El Gobierno abre otra polémica a cuenta de querer aprobar por decreto el registro de la jornada diaria del trabajador

El Gobierno abre otra polémica a cuenta de querer aprobar por decreto el registro de la jornada diaria del trabajador

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03/12/2018 06:15
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Actualizado: 02/12/2018 21:25
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El pleno del Congreso aprobaba recientemente  una proposición de ley del PSOE para reformar el Estatuto de los Trabajadores y crear un registro diario de la jornada laboral. El objetivo, explica la proposición, es frenar el abuso de las horas extraordinarias impagadas y que se eleve esta infracción a la calificación de grave.

Desde el Ministerio de Trabajo que dirige Magdalena Valerio se habla de aprobar esta controvertida medida por Decreto. La medida ha sido apoyada por los sindicatos mientras que la CEOE, con su nuevo presidente a la cabeza, Antonio Garamendi, opta por la prudencia y esperar acontecimientos.

El debate sobre el registro obligatorio de la jornada laboral viene de años atrás, donde han sido los tribunales los que han ido resolviendo los casos más flagrantes.

Un fallo del Supremo sobre un caso en Bankia recomendaba una reforma legislativa sobre este tema pero eximia de fichar a las empresas.

Entre los expertos en derecho del trabajo hay puntos de vista contradictorios. Algunos como  Martín Godino, socio director de Sagardoy, Rafael Giménez-Arnau, socio de laboral de Garrigues, y Luis Enrique de la Villa, socio director del área laboral de Hogan Lovells, ya se pronunciaron en contra.

Una cambio normativo para prevenir el fraude

Para la magistrada del TSJ de Madrid, Concepción Esther Morales, «es una medida necesaria, sobre todo si queremos prevenir el fraude en la realización de las horas extraordinarias. No podemos olvidar que en el tercer trimestre de 2018 se ha realizado un total de 6.129.000 horas extraordinarias, de las cuales 2.505.900 no han sido abonadas, conforme a los datos estadísticos del INE”.

Respecto a la forma de implantar el control, esta magistrada de la Sala Social señala que “es importante  distinguir el tipo de empresa en el que se va a implantar la medida de registro de la jornada, pero en principio cualquier medio que suministre de manera eficaz, y por supuesto, veraz la jornada presencial que efectúa cada trabajador”.

También cree que “debemos tener en cuenta los problemas que presenta el control de la jornada en aquellos trabajadores que no tienen presencia en las empresas dado que sus servicios se desarrollan fundamentalmente fuera de ellas, y los trabajadores que prestan servicios en remoto a través del trabajo a distancia”.

Morales cree que “en la actualidad existen medios que nos permiten efectuar tal control de la jornada de trabajo como los servicios de geolocalización con los que se sabe la ubicación de un dispositivo conectado a internet y los tiempos de conexión al sistema o a la intranet de la empresa”.

En este contexto advierte que “será necesario generar códigos de conducta empresariales adecuados en los que se disciplinen y ordenen las formas en las que estas medidas de control de la jornada se van a exigir, así como normas sobre el uso que los trabajadores deben dar a estos dispositivos que el empresario facilita a los trabajadores para el desempeño de su puesto de trabajo”.

En cuanto a la litigiosidad que pudiera generar, advierte  que “eso no tiene que preocuparnos”.

Además considera que “esta medida nos beneficia a todos ya que no solo es una herramienta útil para la prevención y supresión del fraude, sino que también puede ofrecernos una nueva perspectiva en la determinación del tiempo de trabajo, caracterizado por la realización de jornadas de trabajo excesivamente dilatadas, rígidas e inflexibles, que a mi entender, no fomentan el compromiso, la corresponsabilidad y la productividad del trabajador, y por ende, en nada benefician al empresario”.

Una propuesta controvertida

Para Pere Vidal, experto en derecho laboral de Augusta Abogados, “la noticia ha causado un enorme revuelo entre las empresas, hasta el punto de que algunas asociaciones de empresarios ya han alertado de que este registro supondría un freno a los nuevos modelos de trabajo, basados esencialmente en la flexibilidad, el teletrabajo y la conciliación”.

En opinión de este jurista, “ciertamente, la propuesta del Gobierno, que no deja de ser la plasmación de la Proposición de Ley presentada en su día por el Grupo Parlamentario Socialista, presenta aspectos controvertidos, pues es complejo ofrecer un marco de registro de jornada diaria que afecte por igual a todas las empresas con independencia del negocio. Y es que no es lo mismo el trabajo pautado de una fábrica que una empresa tecnológica donde la flexibilidad es uno de los aspectos más apreciados por parte de los trabajadores”.

Asi Vidal señala que “nos encontramos con sectores (alimentación, restauración o la industria en términos generales) donde ya existe este registro de jornada o donde su implantación es relativamente sencilla”, aclara.

