La Audiencia Nacional (AN) ha corregido a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y ha anulado la multa de dos millones impuesta por esta autoridad a Amazon Road Transport Spain por exigir a los candidatos del programa Amazon Flex un certificado negativo de antecedentes penales.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo, en su sentencia 359/2026, de 8 de julio, concluye que acreditar la ausencia de antecedentes penales no equivale al tratamiento de datos relativos a condenas e infracciones penales regulado en el artículo 10 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Por ello, corrige el criterio seguido por la autoridad de control y considera, además, que la medida respondía a una finalidad legítima vinculada a la seguridad del servicio de reparto.
Los hechos
El caso de remonta a cuando Amazon Road Transport Spain lanzó el programa Amazon Flex, que consistía en el reparto de paquetería mediante una furgoneta que aportaba el solicitante. Cuando varias personas decidieron postular al puesto, la compañía les exigió presentar un certificado negativo de antecedentes penales.
Estos datos eran tratados, junto con otros documentos que deben aportar los interesados, por empresas externas encargadas del tratamiento que hacen una preselección de los candidatos para Amazon Road.
Sin embargo, esta petición le pareció excesiva a uno de los interesados. Por lo que trasladaron esta información a la AEPD.
La Agencia resolvió el 10 de febrero de 2022 que la exigencia de dicho documento no es válida porque infringe la prohibición establecida en el artículo 10 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) porque el tratamiento de datos relativos a condenas e infracciones penales solo puede hacerse cuando existe una norma legal que habilite el tratamiento de datos personales. Según la autoridad, el consentimiento del candidato no era suficiente.
Pero Amazon Road no se quedó ahí, e impugnó dicha resolución ante la Audiencia Nacional.
Este caso llegaó a la Sala Contencioso-Administrativo de la AN, integrada por Fernando Luis Ruiz Piñeiro (presidente), Amalia Basanta Rodríguez, Nieves Buisan García, Helmuth Moya Meyer (ponente) y Ricardo Fernández Carballo-Calero, que desmontó el razonamiento de la Agencia.
Los magistrados acreditaron que un certificado negativo de antecedentes penales no contiene datos relativo a condenas o infracciones penales. Contiene, precisamente, la ausencia de ellas.
«Cuando obtiene el certificado negativo, no está tratando datos personales relativos a condenas o infracciones penales, que son los datos declarados sensibles por el RGPD y especialmente protegidos, sino está tratando datos personales que contienen referencias favorables de la conducta de una persona. Estos datos no están protegidos especialmente», razona la Sala.
Es decir, la Audiencia Nacional sostiene que el artículo 10 del RGPD se refiere a datos relativos a condenas e infracciones penales, no de datos que acrediten que una persona carece de antecedentes.
Por tanto, no cabe hacer una interpretación extensiva en un procedimiento sancionador. La Sala recuerda además que en materia sancionador rige el principio de interpretación estricta.
En resumen, los magistrados dividen en dos lo que la AEPD había mezclado y son completamente distintos: por un lado, acceder a un registro de antecedentes penales, donde sí existen datos especialmente protegidos y, por otro lado, recibir un certificado negativo, donde no aparecen condenas ni infracciones.
Una finalidad legítima vinculada a la seguridad del servicio
La Sala no limita su análisis a la interpretación del artículo 10 del RGPD. Una vez concluye que un certificado negativo de antecedentes penales no constituye un dato relativo a condenas o infracciones penales, examina si el tratamiento supera el juicio de licitud exigido por los principios generales del artículo 5 del Reglamento.
Y responde afirmativamente. A juicio de la Audiencia Nacional, Amazon acredita una finalidad legítima para recabar esa información, vinculada a la naturaleza del servicio que prestan los repartidores del programa Amazon Flex.
Los magistrados destacan que estos profesionales acceden habitualmente a domicilios particulares, manejan datos personales de los clientes, como direcciones y números de teléfono, y transportan paquetes cuyo contenido puede revelar aspectos de la vida privada o de los hábitos de consumo de los destinatarios.
En consecuencia, la Audiencia Nacional estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Amazon Road Transport Spain y anula la resolución sancionadora de la APED, que le impuso una multa de dos millones de euros.
La Sala no hace expresa imposición de costas al apreciar la complejidad jurídica del asunto y la existencia de resoluciones judiciales que sostenían un criterio distinto, aunque deja fijada una interpretación del artículo 10 del RGPD que limita su aplicación al tratamiento de datos relativos a condenas e infracciones penales, excluyendo de ese ámbito los certificados negativos de antecedentes penales.