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La acción popular a examen: un fiscal la defiende como contrapeso y un penalista pide acotarla

El fiscal Ignacio Stampa y el penalista José María de Pablo debaten en el TSJ de Madrid sobre el futuro de la acción popular y su reforma legal.

24/10/2026 03:10

La acción popular no debe desaparecer. En eso coincidieron ayer el fiscal Ignacio Stampa y el abogado penalista José María de Pablo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Discreparon en todo lo demás. Stampa la defendió como un contrapeso imprescindible frente a una Fiscalía sometida al «poder absoluto» del fiscal general del Estado, y pidió reformar el Ministerio Fiscal, no recortar la figura.

De Pablo se declaró «muy crítico» con su uso y propuso limitarla: fuera los partidos políticos y costas automáticas cuando el acusado resulte absuelto.

La mesa, «La acción popular bajo la lupa», formó parte de la V Jornada Estado de Derecho, «El Estado de derecho: la actualidad a examen», organizada por Foro Judicial Independiente. La moderó Fernando Portillo, magistrado de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Melilla.

Stampa: «En la Fiscalía se puede utilizar»

Stampa, fiscal de la Sección de Crimen Organizado y Delincuencia Grave de la Fiscalía Provincial de Madrid, aclaró que hablaba a título individual. «Lo que voy a decir no es lo que piensa la Fiscalía, porque la Fiscalía piensa lo contrario».

Su tesis es que la acción popular existe por desconfianza hacia el Ministerio Fiscal –muy en línea con lo que pensaba Manuel Alonso Martínez, autor de la Ley de Enjuicimiento Criminal vigente– y que esa desconfianza está justificada.

El problema, a su juicio, no es tanto que el Gobierno proponga al fiscal general como el poder que este acumula. Por un lado, el principio de jerarquía obliga a cumplir las órdenes de los superiores. Por otro, el fiscal general decide sobre la carrera profesional de cada fiscal, y eso, dijo, condiciona las investigaciones.

Para demostrarlo contó su propio caso. Vox lo denunció a partir de informaciones de prensa, y la Fiscalía Superior de Madrid le abrió diligencias de investigación mientras él aspiraba a una plaza en Anticorrupción.

Cuando por fin pudo consultar el expediente encontró dos propuestas de archivo firmadas por el fiscal instructor. Junto a ellas había borradores con la marca de agua del fiscal superior y diligencias pedidas por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General, que entonces dirigía Álvaro García Ortiz.

Tuvo que acudir a los tribunales para obtener los expedientes gubernativos. En ellos aparecían correos en los que la Fiscalía de Madrid consultaba a García Ortiz cómo redactar el decreto de archivo.

Ya como fiscal general, García Ortiz aprobó en diciembre de 2022 una circular que obliga a tramitar expedientes gubernativos paralelos en las investigaciones «de trascendencia». Según leyó Stampa, la finalidad es evitar «indeseables discrepancias jurídicas que queden plasmadas por escrito». Para el fiscal, esa norma se dictó para «blanquear» lo que se hizo con él.

De ahí su rechazo a la proposición de ley que el PSOE registró en enero de 2025. Esa propuesta excluía a partidos, sindicatos y asociaciones dependientes de ellos.

También obligaba a acreditar un interés directo en el proceso, limitaba la participación de la acusación popular en la instrucción y vetaba las querellas basadas solo en noticias periodísticas.

Stampa recordó que el Partido Popular ya lo intentó con Ruiz-Gallardón y que la causa contra el propio García Ortiz salió adelante con un trabajo «descomunal» de las acusaciones populares.

Sus propuestas apuntan a la Fiscalía: Por una parte, que las órdenes de los superiores consten siempre por escrito, como recomienda el Consejo Consultivo de Fiscales Europeos; que se acaben los expedientes paralelos; y que en las diligencias de investigación se respeten la contradicción y el derecho de defensa, como exigió el Tribunal Constitucional.

Mientras eso no ocurra, concluyó, la acción popular sigue siendo necesaria «porque en la Fiscalía se puede utilizar».

De Pablo: necesaria, pero con límites

José María de Pablo, del bufete Mas y Calvet, compartió el diagnóstico sobre la Fiscalía, pero no las conclusiones.

Admitió que la acción popular es necesaria y que no se puede suprimir sin reformar la Constitución.

Recordó, sin embargo, que el artículo 125 la reconoce solo en los procesos «que la ley determine», y que esa ley nunca se ha desarrollado.

Otros países controlan a la Fiscalía por otras vías: Alemania permite a las víctimas forzar la acusación e Italia somete el archivo al control de un juez.

Su experiencia como defensor en casos mediáticos es mala. A su juicio, la actuación de las acusaciones populares es casi siempre «o innecesaria o perjudicial». Cuando las ejercen partidos políticos, buscan «hundir al enemigo político», y da igual que sea inocente o culpable.

Puso como ejemplo la pieza 7 de Púnica. Su cliente, un exalcalde, fue absuelto dieciocho años después de los hechos. «¿Quién le devuelve esos años?».

Citó también a la infanta Cristina, que se sentó en el banquillo solo por la acusación de Manos Limpias, y a la asesora de la esposa del presidente del Gobierno, una funcionaria que no eligió ser una persona pública.

Sus propuestas: Dar independencia real a la Fiscalía antes de encargarle la instrucción; prohibir que ejerzan la acción los partidos y las asociaciones vinculadas a ellos; exigir un vínculo con el bien jurídico protegido, como el de una asociación ecologista o una de víctimas del terrorismo; establecer un catálogo de delitos; aplicar la doctrina Botín desde la personación: si ni el fiscal ni el perjudicado acusan, que tampoco pueda hacerlo la acusación popular; y condenar en costas de forma automática a la acusación popular cuando haya sobreseimiento o absolución.

Aun así, rechazó la proposición socialista por estar «centrada en determinados casos».

Portillo cerró con un punto de acuerdo: privar de esta herramienta a los partidos políticos. Pero advirtió de que definir qué asociaciones están vinculadas a ellos «no es fácil de regular».

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