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El ICAM reclama reformar el Código Civil para regular el uso de la vivienda en los casos de custodia compartida

El ICAM pide reformar el Código Civil ante el auge de la custodia compartida y la falta de regulación sobre el uso de la vivienda familiar.

06/11/2026 03:11

La custodia compartida ya es mayoritaria en los divorcios con hijos en los que se decide sobre su guarda, pero el Código Civil sigue sin establecer expresamente qué debe ocurrir con el uso de la vivienda familiar en estos casos. Una laguna normativa que el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) considera necesario corregir para reducir los conflictos judiciales tras las rupturas.

Esta ha sido una de las principales reivindicaciones del II Congreso de Familia y Sucesiones del ICAM, celebrado los días 5 y 6 de noviembre, durante el que también se han reclamado una mayor especialización judicial y cambios en la aplicación de los medios adecuados de solución de controversias (MASC).

Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), la custodia compartida se acordó en el 50,8 % de los divorcios entre cónyuges de diferente sexo en los que se decidió sobre la guarda de hijos menores en 2025, frente al 49,7 % del año anterior.

Sin embargo, el artículo 96 del Código Civil, que regula la atribución del uso de la vivienda familiar después de una separación o divorcio, no contempla expresamente una solución específica para los supuestos de custodia compartida.

El problema de la vivienda tras el divorcio

La vicedecana del ICAM, Isabel Winkels, ha advertido de que esta falta de regulación obliga a los tribunales a resolver mediante criterios jurisprudenciales situaciones familiares cada vez más frecuentes.

El problema no es menor. Cuando una pareja se separa y ambos progenitores comparten la custodia de sus hijos, determinar quién puede continuar utilizando la vivienda familiar puede convertirse en uno de los principales motivos de enfrentamiento.

En estas decisiones confluyen el interés de los menores, las necesidades de alojamiento de los progenitores y los derechos de propiedad sobre el inmueble.

Precisamente por ello, el Congreso dedicó una sesión a analizar la atribución y extinción del derecho de uso de la vivienda, con la participación de magistrados y especialistas que examinaron las respuestas ofrecidas por distintas instancias judiciales y el Tribunal Supremo.

A la incertidumbre jurídica se añade el encarecimiento de la vivienda, especialmente acusado en Madrid, que dificulta que los progenitores puedan mantener dos domicilios después de una ruptura.

La presidenta de la Sección de Familia y Sucesiones del ICAM, Paloma Zabalgo, puso el foco en esta realidad económica. «Tenemos un verdadero problema en este momento porque en Madrid han subido sustancialmente tanto los alquileres como los precios de compra de las viviendas», afirmó.

La letrada advirtió de las dificultades que encuentran muchas familias para asumir los gastos de dos hogares, especialmente cuando deben organizar la convivencia de los hijos en régimen de custodia compartida. «Y eso no es sostenible ante un divorcio», aseguró.

Esta situación está provocando nuevos conflictos judiciales, tanto sobre la atribución inicial de la vivienda como sobre el momento en que debe extinguirse el derecho a utilizarla.

El ICAM también cuestiona los MASC obligatorios

Las reclamaciones del Colegio no se limitan a la vivienda familiar. Winkels ha insistido en la necesidad de extender la especialización judicial en familia, infancia y capacidad a todo el territorio nacional, para evitar que el acceso a órganos especializados dependa del lugar de residencia.

Aunque la implantación de los Tribunales de Instancia ha supuesto avances en esta materia, el ICAM considera que todavía persisten diferencias territoriales que deben corregirse.

Otro de los asuntos abordados ha sido la obligatoriedad de los medios adecuados de solución de controversias (MASC) en determinados procedimientos de familia.

La vicedecana sostiene que este requisito está provocando dilaciones e inseguridad jurídica que pueden perjudicar especialmente a los menores y a las personas vulnerables. Por ello, el Colegio mantiene su petición de eliminar esta exigencia en los procedimientos afectados.

«Seguiremos impulsando la modificación legislativa precisa para corregir cada una de las disfunciones que siguen operando en el derecho de familia, infancia y capacidad», manifestó Winkels.

Discapacidad, envejecimiento y conflictos internacionales

El Congreso también abordó otros desafíos que están adquiriendo importancia en el Derecho de Familia.

Entre ellos, la planificación anticipada de las medidas de apoyo para las personas con discapacidad o que puedan necesitarlas en el futuro.

Winkels destacó la utilidad de los poderes preventivos y las medidas voluntarias de apoyo, instrumentos que permiten decidir con antelación quién deberá prestar asistencia y en qué condiciones.

Finalmente, los especialistas analizaron la creciente complejidad de los procedimientos familiares con elementos internacionales. Estos asuntos exigen determinar qué tribunales son competentes, qué legislación debe aplicarse y cómo intervienen los convenios internacionales.

Para el ICAM, todas estas cuestiones evidencian una misma necesidad: adaptar la legislación a las nuevas realidades familiares y ofrecer respuestas jurídicas más claras a los ciudadanos.

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