Los delincuentes aprovechan la crisis del coronavirus para realizar estafas cada vez más sofisticadas
Los productos farmacéuticos son objeto de copias y actos de piratería en estos momentos de gran demanda.

Los delincuentes aprovechan la crisis del coronavirus para realizar estafas cada vez más sofisticadas

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06/4/2020 06:35
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Actualizado: 06/4/2020 00:51
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La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) de la UE acaba de abrir una investigación sobre las importaciones de productos falsos relacionados con COVID-19, que son ineficaces o incluso perjudiciales para la salud.

Se trata de evitar que estos productos entren en la UE. Un momento en el que las falsificaciones crecen en este contexto de economía de guerra

Para Juan José Caselles, abogado jefe del Departamento Antipiratería del bufete ELZABURU, la situación que se vive “es una gran oportunidad para hacer negocio aprovechándose de la crítica situación sanitaria en la que se encuentra el mundo en estos momentos”.

Este experto señala que “los gobiernos, empresas e individuos del todo el mundo están abocados a conseguir productos de protección contra esta infección, como son los EPIs, mascarillas, guantes, soluciones desinfectantes, maquinaria médica, respiradores mecánicos, test de análisis, fármacos para el tratamiento de los pacientes, etcétera».

A su juicio, “la rapidez con la que se necesitan todos estos productos y la fuerte competencia en conseguirlos antes que los demás constituye el caldo de cultivo idóneo para que surjan desalmados criminales que intenten sacar provecho económico de esta situación vendiendo productos falsificados o estafando a los compradores”.

En cuanto a los fraudes, Caselles indica que “la crisis actual ha puesto el foco sobre los medicamentos falsificados. India sigue siendo la principal economía de procedencia de los productos farmacéuticos falsificados, ya que es el origen del 53 % del valor total incautado de productos farmacéuticos y medicamentos falsificados en todo el mundo en 2016”.

Junto a India se encuentran China (30 %) y Emiratos Árabes (4 %).

«En el caso de la Unión Europea, los productos farmacéuticos falsificados tienen su origen, principalmente, en India (47%) seguida por China (37%)”, comenta.

De acuerdo con Caselles, “la falsificación de medicamentos no solo implica daños económicos para el sector farmacéutico. También constituyen serias amenazas para la salud pública, pues estos productos no suelen estar debidamente formulados, pueden contener ingredientes peligrosos y no han pasado ningún control de calidad”. 

Al mismo tiempo revela que “también se están detectando ataques de ciberseguridad a hospitales, empresas de suministros e individuos de todo tipo”, tal y como nuestra publicación señaló hace días.

En cuanto a datos de falsificaciones de marcas, recuerda Caselles que “la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) en un informe del pasado mes de marzo revelaban que “el comercio internacional de productos farmacéuticos falsificados alcanzó los 4.400 millones de dólares en 2016, lo que representa el 0,84 % del comercio mundial de productos farmacéuticos”.

En cuanto a la proliferación de estas malas prácticas, este experto destaca que “entre los factores que motivan la comercialización de productos farmacéuticos falsificados se encuentran la rentabilidad, en algunos casos el margen de beneficio se encuentra en el 7.900 %”.

Juán José Caselles, jefe del Departamento Antipiratería del despacho ELZABURU.

PRÁCTICAS COMPLICADAS DE DETECTAR 

Junto a ello también valora el bajo riesgo de detección, debido a la dificultad de los funcionarios de aduanas de acceder a pruebas de campo sencillas que les ayuden a clasificar los productos sospechosos; el bajo riesgo de enjuiciamiento”.

Y es que Caselles recuerda que la mayoría de las falsificaciones sólo se detectan cuando llegan a los minoristas o a los pacientes y con frecuencia es difícil seguir su rastro a través de las complejas cadenas de suministro o probar dónde se produjo la actividad delictiva; así como las débiles penas, cuya media de años de prisión a nivel mundial por falsificación de marcas es de 6 años”.

En cuanto a la tipificación penal, advierte que “en España, de acuerdo con los artículos. 274 y 276 del Código Penal, la falsificación de marcas se castiga con prisión de hasta 4 (tipo básico) y hasta 6 años de prisión (tipo agravado). Además, también puede constituir un delito contra la salud pública de los arts. 359 y siguientes del mismo Código”.

Otro dato importante que nos ofrece es que “los principales medios de transporte de los productos farmacéuticos falsificados exportados a las economías de la UE, tanto en términos de valor como de volumen en el período entre 2014 y 2016, fueron el correo ordinario, los servicios de paquetería postal y los servicios de mensajería urgente”.

Actualmente, «el constante incremento de los envíos por estos medios responde al aumento exponencial de las compras online y generan un permanente problema en su control y supervisión por parte de nuestras Aduanas”, aclara este jurista.

Respecto a la lucha contra esta lacra, Caselles recuerda que “el Consejo de Europa puso en marcha la Convención MEDICRIME en 2016 que proporciona a los países un modelo de marco jurídico para hacer frente a los medicamentos falsificados y a otros tipos de delitos farmacéuticos que amenazan la salud pública”.

