La Audiencia Provincial de Badajoz ha desestimado el recurso del cuñado, confirmando la pena de prisión después de intentar intimidar a la mujer para que retirara su denuncia por violencia de género. Y es que las palabras y la actitud del hombre supusieron un delito de obstrucción a la justicia, al intentar influir en la testigo del caso contra su hermano.
En España, fueron asesinadas un total de 49 mujeres por violencia de género, a manos de sus parejas o exparejas, durante el año 2025.
Una lacra social ante la que que la credibilidad de la víctima, o las dificultades para acceder a la Justicia no son el único escollo.
Y es que el miedo, tanto a la pareja denunciada, como a las personas más cercanas, puede suponer el mayor peso a la hora de dar el paso y denunciar esta situación ante las autoridades pertinentes.
Un caso que, ahora, ha llegado ante la Audiencia Provincial de Badajoz.
Así pues, todo comenzaba cuando Vanesa (nombre ficticio) tomaba la decisión de presentar una denuncia por violencia de género contra su expareja el 16 de junio de 2023.
Denuncia que, pronto, tuvo consecuencias de lo más desagradables tanto para la mujer, como para la madre de esta.
«El día 28 de junio de 2023, sobre las 21 horas, Teodulfo, acompañado de quien dijo ser un primo suyo, se personó en el domicilio de Vanesa, con ánimo de amedrentarla e intimidarla para que retirara la denuncia de violencia de género que había interpuesto contra su hermano Carlos Manuel», explica ahora la sentencia.
Una «visita» en la que era la madre de Vanesa la que abría la puerta y, en presencia de ambas mujeres, los dos hombres «comenzaron a exigir que quitara la denuncia», profiriendo diversas amenazas.
«Si luego sales por la televisión, como tantas mujeres asesinadas, no te vayas a sorprender. Y si mi hermano entra en prisión se le puede ir la cabeza», amenazaba el hombre.
Una denuncia por violencia que acaba siendo doble
Amenazas ante las que Vanesa acudía ante los tribunales.
Ello, recayendo el caso ante el Tribunal de Instancia de Don Benito, Sección Penal, plaza nº1 que, en su sentencia de 16 de enero de 2026, determinaba una condena de prisión para Teodulfo.
Así, condenaba el tribunal al hombre como autor de un delito de obstrucción a la Justicia, al intentar influir, con violencia o intimidación, en un testigo-denunciante, para que modificara su actuación procesal.
Un fallo con el que se imponía una pena de 1 año y 6 meses de prisión, así como a la pena de 8 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros.
Decisión del tribunal de instancia que Teodulfo recurría en apelación ante la Audiencia Provincial, ante la sala compuesta por los magistrados Juana Calderón Martín (presidente y ponente), Armando García Carrasco, Francisco Matías Lázaro, Raquel Rivas Hidalgo y Marta del Carmen Luna Cantarero.
Magistrados que, en su sentencia 120/2026, desestimaban las pretensiones del condenado.
Así, alegaba Teodulfo que se había vulnerado su presunción de inocencia, por insuficiencia de prueba de cargo, al basarse la sentencia exclusivamente «en declaraciones personales contradictorias» de Vanesa y su madre.
Una exposición que rechaza el tribunal.
En primer lugar, valora la Audiencia Provincial que «no hay motivo alguno por la que Vanesa denunciara al hermano de su expareja movida por algún tipo de resentimiento», ya que su relación siempre fue cordial.
En segundo lugar, descarta el tribunal que las declaraciones de ambas mujeres fueran contradictorias, ya que ambas, a excepción de algún detalle, afirmaron como ciertas las amenazas proferidas.
«Quien sí se contradijo fue el mismo acusado que, pese a indicar en su escrito de defensa que iba con otra persona e incluso proponer prueba para su identificación, dijo luego en juicio que iba solo».
Valoración que lleva al tribunal a desestimar el recurso de apelación, confirmando igualmente que la «visita» del hombre a su cuñada tenía, «como única finalidad», conseguir que ésta retirara la denuncia, «empleando para ello amenazas que produjeron intranquilidad y angustia en la víctima, que se sintió gravemente intimidada».
Con declaración de oficio de las costas.