El juez continúa el procedimiento contra dos exconsejeros de Empleo de la Junta de Andalucía por las subvenciones de 33,3 millones a las sociedades del exconsejero Ángel Ojeda
El magistrado considera que los hechos investigados podrían ser constitutivos de presuntos delitos de prevaricación administrativa, fraude de subvenciones y malversación. En la imagen, el exconsejero Antonio Fernández. Foto: Carlos Márquez/EP

El juez continúa el procedimiento contra dos exconsejeros de Empleo de la Junta de Andalucía por las subvenciones de 33,3 millones a las sociedades del exconsejero Ángel Ojeda

Y contra otras seis personas investigadas, entre ellas un hijo de Ojeda
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28/9/2022 09:21
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Actualizado: 28/9/2022 13:20
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El magistrado de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha acordado continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra los exconsejeros de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández y Manuel Recio y otras seis personas investigadas en relación con las subvenciones por un total de 33.309.789,16 euros concedidas “arbitrariamente” al entramado de sociedades del exconsejero de Hacienda Ángel Ojeda, ya fallecido, para los cursos de formación de los extrabajadores de la multinacional de automoción Delphi. 

Los otros investigados son un hijo de Ojeda y otras cinco personas que tenían una dependencia laboral o vinculación societaria con las empresas dirigidas por este exconsejero.

Asimismo, el instructor dirige el procedimiento, como responsables civiles subsidiarios y partícipes a título lucrativo, contra una quincena de entidades. 

En un auto dictado el 26 de septiembre y notificado hoy a las partes, el magistrado José Ignacio Vilaplana Luquero toma esta decisión al considerar que los hechos podrían ser constitutivos de supuestos delitos de prevaricación administrativa, fraude de subvenciones y malversación de caudales públicos.

Ahora, da traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

«SIMULACIÓN» DE CONTRATOS DE TRABAJO

El magistrado analiza en el auto la situación generada en la Bahía de Cádiz con motivo del cierre de la compañía Delphi. Señala que ante la situación generada y con el fin de atender la problemática social que se cernía sobre este área geográfica, la Junta, a través de sus responsables políticos, anunció su compromiso de atender de forma específica a los afectados por el cierre de Delphi y conseguir su recolocación en empresas de la Bahía de Cádiz. Así, una vez producido el despido, los afectados por el cierre de la factoría fueron incluidos en el denominado “Dispositivo de tratamiento singular”, en cuyo desarrollo el juez destaca tres etapas. 

Los hechos investigados en esta causa estarían encuadrados en la segunda etapa, desarrollada desde el 1 de septiembre de 2009 hasta el 28 de febrero de 2011 y donde una serie de empresas y entidades impartieron formación a los acogidos a dicho dispositivo, pero en este caso “simulando una contratación laboral”.

El coste de la formación y de la contratación (salarios y cotizaciones a la Seguridad Social) “se financió a través de subvenciones directas; excepcionalmente, un número proporcionalmente reducido de ex trabajadores de Delphi sí prestaron servicios laborales efectivos, en concreto los contratados por Gadir Solar y una parte de los incorporados por Alestis Aerospace”, relata el instructor.

Vilaplana afirma que los exconsejeros de Empleo investigados “asumieron estos compromisos y acordaron establecer y mantener este sistema de subvenciones a la contratación, a pesar de ser conocedores que la normativa en vigor en modo alguno amparaba dicho sistema y que se simulaban contratos de trabajo que no se respondían con la realidad”, para lo cual “habrían puesto en marcha un irregular sistema de concesión de subvenciones excepcionales y arbitrarias«, que se destinaron, «por un lado, a la simulación de relaciones laborales para proporcionar prestaciones de la Seguridad Social indebidas a un gran número de extrabajadores de Delphi (con la colaboración de las asociaciones y fundaciones dirigidas y controladas por Ángel Ojeda)», y por otro lado, «a mantener las percepciones de los e trabajadores al margen de la normativa de protección por desempleo”.

El juez asevera que “el sistema habría dado lugar, además, a que algunas de las asociaciones beneficiarias de las subvenciones desviaran fraudulentamente una parte considerable del importe de las mismas hacia una serie de entidades vinculadas, a través de la generación de sobrecostes, la fijación unilateral de precios y la contratación de servicios sin valor para la actividad subvencionada”, todo ello “sin que los responsables de la Consejería de Empleo llevasen a cabo actuación alguna en orden a comprobar el correcto destino de las ayudas, posibilitando así la aplicación irregular de los fondos”.

