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La Fiscalía de la Audiencia Nacional rectifica: ahora sí ve jurisdicción para investigar a Julio Iglesias por lo ocurrido en Bahamas y República Dominicana

La Fiscalía de la AN avala investigar a Julio Iglesias por hechos en Bahamas y República Dominicana tras archivar en enero la denuncia.

15/10/2026 05:10

Los hechos son los mismos. Las denunciantes, también. El querellado sigue siendo Julio Iglesias, ciudadano español. Y los escenarios no se han movido: las residencias del artista en Bahamas y en República Dominicana, donde las dos mujeres trabajaron en 2021. Lo que ha cambiado es el criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

El Ministerio Público ha remitido al magistrado Antonio Piña, titular de la plaza 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia de la Audiencia Nacional, un informe favorable a la competencia de este órgano para investigar la querella presentada por dos extrabajadoras del cantante. La información la adelantó Eldiario.es y fuentes fiscales la han confirmado a Europa Press.

Ahora decide el instructor.

El Caribe, en el centro del debate

Toda la discusión jurídica gira en torno a la geografía. Los hechos denunciados no ocurrieron en España. Según las querellantes, se produjeron en las propiedades que Julio Iglesias posee en Bahamas y en República Dominicana.

Allí ambas mujeres vivían y trabajaban a su servicio.

Ese dato fue el que la Fiscalía utilizó en enero para cerrar la puerta. Tras tomar declaración a Rebeca y Laura, nombres ficticios con los que se identifica a las denunciantes, archivó las diligencias.

Alegó que los tribunales españoles carecían de jurisdicción, entre otras razones porque los hechos habrían ocurrido íntegramente en el extranjero. Añadió que las denunciantes podían “reproducir su denuncia ante los órganos judiciales”.

Nueve meses después, Bahamas y República Dominicana siguen estando en el mismo sitio. La Fiscalía, sin embargo, ya no ve en ello un obstáculo.

Una puerta que la Fiscalía pudo abrir

Ese archivo merece examen. La lejanía de los hechos nunca fue, por sí sola, una barrera insalvable. El artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye jurisdicción a los tribunales españoles sobre los delitos que cometan españoles fuera del territorio nacional.

Exige tres requisitos: que el hecho sea punible en el lugar de ejecución, en este caso Bahamas o República Dominicana; que se interponga querella por el agraviado o por el Ministerio Fiscal, y que el acusado no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero.

La propia norma contempla, por tanto, que sea el fiscal quien se querelle. En enero, la Fiscalía tenía ante sí dos testimonios recogidos por ella misma y la nacionalidad española del denunciado. Optó por archivar y devolver la carga a las víctimas. Rebeca y Laura tuvieron que buscar asistencia legal –con abogado y procurador–, para que redactaran la querella y volver a empezar. Pasaron meses.

Si el obstáculo era formal, la Fiscalía podía haberlo resuelto. Si era de fondo, el lugar de los hechos, cuesta entender qué ha cambiado para que hoy lo considere superado. El Ministerio Público no ha explicado públicamente la diferencia entre ambas decisiones.

Lo que sostiene la querella

La querella, presentada con el asesoramiento de la ONG Women’s Link, sostiene que el cantante “habría aprovechado su posición de poder y su situación de vulnerabilidad para captarlas, trasladarlas y alojarlas en sus propiedades, en un clima de intimidación constante”.

Alude a “situaciones de acoso y agresiones sexuales continuas” y a “condiciones laborales forzadas y degradantes”. Los hechos se habrían producido en 2021 en las residencias caribeñas del artista, donde ambas vivían por razón de su trabajo.

Según la organización, podrían constituir delitos de trata de seres humanos con fines de trabajo forzado y servidumbre, delitos contra la libertad y la indemnidad sexual, lesiones, trato degradante y delitos contra los derechos de los trabajadores. Las querellantes, una empleada de hogar y una fisioterapeuta, describieron tocamientos, insultos y humillaciones en un ambiente de control continuo, según una investigación de Eldiario.es y Univision Noticias.

Women’s Link fundamenta la jurisdicción en el artículo 23 de la LOPJ y en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por España.

Su directora ejecutiva, Jovana Ríos Cisnero, considera “fundamental” que ahora “Rebeca y Laura puedan acceder a la justicia en condiciones de seguridad y dignidad”. “El Estado español tiene la obligación de garantizar el acceso a la justicia en igualdad y sin importar quién sea la persona denunciada”, afirmó.

La versión del cantante

Julio Iglesias pidió en su día el archivo y negó de forma tajante las acusaciones en sus redes sociales. Además, su abogado, José Antonio Choclán, demandó por intromisión en el derecho al honor a la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, por dar por sentadas las acusaciones de la primera denuncia. Le reclama 50.000 euros.

El informe fiscal solo se refiere a la competencia. No se pronuncia sobre la veracidad de lo ocurrido en Bahamas y República Dominicana, que nadie ha investigado todavía. El magistrado debe decidir ahora si la Audiencia Nacional lo va a inavestigar. El cantante sigue amparado por la presunción de inocencia.

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