Expertos en insolvencia piden ampliar el ámbito de la segunda oportunidad para hacer frente a las consecuencias del coronavirus
Se trata de una de las demandas de varios expertos en insolvencia.

Expertos en insolvencia piden ampliar el ámbito de la segunda oportunidad para hacer frente a las consecuencias del coronavirus

La crisis económica derivada del coronavirus puede generar graves problemas en personas físicas, autónomos y emprendedores
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28/3/2020 06:35
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Actualizado: 27/3/2020 23:05
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La ampliación del régimen de segunda oportunidad para autónomos y emprendedores hasta una determinada dimensión es una de las demandas de varios expertos en insolvencia consultados por esta publicación.

La crisis económica derivada del coronavirus puede generar graves problemas en personas físicas, autónomos y emprendedores.

Desde el Registro de Economistas Forenses (REFOR), órgano dependiente del Consejo General de Economistas se plantean algunas propuestas a nivel concursal, junto con dicha ampliación de la segunda oportunidad.

Una de ellas es potenciar los acuerdos de refinanciación para pymes, actualmente más pensado para la mediana y gran empresa. Para ello será necesaria la colaboración, ofreciendo soluciones adaptadas a las pymes,, de los distintos agentes intervinientes: empresas, acreedores, entidades bancarias, crédito público…

También quieren que se impulse otras soluciones relacionadas con el concurso de acreedores, como el acuerdo extrajudicial de pagos y la propuesta anticipada de convenio, poco utilizadas por las empresas y que suponen otra alternativa a tener en consideración en la situación actual.

Al mismo tiempo el REFOR plantea introducir medidas de apoyo a los juzgados de lo mercantil con creación de gabinetes de crisis y el incremento de la dotación de equipos que favorezcan la justicia telemática, así como extender LexNET y demás sistemas de presentación electrónica de documentación en los juzgados de determinadas comunidades autónomas con sistemas propios.

Desde esta entidad, se pide que se agilice la publicación del texto refundido de la Ley Concursal, según acuerdo Consejo de Ministros de 24 de marzo, que insta al Consejo de Estado a emitir dictamen del mismo hasta el 2 de abril.

Al mismo tiempo se reclama transponer con urgencia aspectos de mejora de la Directiva de Insolvencia, entre ellos ampliación de acuerdos refinanciación, reestructuración, mejora de la segunda oportunidad y limitación de privilegios del crédito público, en un esfuerzo conjunto y coordinado de todos los operadores.

El presidente del Consejo General de Economistas, Valentin Pich, apunta que con la moratoria concursal expresada en el RDL 8/2020, que establece la no obligación de declarar concurso de acreedores en dos meses tras la finalización de estado de alarma previsto actualmente para el 11 de abril, se pretende “evitar el posible colapso de la jurisdicción mercantil por posibles insolvencias”.

Valentin Pich, presidente del Consejo General de Economistas de España.

Una medida que, a su juicio, “puede haberse inspirado en el modelo alemán, ya que en este país se ha establecido una suspensión de los procedimientos concursales hasta el 30 de septiembre”.

En cuanto a la segunda oportunidad, Pich destaca que “dadas las circunstancias actuales, sería favorable una regulación adicional que impulse la segunda oportunidad, pues los afectados más vulnerables son las personas físicas en situación desfavorecida, los autónomos y los pequeños emprendedores”.

“Incluir a las personas con menos recursos, a las personas físicas empresarios y potenciar en estos momentos esta solución a la insolvencia –en la línea de la STS de 2 de julio, que permitió una mayor inclusión del crédito público– podría favorecer una salida más airosa de la crisis para estos colectivos”, ha concluido Pich.

Segunda oportunidad y pandemia

Matilde Cuena, catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense y vicepresidenta de la Fundación Hay Derecho, explica que “si para algo está el régimen de segunda oportunidad para la persona física insolvente es precisamente para esos deudores honestos y desafortunados que lo pierden todo por circunstancias sobrevenidas que no pueden controlar».

En este sentido, agrega, «la actual pandemia por el COVID-19 es un claro ejemplo de mala suerte generalizada que puede provocar numerosas situaciones de insolvencia”.

A su juicio, “la cuestión es que la exoneración del pasivo insatisfecho o régimen de segunda oportunidad introducido en España en 2015 es claramente insuficiente para resolver los problemas que se avecinan. Fue una norma dictada de mala gana que no ha resultado eficiente”.

Esta experta señala que “los juzgados no están preparados para afrontar este reto. Tampoco lo están muchos profesionales implicados en este proceso, muchos por falta de formación. No es un sector de actividad rentable, dado que en muchos casos no cobran honorarios. Este inconveniente daña, como es lógico, la eficacia del sistema”.

Al mismo tiempo señala que “ya está en marcha una reforma de la Ley Concursal para la transposición de la Directiva 2019/1023. Es el momento de realizar una profunda reforma del sistema que, a mi juicio, debe diseñar dos itinerarios para la obtención de la exoneración”.

Cuena distingue “un camino rápido para los concursos sin masa en donde no sea requisito necesario el intento de acuerdo extrajudicial de pagos ni el abono de un pasivo mínimo para la obtención de la exoneración.».

