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El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y los encausados en la malversación del procès

Junto a Puigdemont y Mas figuraban en el procedimiento Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Antoni Comín, Lluís Puig y Dolors Bassa.

14/10/2026 09:10

El Tribunal de Cuentas ha aplicado la Ley de Amnistía a los 35 encausados por el presunto uso indebido de fondos públicos destinados a organizar el proceso independentista catalán. Entre ellos figuran los expresidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Artur Mas. La decisión supone la extinción de las presuntas responsabilidades contables y el levantamiento de las medidas cautelares, incluida la cancelación de avales por 4.283.438,23 euros.

La resolución, de 60 páginas, ha sido dictada por la consejera Elena Hernáez después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolviera las dudas planteadas sobre la compatibilidad de la amnistía con el Derecho comunitario.

Tribunal europeo que descartaba que los hechos examinados hubieran afectado a los intereses financieros de la Unión Europea.

Ese criterio resulta determinante para la conclusión alcanzada por Hernáez. La sentencia señala que no se ha acreditado una afectación a los intereses financieros europeos en relación con los gastos investigados y que estos están comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Amnistía.

«Al no haber quedado acreditada, en relación con los hechos aquí enjuiciados, una afectación a los intereses financieros de la Unión Europea en la vertiente relativa los gastos contemplados en su presupuesto», razona la resolución, procede «declarar extinguidas las presuntas responsabilidades contables que podrían derivar de los hechos enjuiciados».

La consejera había decidido suspender la aplicación de la amnistía tras su aprobación en 2024 y elevar una cuestión prejudicial al TJUE. Quería aclarar si los gastos del ‘procés’ habían perjudicado de algún modo los fondos europeos y, en caso afirmativo, si ello impedía aplicar la ley española.

El tribunal europeo respondió que no existía esa afectación. También descartó que una hipotética independencia de Cataluña permitiera apreciar, por sí misma, un perjuicio económico para la Unión Europea: si Cataluña dejara de formar parte de los tratados europeos, cesarían tanto sus aportaciones como los beneficios asociados.

El TJUE añadió que una amnistía responde a decisiones políticas de los Estados que implican ponderar intereses divergentes y concluyó que la norma no vulneraba los principios de primacía del Derecho de la Unión ni de cooperación leal.

Los gastos de Puigdemont en el referéndum

El procedimiento contable examinaba la utilización de fondos de la Generalitat para sufragar el referéndum del 1 de octubre de 2017 y la acción exterior relacionada con el independentismo, incluida la desarrollada a través de Diplocat.

En concreto, se investigaba el destino de 883.695 euros vinculados a la organización del 1-O. La Fiscalía del Tribunal de Cuentas había reclamado inicialmente la devolución de 3,1 millones de euros por el conjunto de gastos cuestionados. Sin embargo, tras la aprobación de la amnistía, pasó a respaldar su aplicación a los encausados.

Junto a Puigdemont y Mas figuraban en el procedimiento Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Antoni Comín, Lluís Puig y Dolors Bassa, además de otros antiguos altos cargos y funcionarios que intervinieron en los gastos examinados.

La sentencia también acuerda levantar las medidas cautelares y cancelar los avales aportados por el Institut Català de Finances para garantizar las posibles responsabilidades contables. Su importe total asciende a 4.283.438,23 euros.

La decisión tiene así una doble consecuencia: extingue las presuntas responsabilidades de los 35 encausados y deja sin efecto las garantías constituidas en el procedimiento. No entraña, por sí misma, una declaración de que todos los gastos investigados fueran correctos; su fundamento es la aplicación de la amnistía tras el pronunciamiento del TJUE.

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