Subraya que, de lo actuado, “resulta factible deducir que los referidos responsables de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía habrían concedido estas ayudas bajo la apariencia formal de subvenciones “excepcionales” a la contratación, sin observancia y en contradicción con las previsiones que para el otorgamiento de subvenciones o ayudas públicas contemplaba la -entonces vigente- normativa autonómica y estatal”. 

En este sentido, el juez precisa que, en fecha no concretada, pero en torno a los meses de verano de 2009, previo a que comenzara la segunda fase del dispositivo mencionado, el entonces consejero de Empleo, Antonio Fernández, habría convocado a una reunión informal a Ángel Ojeda, “quien era notoriamente conocido por ser beneficiario en la concesión de subvenciones autonómicas, habiendo sido consejero de Hacienda de la Junta”, informándole el primero de que los trabajadores de Delphi “iban a cumplir los dos años de paro y que había que dar una salida a los mismos”, al tiempo que “se le ofreció la gestión de una ingente cantidad de subvenciones a través de empresas y entidades que serían directa o indirectamente controladas” por el propio Ojeda.

Según explica, “el entramado habría de conformarse en torno a la simulación de contrataciones con empleados de la empresa Delphi, incluyendo así salarios, cotizaciones y otros gastos que pagaría de modo indirecto la propia Junta a través de las empresas y entidades” de Ángel Ojeda, señalando que “las entidades que ofrecía” el ex consejero de Hacienda, “meros testaferros de su voluntad, contrataría a los trabajadores de Delphi del dispositivo singular, pero siempre con financiación pública”. 

Así, añade, “los proyectos subvencionados consistían en proporcionar formación a los extrabajadores de Delphi para mejorar su empleabilidad, pero se exigía su contratación y alta en la Seguridad Social, si bien la actividad de los contratados no habría sido otra que la de recibir formación, sin que existieses una verdadera prestación de servicios dentro del ámbito de organización y dirección de la correspondiente empresa o entidad beneficiaria de la subvención”, de modo que los contratos de trabajo “sólo tenían como objetivo crear una apariencia de -ficticia- relación jurídico-laboral para justificar el alta en la Seguridad Social como único medio para proporcionar a los ex trabajadores incluidos en el Dispositivo de Tratamiento Singular el periodo de carencia necesario para acceder a unas prestaciones a las que de otro modo no tendrían derecho”. 

LA ACTUACIÓN DE LOS DOS EXCONSEJEROS INVESTIGADOS

Finalmente, según explica el magistrado, las subvenciones fueron otorgadas el 10 de agosto de 2009, el 26 de febrero de 2010 y el 3 de diciembre de 2010, a cada una de las cinco asociaciones que habría ofrecido Ángel Ojeda, como son la Asociación de Empresas Aeronáuticas (AEAA), que habría percibido 7.376.573,64 euros; la Asociación de Apoyo a la Integración (Humanitas), que habría obtenido 5.268.825,84 euros; la Asociación para la Sociedad de la Información (Innova), que habría percibido 7.376.573,64 euros; la Asociación para la Calidad Europea (Inteca), que habría obtenido 7.376.573,64 euros, y la Asociación de Apoyo al Medio Ambiente (Natura), con un montante total de 5.911.242,40 euros. 

El juez indica que las subvenciones del 10 de agosto de 2009 y 26 de febrero de 2010 habrían sido concedidas, “al margen de los procedimientos y principios legalmente aplicables”, por el entonces consejero de Empleo, Antonio Fernández, en su calidad de presidente del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), mientras que las de diciembre de 2010 fueron otorgadas por su sucesor en el cargo, Manuel Recio, “sin estudios y análisis previos y sin ni siquiera comprobar la legalidad de las mismas, haciendo dejación de sus más deberes elementales en el cargo”.

“Los referidos consejeros de Empleo habrían de resultar conocedores de que las cinco asociaciones eran ficticias, y que todas ellas no habrían de ser más que entidades constituidas y dirigidas por Ángel Ojeda –bien por él directamente, bien por personas de su confianza- con el fin de canalizar y obtener las subvenciones descritas”, expone el instructor, y subraya que el total de subvenciones “arbitrariamente” concedidas por los titulares de la Consejería de Empleo en favor de este “entramado Ojeda” ascendería a 33.309.789,16 euros. 

El exconsejero de Hacienda Ángel Ojeda “habría posibilitado el otorgamiento y obtención irregular de estas subvenciones utilizando un amplio entramado de sociedades, asociaciones y fundaciones que aparentaban ser de distinto origen y finalidad”, añade el instructor, que indica que “algunas estaban ya constituidas, si bien no tenían actividad alguna, y otras fueron fundadas con posterioridad, si bien todas ellas formaban parte del denominado Grupo Prescal controlado por Ojeda”.

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