Condenan a cinco años de cárcel por cohecho y prevaricación al expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil
La Audiencia Provincial de Lugo impone al expresidente Fernández Liñares (a la derecha) 20 años de inhabilitación. Foto: EP.

Condenan a cinco años de cárcel por cohecho y prevaricación al expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil

También a ocho empresarios a un año y tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación por los mismos delitos
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11/3/2021 06:47
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Actualizado: 11/3/2021 00:29
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La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a cinco años de cárcel por un delito continuado de cohecho y otro de prevaricación al expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil (CHMS) Francisco Férnandez Liñares.

El tribunal también le ha impuesto la inhabilitación para desempeñar empleo o cargo público durante veinte años, así como el pago de una multa de 7.200 euros.

La Sección Segunda, integrada por Edgar Amando Cloos Fernández -presidente y ponente-, María Luisa Sandar Picado y José Manuel Varela Prada, considera acreditado que el acusado, entre 2009 y 2012, en su condición de presidente del organismo, adjudicó contratos de obras a sociedades, con cuyos representantes se había puesto de acuerdo, a cambio de dinero o de prestaciones de trabajo en sus propiedades.

Junto a Fernández Liñares, el tribunal también condena a ocho empresarios como autores de los mismos delitos a un año y tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación para empleo o cargo público.

Asimismo, les impone seis meses de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas y para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público, así como la inhabilitación para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social durante un año y nueve meses.

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Según consta en la resolución, con fecha de 8 de marzo, el acusado, cuando ejercía de presidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, adjudicaba las obras mediante procedimientos negociados, por lo que tenía la obligación de solicitar, como mínimo, ofertas a tres empresas antes de cerrar los contratos.

La Audiencia explica en la sentencia, contra la que cabe recurso, que el entonces presidente de la CHMS y los tres empresarios que concurrían a las licitaciones ya habían pactado previamente cuál de ellos sería el adjudicatario del contrato.

Los otros, por tanto, se presentaban para darle cobertura y apariencia de legalidad. Las compañías se turnaban para conseguir las adjudicaciones.

«Ya de antemano se conocía que la adjudicación se haría a favor del precio más ventajoso para la CHMS»

«Utilizando el procedimiento de adjudicación negociado, que, según el artículo 155, letra d, de la Ley de Contratos del Sector Público, permite contratar obras cuyo valor estimado sea inferior a un millón de euros y que impone en su artículo 162 la obligación de solicitar ofertas al menos a tres empresas, el acusado convino con los representantes de varias entidades la adjudicación de determinadas obras a empresas previamente seleccionadas según lo convenido entre el presidente de la Confederación Hidrográfica Mino-Sil (CHMS) y los empresarios concurrentes a la licitación», explica la Audiencia.

De esta manera, «ya de antemano se conocía que la adjudicación se haría a favor del precio más ventajoso para la CHMS, turnándose los concurrentes para presentar en otros casos el precio más bajo».

El tribunal destaca que algunos de los empresarios implicados «reconocieron de manera inequívoca la entrega de dinero por la concesión de obras en la Confederación».

A juicio de la Audiencia, «los testimonios ponen de manifiesto una misma mecánica de actuación», tanto en las ofertas con invitaciones, como en la intervención del presidente en la realización de las ofertas y, asimismo, en el concierto de pagos a cambio de obras.

Esto, agrega, «nos lleva a alcanzar la conclusión, cierta e inequívoca, de que lo declarado en la Sala por los ‘confesantes’ se compadece perfectamente con la verdad».

Asimismo, añade, las intervenciones telefónicas «ponen a las claras» la relación entre el presidente y el resto de acusados, «al igual que lo ponen de manera expresa los seguimientos y controles que se realizaron».

«Todo ese conjunto conforma un puzzle que, encajando las piezas, nos ha de llevar a alcanzar la conclusión de que, efectivamente, los hechos acaecieron como se describen en el relato de hechos del Ministerio Fiscal», concluye la Audiencia.

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