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Es el momento de extender los juzgados de familia especializados a toda España: toca hacer realidad el principio de igualdad (I)

Es el momento de extender los juzgados de familia especializados a toda España: toca hacer realidad el principio de igualdad (I)
Xavier Abel e Isabel Winkels, presidente y secretaria de la Plataforma Familia y Derecho, defienden y argumentan la necesidad de que haya Juzgados de Familia especializados en todo el territorio nacional.
05/6/2022 06:48
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Actualizado: 14/8/2022 03:30
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Los Ilustres colegios de la Abogacía de Madrid y Barcelona, junto con la Plataforma Familia y Derecho, han presentado 27 Enmiendas al proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa, centradas en el artículo 86.1: “Cuando se estime conveniente, en función de la carga de trabajo, se creará en el Tribunal de Instancia una Sección de Familia, que extenderá su jurisdicción a todo el partido judicial”. Solicitamos enmendar dicho texto por el siguiente:

“1. Con carácter general se creará en el Tribunal de Instancia una Sección de Infancia, Familia y Capacidad, que extenderá su jurisdicción a todo el partido judicial”. 

¿Por qué es esencial que no quede al albur de un genérico “cuando se estime conveniente, en función de la carga de trabajo” la creación de la Sección de Familia en los Tribunales de Instancia”?

Porque aunque el ciudadano no es consciente, hasta que le afecta personalmente, de que se está infringiendo de manera flagrante el artículo 14 de la Constitución, que dice que «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

De los 47 millones de españoles, tan sólo 22.144.165 ciudadanos (ni siquiera llega a la mitad de la población) tienen acceso a una justicia de familia especializada, que implica que su conflicto familiar sea conocido por alguno de los 163 juzgados especializados en Familia y Capacidad según su lugar de residencia, juzgados existentes únicamente en 56 partidos judiciales de los 431 actuales (mayoritariamente capitales de provincia). 

DESIGUALDAD: JUZGADOS ESPECIALIZADOS EN FAMILIA FRENTE A JUZGADOS NO ESPECIALIZADOS

¿Qué implica residir en un partido judicial en el que existe un juzgado especializado de familia?

Ni más ni menos que el conflicto familiar será dirimido por jueces que únicamente conocen asuntos de familia, que cuentan con un fiscal adscrito -siempre presente en las vistas- con un equipo técnico que trabaja en exclusiva para ese juzgado, con una duración estimada en su tramitación entre los 6 y los 8 meses. 

Los restantes 25.185.816 de ciudadanos, simplemente por residir en una localidad en la que exista un juzgado especializado, se ven obligado a acudir a uno de los 1.187 juzgados restantes que además de su conflicto familiar, también conoce de desahucios, negligencias médicas, más accidentes de tráfico, estafas y robos (los 1.071 juzgados mixtos), con fiscales casi siempre ausentes en los temas de familia -por tener que atender asuntos penales que se entienden preferentes-, con equipos técnicos compartidos por múltiples partidos judiciales, con una duración estimada de su tramitación entre 1 y 2 años.

Hay por tanto a día de hoy ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda según su lugar de residencia; es decir, existe una auténtica “justicia de doble velocidad” que atenta flagrantemente al principio de igualdad, proclamado como “valor superior” y derecho constitucional (artículo 14) en nuestra Constitución.

UNA JUSTICIA LENTA Y NO ESPECIALIZADA CRONIFICA LOS CONFLICTOS

Además, a nadie escapa que una justicia lenta y no especializada cronifica los conflictos y potencia situaciones que generan violencia contra la infancia y contra la mujer. La justicia lenta, además de no ser justicia, enquista conflictos latentes y no es infrecuente que procedimientos iniciados en la vía civil ordinaria terminen en violencia de género durante su tramitación. 

No enmendar el proyecto presentado en el sentido propuesto por la Plataforma y los dos Colegios de la Abogacía implica prorrogar el sufrimiento «invisibilizado» que tocamos los que estamos a pie de trinchera y una de las razones fundamentales de nuestra reivindicación: prevenir la violencia y el sufrimiento intrafamiliar, tan oculto como real e intenso.

El tan invocado interés superior del menor debería traducirse en una medida tan básica de prevención como es el enjuiciamiento de cada situación por profesionales absolutamente especializados y formados, cuya experiencia les haga adoptar la mejor decisión a cada caso, valorando y protegiendo a la o las partes más vulnerables del conflicto. 

Por otro lado, es incuestionable la proliferación de nuevas y complejas realidades familiares, a las que necesariamente hay que ofrecer soluciones especializadas.

La diversificación de la institución familiar, la aparición de nuevos modelos de familias –parejas de hecho, matrimonios mixtos, cambio de sexo de los progenitores, hijos nacidos por gestación subrogada, …-, complejos procedimientos de filiación, la cada vez mayor incidencia del derecho internacional privado –comunitario y extracomunitario-, con divorcios transfronterizos o reclamaciones de alimentos, la sustracción internacional …, liquidaciones de gananciales con implicaciones concursales, o con bitcoins o criptomonedas (de hecho, se ha otorgado ya la primera compraventa con esta moneda)…, son auténticos impedimentos para que  jueces y magistrados titulares de un juzgado mixto, puedan estudiar, conocer y resolver adecuadamente estas realidades, si a la vez deben atender a cuestiones civiles y penales que también son de su competencia.

La realidad: el propio legislador ya está declarando la competencia de juzgados de familia siempre y en todo caso en materias complejas, como en sustracciones internacionales (artículo 778 quater. 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), o en el procedimiento de evaluación de la edad (nuevo artículo 781 quinquies).

PROPUESTA DE ENMIENDAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE LA JUSTICIA DE FAMILIA ESPECIALIZADA EN TODA ESPAÑA

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