Desde este tratado “se hace un llamamiento a la colaboración multilateral entre naciones, disciplinas y sectores, y sienta las bases para la cooperación con y entre organismos internacionales como INTERPOL, EUROPOL, la ONUDD, la OMA y la OMS, a fin de poner fin a esta amenaza internacional para la salud pública”.

En España “se pueden formular las denuncias en esta materia ante las autoridades habituales: en materia penal, ante cualquier unidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Juzgados y Fiscalías; y en materia administrativa, ante la correspondiente Autoridad Administrativa con competencia en sanidad y consumo”.

COMPRAS «ON LINE» Y FALSIFICACIONES 

Por su parte, Inmaculada Hernández, consultora de Servicios Jurídicos de ClarkeModet reconoce que “se está produciendo, en general, un incremento de la actividad delictiva por internet, como estafas virtuales, ‘phishing’ y pagos por adelantado, suplantación de identidad. Esto favorece el aumento de las falsificaciones, probablemente debido a la mayor demanda de los usuarios que recurren a las compras ‘on line’”.

A su juicio, “especialmente graves son las falsificaciones que afectan a la salud y seguridad de los consumidores (medicamentos, perfumes y cosméticos, bebidas, juguetes, etc.) que se comercializan sin ningún tipo de control acerca de su calidad”.

En todas estas transacciones realizadas se observan malas prácticas como la del «cybersquatting», que consiste básicamente en registrar un nombre de dominio idéntico al de una marca registrada por quien no es su legítimo titular, aparentando así ser el vendedor de los productos originales.

Otra forma de funcionar tiene que ver, apunta Hernández, desde “la venta de productos que atentan contra derechos de propiedad industrial, como marcas y patentes, a través de los Marketplace habituales (Amazon, Ebay)”.

Los autores «son bandas organizadas de delincuencia y China sigue siendo el principal país de origen de los productos que vulneran derechos de propiedad industrial e intelectual, aunque no el único, por supuesto”, aclara esta experta.

Inmaculada Hernández es consultora de servicios jurídicos en ClarkeModet.

En cuanto al reproche penal recuerda que “nuestro Código Penal tipifica como delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial (artículos 270 a 277) lo que, comúnmente, conocemos como piratería y falsificaciones, respectivamente, previendo penas de prisión para sus responsables. Por tanto, las consecuencias pueden ser, ciertamente, graves”.

Hernández recuerda que “la violación de este tipo de derechos intangibles, cuya entidad no sea tal como para ser constitutiva de delito, también pueden resolverse a través de la vía civil, en la que puede obtenerse un pronunciamiento de condena a cesar en el uso del signo infractor o en la explotación de la invención de que se trate, además de a pagar una indemnización por los daños y perjuicios causados al titular del derecho”.

Para esta jurista “el comercio electrónico es un canal esencial para la comisión de este tipo de ilícitos, pero también debemos ser conscientes de los mecanismos que existen para hacerles frente”.

“Por ejemplo, cuando la infracción se comete a través de una plataforma digital, una forma rápida de lograr la eliminación del contenido infractor, es que el titular del derecho o su representante, completen el formulario que la propia plataforma pone a su disposición para denunciar la infracción de derechos de propiedad intelectual e industrial”, apunta.

Al mismo tiempo, advierte que “cuando la infracción se comete con el registro mismo del nombre de dominio, el cual se usa de mala fe y causando riesgo de confusión entre los consumidores, entonces es recomendable presentar una denuncia ante la Organización Mundial de la Propiedad Industrial (OMPI) para que, a través del arbitraje, se logre la cancelación o cesión del nombre de dominio fraudulento”.

En cuanto al procedimiento de denuncia recuerda que “debe valorarse la conveniencia   de presentar una solicitud de vigilancia aduanera, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento (UE) Nº 608/2013, relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual, para paralizar la entrada en el mercado de mercancía falsificada procedente de otros países”.

A su juicio “una de las ventajas que ofrece la retención de mercancía infractora en aduanas es la posibilidad de que ésta sea destruida antes de entrar al mercado, evitando así la tramitación de un posterior proceso judicial”.

Hernández señala también que “cuando las falsificaciones ya están en el tráfico mercantil, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden, de oficio, llevar a cabo incautaciones de productos falsificados cuando son detectados en bazares, mercadillos ambulantes, etcétera».

«Asimismo, la parte perjudicada, es decir, el titular del derecho, siempre tendrá la opción de presentar una denuncia para que, a instancia de parte, se incoen las diligencias de investigación oportunas. En ambos casos, lo que, a la postre, se tramitará es un procedimiento penal para condenar, en su caso, a los presuntos responsables» destaca Hernández.

Estos expertos afirman que cuando pase la actual crisis de coronavirus podremos saber el alcance y dimensión de la falsificación de productos relacionados con esta pandemia. «Todo hace sospechar que las cifras resultarán alarmantes», concluyen.

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