Las Comunidades Autónomas ven insuficiente el plan de Iceta para reducir la temporalidad de los interinos
El objetivo del ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, es reducir reducir la temporalidad al 8% en tres años. Foto: EP.

Las Comunidades Autónomas ven insuficiente el plan de Iceta para reducir la temporalidad de los interinos

Le piden la creación de un fondo que ayude a gestionar las indemnizaciones que el ministro quiere plantear para los interinos que acaben en fraude
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02/7/2021 01:00
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Actualizado: 02/7/2021 01:00
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Debate intenso el que se ha vivido en la Conferencia Sectorial de Administración Pública, donde las comunidades autónomas y la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) han debatido el plan de choque que plantea el ministro Miquel Iceta para frenar la temporalidad.

Según ha podido saber Confilegal, pese a las críticas de los consejeros autonómicos presentes, Iceta mandará el borrador a los sindicatos para que le den el visto bueno y el martes podría aprobarse en Consejo de Ministros como Decreto Ley, si no hay novedades.

Fuentes que han estado presentes en dicha reunión han mostrado su disconformidad con la propuesta de Iceta para reducir la temporalidad al 8% en tres años.

La idea del ministro es impulsar planes de estabilización en los que se implante el concurso oposición, algo que no alcanza a todo el colectivo de interinos, según indica el borrador al que ha tenido acceso Confilegal

Este proceso afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público de los años 2017 y 2018.

Se pretende que la resolución de estos procesos selectivos finalice antes de 31 de diciembre de 2024.

Desde el Ministerio se insiste en que esta reforma tiene cuatro pilares, En primer lugar, apuesta por lo público, dotando a la Administración del marco jurídico necesario para prestar con garantía y eficacia los servicios públicos

En segundo lugar, la profesionalización del modelo de empleo público, con el centro en el personal funcionario de carrera y la delimitación de los supuestos de nombramiento de personal temporal

Como tercer elemento, el mantenimiento de la figura de personal funcionario interino, estableciendo su régimen jurídico de cara a garantizar la adecuada utilización de esta modalidad de personal

Y como cuarto elemento, la exigencia de responsabilidad de la Administración ante una inadecuada utilización de la figura de personal funcionario interino, contribuyendo por otra parte, a impulsar y fortalecer una adecuada planificación de recursos humanos.

La no superación del proceso selectivo por la persona que ocupe el puesto o la plaza objeto de estabilización dará lugar a la compensación económica para el personal funcionario interino afectado de veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades. El derecho a esta compensación nacerá a partir de la fecha del cese efectivo.

En el caso del personal laboral temporal la compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de veinte días y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades.

“Ellos siguen su camino”, señala uno de los asistentes quien considera que es posible que el conflicto se judicialice aun más por aquellos interinos que no puedan entrar en el plan de estabilización que ha planteado el propio ministro y busquen el amparo judicial, ahora más factible con las últimas sentencias del Supremo a nivel laboral y contencioso.

Las comunidades autónomas han sido críticas con Iceta, quien al parecer habría manifestado que ya daba por descontado que no lograría el consenso en dicha reunión.

También le han reprochado que dicha propuesta no viniera acompañada de una memoria económica para saber qué gasto en indemnizaciones tendrán que asumir.

En septiembre hay previsto que se convoque otra sectorial para hablar de la gestión de los Fondos Europeos, porque en el Plan de Recuperación que envío el Gobierno a Bruselas hay una partida prevista para que pueda llegar a las comunidades autónomas de cara a modernizar la función pública.

El problema de la tasa de reposición

Al parecer el clamor unánime de todas las comunidades se ha centrado en trasladar al ministro el abordar el problema de la temporalidad sin plantear la eliminación de las tasas de reposición o bien poner en marcha una nueva tasa adicional para todos aquellos puestos interinos que no van a poderse sacar a través de los planes de estabilización.

La tasa de reposición consiste en establecer un tope en la reposición de empleados públicos. Se calcula aplicando la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que dejan de prestar servicios en un determinado ejercicio presupuestario y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado, por cualquier causa, en el referido ejercicio.

La establece el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado para que sea norma básica de obligado cumplimiento para todas las administraciones.

La problemática presente y pasada no se va a resolver con dicho plan de choque que ya ha sufrido diferentes modificaciones.

En esta larga reunión todos los asistentes le han planteado al ministro los problemas de su propuesta. Y es que, lo único que te permite es plantear planes de estabilización para esos interinos de estos tres últimos años.

Esto hace que las comunidades autónomas se vean muy limitadas a nivel de personal. Con estas medidas han indicado que no se va a reducir la temporalidad, tal y como la Unión Europea ha reclamado, y situarla cerca del 8%

En cuanto a la reforma del EBEP, una vez se apruebe, en principio el interino una vez acabada su relación laboral de tres años no tendría derecho a ninguna indemnización.

En el caso de que el plazo de permanencia de alargue de ese interino, daría lugar a una compensación económica para el personal funcionario interino afectado, que será equivalente a veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades.

El derecho a esta compensación nacerá a partir de la fecha del cese efectivo. No habrá derecho a compensación en caso de que la finalización de la relación de servicio sea por causas disciplinarias.

Sobre el personal laboral temporal, la propuesta señala que tendrá derecho a percibir una compensación económica en los casos de incumplimiento de los plazos máximos de permanencia como contratado temporal y siempre que suponga vulneración de lo establecido en la normativa específica laboral de aplicación.

Dicha compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de veinte días y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades. No habrá derecho a compensación en caso de que el despido sea por causas disciplinarias

La interinidad no se reduce

Pese a que en este documento final se han recogido algunas propuestas de las comunidades autónomas, el caballo de batalla no se ha resuelto. La clave según nos dicen está en la tasa de reposición.

Señalan que la interinidad no se va a pode reducir exclusivamente con esa limitación de tres años. Hay que ver también que se va a hacer con los interinos ya en fraude de ley que llevan más tiempo.

El plan de estabilización que plantea el Gobierno no es una medida suficiente para reducir la temporalidad. Dicho plan de estabilización se centra en un concurso oposición

Los consejeros han señalado al ministro que en estos últimos tres años se ha incrementado mucho el empleo público para la ejecución de las políticas sociales. Todos los que no cumplan esos requisitos no van a poder entrar en ese plan.

Desde las comunidades varias voces le han indicado al ministro Iceta que con este plan de estabilización no abarca a todos los puestos ocupados por interinos. Puede llegar a cubrir cerca del 70%.

En dicha reunión, asimismo, se ha visto que cada comunidad autónoma tiene una problemática específica, en el caso de Canarias esta medida no le afecta tanto por tener un mayor número de laborales y el planteamiento es diferente.

Por lo que ha trascendido, las autonomías más afectadas son las más grandes porque cuentan con más personal público interino.

Eso ha hecho que se le haya pedido a Iceta que se limite la interinidad dando capacidad a las comunidades autónomas de sacar a las ofertas públicas de empleo todas las plazas que están vacantes y que son estructurales y están presupuestadas.

El sentir de las comunidades autónomas es que sería necesario eliminar las tasas de reposición, al menos durante una convocatoria para que se pudieran sacar todas las plazas vacantes, algunas de las cuales no podrán ir a planes de estabilización de empleo.

Con un ejemplo práctico, cuando se cesa a un interino que está ocupando un puesto importante hay que cesarle antes de los tres años para no pagarle indemnización y amortizar la plaza. Es posible que esa plaza sea importante pero no se pueda sacar en una oferta pública de empleo porque tiene el límite de la tasa de reposición.

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