Sin embargo, “en aquellos sectores profesionales en los que se trabaja por proyectos u objetivos y en los que gran parte de la retribución es variable en función de la consecución, la implantación del registro de jornada se aventura como una tarea complicada, aunque no irrealizable”, indica este abogado.

Sobre las ventajas de la implantación del registro de jornada “son fáciles de imaginar», comenta Vidal, que los concreta en «evitar situaciones de fraude, controlar las horas extraordinarias, prevención de riesgos psicosociales asociados con la falta de descanso, etc. Como ya apuntaba en su día la Inspección de Trabajo, el registro de la jornada diaria para todos los empleados es una herramienta útil para controlar abusos en materia de horario y jornada”.

Y alerta que «está pendiente de resolver la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional en este sentido, en relación con la cual la Comisión Europea ya ha adelantado que debería establecerse esta obligación”.

Ahora bien, recuerda Pere Vidal que “en todos aquellos sectores donde lo que prima es la flexibilidad, no solo para las empresas sino para los propios trabajadores, la implantación de este registro obligatorio podrá suponer que estos mismos trabajadores se vean ahora encorsetados en un horario de entrada y salida, algo muy alejado de sus intereses”.

Este jurista adelanta que debemos estar pendientes de cómo evoluciona esta propuesta, «si bien me atrevo a vaticinar que es algo que, más tarde o más temprano, veremos implementar por Ley. En este sentido, una propuesta interesante sería dejar en manos de la negociación colectiva sectorial (o a nivel de empresa) la tipología y formas de registro de jornada, proponiendo soluciones ajustadas al modelo de negocio y productividad de cada empresa”.

Control deseable que puede generar conflictividad

Por su parte, Fernando Vizcaíno de Sas, socio responsable del área laboral de la firma Jiménez de Parga, «el control de la jornada de trabajo siempre es deseable, como bueno resulta un medio para que los derechos sean reconocidos y las obligaciones exigidas”.

No obstante, “dependiendo de cómo se acabe regulando la materia, puede introducir una conflictividad referida al control del absentismo laboral, por una parte, y la flexibilidad horaria por la otra”, aclara.

También subraya que “es evidente que, si se pretende un control estricto que actúe como un corsé de las relaciones laborales, en la práctica estas se verán constreñidas y surgirán situaciones extremas”.

Para Vizcaíno de Sas “no es bueno que se haya vendido la medida como instrumento de control de la inspección de trabajo. Perder las ideas de “flexiseguridad” que introdujo la Reforma de 2012 es retroceder en el tiempo y dotar al empresario generador de empleo”.

Y recuerda que el antecedente a esta medida se encuentra en el caso ‘BANKIA’ en el que el Tribunal de Justicia Europeo dictó unas directrices y el Pleno de la Sala IV del Tribunal Supremo estableció en una sentencia que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, y sólo deben llevar un registro de horas extras realizadas, de acuerdo a la interpretación que realizan de lo fijado en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Para este experto en derecho laboral, “como en otros casos, el Ejecutivo rehace el trabajo judicial y adopta medidas que la jurisprudencia no contempla, en el sentido contrario a la interpretación de la ley que dan los tribunales».

Y advierte como conclusión que “esperemos, al menos, que no sean medidas exclusivamente demagógicas y traten de ayudar al mercado laboral”.

Una reforma que puede fomentar el presentismo

En opinión de Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, despacho laboralista ubicado en Vigo, “aparentemente puede parecer una medida adecuada teniendo en cuenta el elevado volumen de fraude existente en las horas extras realizadas y no retribuidas, pero es una medida cuya implantación puede generar notorios problemas prácticos”.

Esos problemas los vislumbra “si se concibe como un sistema de control basado en el ‘fordismo’, en la presencia en el lugar de trabajo, cuando lo cierto es que cada vez es más frecuente el trabajo a distancia o móvil. Podemos encontrarnos con que el afán por evitar el fraude en las horas extras conduzca a un mayor nivel de presentismo y por tanto a una pérdida de eficiencia y productividad”.

En cuanto a la gestión de dicha jornada horaria, este experto recuerda que “la inmensa mayoría de las grandes y medianas empresas ya disponen de sistemas de control horario. El problema se generará en las empresas pequeñas y micro, donde el coste de implantación puede ser elevado, tanto económicamente como por desconocimiento”.

A su juicio, la cuestión está en las pymes en las que «será un auténtico reto que provocará pérdida de tiempo en tareas burocráticas salvo que sean capaces de asumir y encontrar un sistema automatizado de control que se ajuste a sus posibilidades”.

En cuanto a una posible litigiosidad adicional, Valero cree que “es muy probable, tanto por posibles sanciones derivadas de actuaciones de la Inspección de Trabajo una vez se haya implantado la medida, como por la eventualidad, que aumenten las demandas de cantidades reclamando el abono de las horas extras”.