue no pronunciarse, decir no tengo competencias para decidir desde el Derecho Internacional lo que es una cuestión de Derecho interno», explica Jiménez Cortés, aludiendo al hecho de que el reconocimiento es voluntario de cada Estado y no puede anularlo conforme al Derecho Internacional. (EP)

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