Vox ha pedido al Tribunal Constitucional (TC) que cierre la puerta al recurso de amparo del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, sin entrar siquiera en el fondo.
En el escrito de personación la formación sostiene que el recurso contra las resoluciones del Tribunal Supremo sobre las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) es “prematuro”, porque no se ha agotado la vía judicial ordinaria.
El argumento apunta a uno de los requisitos de admisión que fija la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC). Cuando la vulneración de un derecho fundamental se atribuye a un órgano judicial, el amparo solo procede una vez agotados todos los medios de impugnación previstos en la vía judicial.
El amparo es, por diseño, subsidiario: el Constitucional no interviene mientras los tribunales ordinarios puedan todavía reparar la lesión denunciada.
Para sostener que ese momento no ha llegado, Vox recuerda que el plazo de personación para que los afectados presenten alegaciones seguirá abierto hasta el 22 de octubre. Con el procedimiento aún vivo, el partido concluye que el TC no debe pronunciarse.
El objeto del recurso
El litigio tiene su origen en la decisión de la Sala Tercera del Supremo de suspender el derecho de voto de las personas que obtuvieron la nacionalidad española gracias a la llamada ‘ley de nietos’.
Esa disposición de la Ley de Memoria Democrática permite acceder a la nacionalidad, entre otros supuestos, a los descendientes de españoles que se exiliaron por razones políticas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista y que la perdieron a causa de ese exilio.
El Defensor del Pueblo, legitimado por el artículo 162.1.b) de la Constitución para interponer recursos de amparo, acudió al TC y solicitó medidas cautelarísimas, según explicó la institución en un comunicado difundido este viernes.
Más allá de ese comunicado, no han trascendido los argumentos concretos de su recurso.
Otros dos obstáculos a la admisión
La falta de agotamiento de la vía previa no es el único reproche procesal de Vox. El partido sostiene también que no se ha justificado suficientemente “la especial trascendencia constitucional del recurso”.
Desde la reforma de la LOTC de 2007, ese requisito es imprescindible para que un amparo supere el trámite de admisión.
En el plano sustantivo, la formación afirma que “no se ha acreditado una lesión constitucional actual”. A su juicio, el recurso “se limita a discrepar de una ponderación que la Sala Tercera hizo dos veces, de forma motivada y con voto particular”.
Vox defiende además que las medidas del Supremo “buscan preservar la legalidad, objetividad y transparencia del censo electoral, sin anular la nacionalidad española ni establecer una exclusión definitiva de los electores afectados”. Recuerda asimismo que el Alto Tribunal apreció un “peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral”.
Cautelares y calendario
El escrito pide, en primer término, la inadmisión del recurso y, subsidiariamente, su desestimación. También solicita que se rechacen las medidas cautelarísimas y cautelares pedidas por el Defensor del Pueblo, porque “podrían comprometer la correcta conformación del censo de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre”.
La primera decisión del Constitucional será, por tanto, procesal. Si acoge la tesis de Vox, el recurso no llegará a examinarse antes de que se cierre la vía ordinaria. Con los comicios a poco más de un mes, el calendario pesa sobre cualquiera de las opciones.