Condenada a un año de prisión la líder de Podemos en Recas (Toledo) por calumniar a un concejal del PP

Condenada a un año de prisión la líder de Podemos en Recas (Toledo) por calumniar a un concejal del PP

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12/12/2019 00:00
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Actualizado: 12/12/2019 00:00
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El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Toledo ha condenado a un año de cárcel a líder de Unidas Podemos en Recas (Toledo), Marina Arroyo Anaya, por un delito de calumnias proferidas contra el exconcejal de Urbanismo del PP de ese municipio Rubén Darío Cabañas, a quien tendrá que indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, con 1.000 euros.

Lo calumnió a través de Facebook.

Marina Arroyo, que encabezó la lista de Unidas Podemos en Recas en las pasadas elecciones municipales, si bien no obtuvo ninguna representación, no podrá presentarse a ningún cargo público durante el tiempo de la condena.

Contra esta sentencia, fechada a 5 de diciembre y firmada por el magistrado Jorge Olmedo Castañeda, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Toledo.

Según señala el juez Olmedo, en marzo de 2016, Marina Arroyo, «conociendo la falsedad o por lo menos con temerario desprecio hacia la misma, dada la ausencia de pruebas que lo corroboraran», publicó en su cuenta personal de Facebook el siguiente texto en varios grupos:

«Me pongo en contacto con ustedes para hacer una denuncia y que sepa todo Recas lo que está ocurriendo en el Ayuntamiento. El concejal de Urbanismo y Festejos, Darío Cabañas, aprovechándose de su acta de concejal da permisos de obra ‘verbal’ a sus amigos y familiares afines a su partido (PP)».

«A su cuñado le tiene abierto un bar sin salida de emergencia no apto para que entre nadie por peligrosidad. No tiene permiso de apertura se lo ha dado porque debe ser más guapo que nadie.Y así una detrás de otra», prosigue el mensaje de Arroyo.

El juez indica que el 17 de marzo de ese año, la entonces alcaldesa de Recas emitió un escrito en el que indicaba «la falsedad de las afirmaciones realizadas por la acusada en los distintos perfiles de Facebook» y requirió formalmente a Marina Arroyo para que se retractara en el mismo medio en el que había vertido esas acusaciones, no retractándose la acusada y manteniendo sus manifestaciones públicas en la citada red social.

El 27 de junio se celebró un acto de conciliación en el Juzgado de Paz de Villaluenga de la Sagra, en el que Arroyo se ratificó en esas declaraciones realizadas en Facebook.

Sin embargo, el juez precisa que no consta que la condenada interpusiera ninguna denuncia contra Cabañas ante la jurisdicción penal por la comisión de un presunto delito de prevaricación cometido por autoridad del Artículo 404 del Código Penal.

El juez Olmedo considera que la querellada realizó esas afirmaciones «con conocimiento de su falsedad y temerario desprecio hacia la verdad, pues no se ha probado la veracidad de los comentarios publicados en tres grupos de la red social de Facebook, palabras que profirió hacia el querellante, ni tampoco consta que el mismo haya sido condenado por un delito de prevaricación cometido por autoridad, o que al menos existiera o hubiera existido un procedimiento penal dirigido contra él por dicha infracción penal».

Añade que esas expresiones «se profirieron con la intención inequívoca de que se enterara la mayor cantidad de personas, no ya sólo de Recas, sino de toda España (ánimo de difamar), tal y como queda reflejado al inicio de tales comentarios», lo que, según el juez, «dota de mayor gravedad al dolo específico» del delito de calumnias.

Arroyo también ha sido condenada a publicar la sentencia en la misma forma y lugar en que se publicaron los comentarios que han originado el delito.

El PP de Recas ha señalado en un comunicado que esta sentencia «limpia el nombre» del equipo de gobierno del Partido Popular de Recas de la legislatura 2015-2019.

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