Así, indica, «liquidado el patrimonio de deudor, este obtiene la exoneración sin necesidad de cumplir un plan de pagos. Diseñada una exoneración rápida y generosa, los acreedores pueden tener incentivos para llegar a acuerdos a extramuros del concurso a través de un AEP al que voluntariamente pueden acudir”.

Y el otro itinerario, “la exoneración sin liquidación y con plan de pagos. Ello incentiva la declaración temprana del concurso, con masa activa. Este deudor debe intentar un acuerdo extrajudicial de pagos. De esta forma se favorece la salida convencional de la crisis a extramuros del procedimiento judicial”.

Matilde Cuena, catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense y vicepresidenta de la Fundación Hay Derecho.

En esta vía, señala, “en caso de fracaso del intento de acuerdo extrajudicial de pagos, el juez puede imponer un plan de pagos propuesto por el deudor y considerado viable por el administrador concursal, ajustándose a la situación patrimonial de deudor y, en la medida de lo posible, a los intereses de los acreedores”.

En su opinión, “esta regulación no puede gestarse por decreto ley en tiempos de pandemia. Lo que sí se puede y debe hacerse es aumentar el personal en los juzgados de lo mercantil ante la previsible avalancha de concursos”.

Para esta experta en insolvencias “debe suprimirse la exigencia de acuerdo extrajudicial de pagos en los concursos sin masa. De esta forma, evitamos que la falta de aceptación de los mediadores concursales y de notarios ralentice el procedimiento, que es lo que está sucediendo”.

«Pretender que la insolvencia se resuelva a extramuros del concurso cuando el deudor no tiene nada que ofrecer es, a mi juicio, absurdo. De mantenerse esta exigencia, la aceptación del mediador o notario debe ser obligatoria”.

En este escenario cree obligado permitir la exoneración de todo crédito público,  «me parece básico si queremos recuperar a los autónomos. Y, sobre todo, la regulación tiene que ser igual para todo deudor, sin que el abono de umbral de pasivo mínimo le conceda beneficios a un deudor solo por tener mayor capacidad patrimonial. Tenemos que ayudar al que menos tiene porque es el que más lo necesita”.

Proteger a las personas físicas 

Por su parte, Carlos Guerrero, socio de Marimón Abogados señala que esta crisis esta generando que “microempresas, pymes, ‘startups’ y personas físicas naturales o autónomos, que ya estaban en dificultades con los primeros síntomas de la recesión antes del virus, ahora con el estado de alarma se ven abocados a la insolvencia actual o inminente”.

También señala que “la proliferación generalizada de los ERTE, que muchos acabarán en EREs, más los despidos que se están produciendo en muchas pequeñas empresas, trabajadora de ETTs etc, está llevando a que las personas físicas y autónomos dejen de pagar préstamos bancarios y aguanten de momento el pago del alquiler o la hipoteca, además de los gastos básicos. Esos impagos de préstamos bancarios y tarjetas les abocan a acogerse a la ley de segunda oportunidad, una herramienta que está funcionando, sin perjuicio de que se puede y se tiene que mejorar”.

Sobre los autónomos cree que su «situación es aún peor. El estado de alarma con la disminución radical de ingresos, ha situado a este colectivo, en su mayoría, en la insolvencia actual. La ley de segunda oportunidad también es una solución satisfactoria para ellos, aunque pondrá en riesgo la vivienda habitual de muchos, si la tienen en propiedad, sin perjuicio que si pueden mantener el pago de la hipoteca y el valor de la vivienda es inferior al capital pendiente, podrían mantenerla”, apunta.

Guerrero señala que “por lo que se refiere a la deuda con hacienda y seguridad social, y después de la sentencia del Tribunal Supremo de 2 de julio, ahora ya existen herramientas para reestructurar esta deuda, sin perjuicio que se debe modificar urgentemente la ley para rehabilitar a muchos empresarios”.

Carlos Guerrero, socio de Marimón Abogados.

En su opinión «un número elevado de ‘startups’, micrompresas y pymes acabarán presentando un concurso de acreedores express por falta de tesorería, antes del verano, y las que tengan cierto músculo financiero, en septiembre iniciarán un proceso concursal, que esperemos sea con la intención de reflotar la compañía y llegar a un 2021 habiendo superado la gravedad de la situación actual”.

En cuanto a propuestas de modificación que podrían aprobarse en el marco concursal para afrontar esta crisis, este experto destaca que “deberían potenciarse los acuerdos de refinanciación y los acuerdos extrajudiciales de pagos para microempresas, pymes y ‘startups’, con participación del crédito público,  financiación pública como Enisa, además de otros acreedores”.

También cree que habría que “introducir medidas de apoyo a los juzgados de lo mercantil y los juzgados de primera instancia con la creación de unidades de crisis para atender al aluvión de concurso de acreedores y procesos bajo el paraguas de la ley de segunda oportunidad”.

Al mismo tiempo considera oportuno “transponer con urgencia aspectos de mejora de la Directiva de Insolvencia, y entre otras modificaciones, incluir al crédito público en los acuerdos extrajudiciales de pagos para personas físicas, excluir la vivienda habitual de los procesos de liquidación, (medida de carácter temporal de 12 meses desde la finalización del estado de alarma), reestructuración del crédito público y exoneración total en tres años desde la aprobación de un plan de pagos, entre otras modificaciones”.

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