El TS desestima el recurso de Francesco Arcuri contra el indulto a Juana Rivas
Rivas, antes de acceder al centro de inserción social Matilde Cantos en Granada capital. Foto: Álex Cámara/EP

El TS desestima el recurso de Francesco Arcuri contra el indulto a Juana Rivas

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12/7/2022 13:48
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Actualizado: 03/10/2022 13:00
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El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado hoy, por unanimidad, el recurso interpuesto por Francesco Arcuri contra el indulto parcial concedido por el Gobierno el 16 de noviembre de 2021 a su expareja, Juana Rivas, condenada a dos años y medio de prisión por un delito de sustracción de menores.

El tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta) ha informado hoy del fallo.

La sentencia se conocerá en los próximos días. El ponente será el magistrado Wenceslao Francisco Olea Godoy.

LO ALEGADO POR ARCURI EN EL RECURSO

En el recurso, la representación legal en España del italiano Francesco Arcuri exponía que el indulto parcial se tramitó con «sorprendente urgencia» por parte del Consejo de Ministros y arrogándose competencias reservadas al orden judicial.

Alegaba que la concesión de esta medida de gracia fue arbitraria porque se adoptó «a pesar de las irregularidades manifiestas del expediente» y supone una «grave vulneración» de actos reglados obligatorios dispuestos en la Ley del Indulto, puesto que, entre otros asuntos, no se incorporó el informe del Centro Penitenciario.

Solicitaba que se revocara el Real Decreto de 16 de noviembre de 2021 por el que se le concedió el indulto parcial, o bien que se declarara nulo.

En caso de que el tribunal no atendiera estas dos peticiones, interesaba que se revocara o se anulara lo expuesto en el indulto respecto de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos, que se conmutaba por la pena de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

En el recurso también ponía el foco en que tras la finalización del procedimiento en España, con la condena del Tribunal Supremo a Rivas, el procedimiento de indulto fue «exprés» y ha estado «muy por debajo de la media de resolución, que se halla en los ocho meses».

Indicó también que las sucesivas declaraciones de Rivas en relación a que sufrió maltrato han caído en saco roto en la vía judicial.

Asimismo, señalaba que en el expediente de indulto elaborado por el Ministerio de Justicia falta el informe preceptivo de Instituciones Penitenciarias y «por tanto, no existe información referente al estricto cumplimiento penitenciario de Rivas posterior a la ejecutoria» de la condena.

Y apuntaba que a esto se suma que no consta informe de conducta de la Subdelegación del Gobierno, ni por tanto, «dato alguno de ningún tipo al respecto de las pruebas o indicios del arrepentimiento de Rivas».

Arcuri acusaba al Consejo de Ministros de atribuirse «ilegalmente» potestades que son propias del orden judicial. En este sentido, argumentaba que siendo la patria potestad «un complejo entramado de derechos y deberes, regulado en el Código Civil, de carácter eminentemente tuitivo de los menores», se hace «difícil (imposible) poder aceptar que la pena de privación de patria potestad establecida en sentencia judicial pueda ser indultada por el Gobierno».

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