Italia acaba de hacer algo que ningún otro país de la Unión Europea se había atrevido a hacer. Coger las excepciones que el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial —el famoso AI Act— dejaba abiertas para las fuerzas de seguridad y, en lugar de esquivarlas, convertirlas en normas concretas, aplicables, reales.
El Consejo de Ministros de Giorgia Meloni aprobó el pasado 10 de junio dos decretos legislativos que regulan el uso de la inteligencia artificial por parte de la Policía. Identificación biométrica remota. Videovigilancia inteligente. Las dos cosas que erizan el vello de cualquier defensor de la privacidad.
Y lo hizo, según el Gobierno, sin cruzar la línea roja de la vigilancia masiva. Al menos sobre el papel.
«No está previsto ningún sistema de vigilancia masiva ni un Gran Hermano generalizado», prometió el ministro del Interior, Matteo Piantedosi, al presentar la reforma.
La frase, dicha así, suena a conjuro. A advertencia preventiva de quien sabe que va a recibir críticas por todos los flancos.
El reconocimiento facial deja de ser un debate de salón
Aquí está la clave, y conviene no perderla de vista. La novedad no es que Italia permita usar inteligencia artificial. Eso ya lo hacen, de forma más o menos limitada, media docena de policías europeas. La novedad es otra: por primera vez existe un marco jurídico detallado para emplear sistemas de identificación biométrica en espacios públicos.
El AI Act contemplaba esas excepciones. Las dejaba escritas. Pero le pasaba la patata caliente a los Estados miembros, encargados de concretar el cómo, el cuándo y el hasta dónde. Nadie se había animado.
Italia sí.
Los decretos permiten emplear sistemas que comparan automáticamente los rostros captados por las cámaras con imágenes o registros previos para identificar a personas concretas. Pero —y este pero es grande— su uso queda acotado a circunstancias excepcionales.
¿Cuándo, exactamente?
La norma distingue dos modalidades, y la diferencia importa.
La primera es la utilización «ex ante». Antes de que el delito ocurra. Podrá emplearse para prevenir atentados terroristas, neutralizar amenazas graves para la seguridad pública, localizar personas desaparecidas y encontrar víctimas especialmente vulnerables.
En todos estos casos hará falta una solicitud expresa del jefe de Policía y la autorización previa de la autoridad judicial competente. Doble candado, por tanto.
La segunda es la utilización «ex post». El delito ya está cometido. Aquí la IA podrá rastrear grabaciones de cámaras urbanas, estaciones, aeropuertos o sistemas de videovigilancia para identificar sospechosos a partir de evidencias ya existentes.
Dicho en plata: se legaliza el uso de algoritmos para revisar miles de horas de imágenes que ningún agente podría analizar a mano sin envejecer en el intento.
Cámaras que «huelen» lo sospechoso
Hay más. Los decretos autorizan también sistemas avanzados de videovigilancia asistida por IA, capaces de detectar patrones o comportamientos considerados anómalos. Objetos abandonados. Accesos a zonas restringidas. Concentraciones inusuales de personas. Movimientos compatibles con riesgos para la seguridad. Seguimiento automatizado de trayectorias.
Eso sí: la inteligencia artificial alerta, pero no decide. Genera el aviso y ahí se detiene. La actuación policial sigue dependiendo, siempre, de una validación humana. La máquina señala; el agente resuelve.
Las costuras de la norma
El Gobierno italiano no es ingenuo. Sabe perfectamente el avispero en el que mete la mano. Por eso ha incorporado salvaguardas, y la más contundente es una prohibición expresa: nada de crear grandes bases de datos biométricos de la población ni sistemas permanentes de vigilancia generalizada.
A partir de ahí, una lista de garantías. La supervisión humana será obligatoria. Las decisiones operativas no podrán quedar exclusivamente en manos de algoritmos. Los usos más intrusivos exigirán autorización judicial. Y toda utilización deberá responder a una finalidad concreta y delimitada, no a una pesca de arrastre.
El Ejecutivo sostiene que estas barreras impiden cualquier deriva hacia esos modelos de control social que florecen en otras latitudes, fuera de la Unión. El argumento es razonable. Su eficacia real, en cambio, está por ver.
La justicia también ficha a la IA
Y por si alguien pensaba que esto se quedaba en la calle, no. La reforma entra también en la Administración de Justicia. Los sistemas de IA podrán usarse para apoyo documental, organización de procedimientos, análisis de información y tareas auxiliares. Nunca —el subrayado es de la propia norma— para sustituir el criterio jurídico del juez o del fiscal.
La ley añade programas específicos de formación para magistrados y operadores jurídicos, y abre nuevas garantías procesales para quienes resulten perjudicados por daños causados por sistemas de inteligencia artificial.
Un detalle que conviene anotar, porque ahí, en la responsabilidad por el error algorítmico, se librarán muchas batallas en los próximos años.
Italia, laboratorio jurídico de Europa
Conviene quedarse con esto. Más allá de sus efectos internos, la verdadera trascendencia de estos decretos es que convierten a Italia en el primer laboratorio europeo donde se va a comprobar, sobre el terreno, cómo se aplican en la práctica las excepciones policiales del AI Act.
Porque la pregunta ya no es si la inteligencia artificial podrá reconocer rostros o analizar comportamientos en espacios públicos. Esa puerta lleva tiempo abierta en el Reglamento europeo.
El debate se ha mudado de sitio. Ahora se juega en otro terreno, más resbaladizo: dónde colocar exactamente el límite entre seguridad y privacidad.
Y en esa frontera —cada vez más borrosa, cada vez más disputada— entre proteger al ciudadano y vigilarlo, Italia acaba de encender una mecha. Una que, casi con toda seguridad, terminará llegando al resto de Europa.
España incluida.