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Sacó dinero de la cuenta de su abuela enferma sin autorización, y acaba condenada por estafa informática

Los tribunales consideran que coger la cartilla de la abuela para sacar dinero sin autorización es un delito de estafa informática.

25/09/2026 03:09

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha mantenido la condena a una joven que, aprovechándose del deterioro cognitivo de su abuela, sacó diversas cantidades de la cuenta bancaria de la anciana sin autorización alguna. Unos hechos que, para el tribunal, suponen un delito de estafa informática continuada, por lo que mantiene la pena de prisión.

Después de una vida de sacrificio y trabajo, las personas mayores deben ser reconocidas, cuidadas y respetadas en su vejez. Algo que, sin embargo, no siempre ocurre, llegando incluso a los tribunales la falta de cuidado y cariño hacia estas personas.

Algo que, ahora, ha llevado a una nieta ante los tribunales, debido a que no dudó en aprovecharse de la situación médica de su abuela para sacar provecho económico de ello.

Así, todo comenzaba cuando Encarnación (nombre ficticio), nacida en 1934, comenzó a tener alteraciones cognitivas en 2016.

Dolencia de la que empezó a sufrir un empeoramiento progresivo a partir de mayo de 2019, haciendo que mermaran sus capacidades intelectivas y volitivas, haciendo que, desde mayo de ese año, no tuviera capacidad por sí misma para tomar decisiones «complejas» de tipo económico.

Situación médica ante la que sus hijos tomaban las riendas del cuidado de la anciana, estando todos autorizados en su cuenta bancaria, y conociendo todos la ubicación de la cartilla del banco de la abuela, dentro de un armario de la vivienda.

Cartilla que pronto, Miriam no dudó en utilizar, aprovechando sus visitas frecuentes a la casa de la abuela.

Así pues, a través de la cartilla y el código que estaba junto a ésta, la nieta comenzó a «extraer del cajero, sin conocimiento ni consentimiento de las personas autorizadas, en su beneficio, y sin justificación alguna, diferentes cantidades por importes de 400 euros».

Ello, ascendiendo la suma extraída total, durante varios meses, a 4.990 euros.

Estafa informática por el dinero de la abuela

Una práctica de Miriam que descubría la residencia, en la que finalmente ingresaban a la abuela en mayo de 2021.

Y es que, desde el centro, se informaba a la familia de que apenas quedaban fondos suficientes en la cuenta para hacer frente a los gastos derivados de la residencia.

Situación ante la que uno de los hijos de la abuela ingresada tomaba la decisión de presentar la correspondiente denuncia en octubre de 2021.

Un caso que recaía en la Audiencia Provincial de Valladolid que, en su sentencia de 16 de diciembre de 2025, condenaba a Miriam, como autora criminalmente responsable de un delito continuado de estafa informática. cualificado por su abuso de relaciones personales para con su abuela.

Fallo que suponía una condena de prisión de un año y dos meses, así como multa de seis meses con cuota de 5 euros. Y, por vía de responsabilidad civil, condenaba a Miriam a indemnizar a los herederos de la abuela con 4.990 euros, más intereses legales.

Una sentencia ante la que la nieta presentaba un recurso de apelación ante el TSJCYL. En concreto, ante los magistrados Carlos Javier Álvarez Fernández (ponente), José Luis Concepción Rodríguez e Isabel Durán Seco.

Magistrados que, en su sentencia 86/2026, desestimaban las pretensiones de la joven.

Así, solicitaba la defensa de Miriam su absolución del delito, alegando vulneración de la tutela judicial efectiva, del derecho de defensa y del principio acusatorio, argumentando que se le había condenado por un delito heterogéneo que alteraba el objeto del proceso, cuya acusación inicial era de apropiación indebida.

Una valoración que no comparte el tribunal, que recuerda que los hechos probados no cambiaron a lo largo de la causa, reconociendo la acusada que se aprovechó del deterioro cognitivo de la abuela para extraer dinero del cajero.

Valoración ante la que, para el TSJCYL, ambos delitos son homogéneos en este contexto, a lo que se suma que el Ministerio Fiscal sí introdujo el delito de estafa informática como calificación alternativa.

Algo que lleva al tribunal a desestimar el recurso, confirmando la sentencia de la AP de Valladolid.

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