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Firmó un recurso sin comprobar una sola cita: la IA se las había inventado todas, y ahora debe responder ante la Justicia

Una Audiencia de Oviedo abre pieza separada a un abogado por citar sentencias inexistentes: usar IA sin verificarla "no se adecúa a un actuar diligente"

10/09/2026 03:09

Una Audiencia Provincial de Oviedo ha puesto en el centro de una sentencia algo que hasta ahora era más objeto de debate deontológico que de reproche judicialexpreso: qué ocurre cuando un abogado presenta un escrito con jurisprudencia que, sencillamente, no existe tal y como se cita.

La Sección Tercera de dicha Audiencia ha confirmado una condena penal por quebrantamiento de condena, pero lo relevante de la resolución —sentencia 311/2026, de 17 de julio, recurso de apelación 1083/2026— no es el fallo, sino el reproche profesional que el tribunal dirige al letrado que firmó el recurso, al que atribuye una posible mala fe procesal derivada del uso de inteligencia artificial sin verificación posterior.

Cuatro citas que no decían lo que el recurso afirmaba

Antes de entrar en el fondo del asunto, la Sala —integrada por los magistrados Javier Domínguez Begega como presidente, Francisco Javier Rodríguez Santocildes como ponente y Pilar de Lara Cifuentesdetectó una anomalía en el recurso de apelación: ninguna de las 4 sentencias invocadas para sustentar la defensa decía lo que el escrito les atribuía.

Comprobadas una a una en Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), dos resoluciones de Audiencias Provinciales asturianas resultaron referirse a delitos de falso testimonio y de resistencia, y dos del Tribunal Supremo, a un hurto y a un delito contra la salud pública. Ninguna trataba el delito de quebrantamiento que el recurso pretendía defender.

El tribunal califica esas referencias de «citas mendaces» y, sin darlo por probado, plantea la explicación que considera más plausible —y menos grave— entre las disponibles: que el recurso se redactara con ayuda de «alguna inteligencia artificial u otro programa similar» y que después no se comprobara su contenido frente a las «constantes alucinaciones» que este tipo de herramientas puede generar.

La alternativa —que el abogado inventara las citas deliberadamente— es, señala expresamente la Sala, la hipótesis que prefiere descartar.

El reproche: no verificar es faltar a la diligencia profesional

Ahí está el núcleo del pronunciamiento. La Audiencia no cuestiona en ningún momento que un abogado recurra a la inteligencia artificial para elaborar un escrito procesal.

Lo que censura, con una formulación que no deja margen a la ambigüedad, es no comprobar después lo que la herramienta ha producido: «Fiar el tenor del recurso sin mayor revisión a lo que le propuso el algoritmo, sin constatar la real existencia de lo que mencionaba, no se adecúa a lo que debe ser un actuar diligente y respetuoso con los principios deontológicos de la profesión».

Es una distinción con consecuencias prácticas para cualquier despacho: el problema no es la tecnología, es el control de calidad que debe seguir a su uso.

Citar una sentencia que no existe, o que existe pero no dice lo que se le atribuye, sitúa al abogado firmante ante un reproche que ya no es solo de estilo o de rigor argumental, sino de buena fe procesal.

La consecuencia: una pieza separada para decidir si hay sanción

El tribunal no se ha limitado a la advertencia. Con apoyo en el artículo 247.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil —aplicable supletoriamente al proceso penal—, que permite sancionar las conductas contrarias a la buena fe procesal con multas de 180 a 6.000 euros, la Sala ha acordado abrir una pieza separada para determinar si la incorporación de esas citas inexistentes constituye una infracción sancionable.

La pieza se encabezará con testimonio del recurso y de la propia sentencia, y el letrado firmante dispone de un plazo de cinco días para presentar alegaciones.

Conviene precisar qué es y qué no es esta resolución: la sentencia no impone ninguna multa al abogado. Abre el procedimiento en el que se decidirá si procede sancionarlo, con su correspondiente trámite de defensa.

Pero el hecho de que un tribunal dé este paso —y no se limite a una amonestación en la propia sentencia— marca un umbral distinto: el uso no verificado de IA en un escrito judicial puede derivar en una sanción económica formal, no solo en un reproche moral.

El caso de fondo, en segundo plano

El expediente profesional nace de un asunto penal menor en apariencia: la Audiencia confirmó una condena de seis meses de prisión, con ejecución suspendida durante dos años, para un hombre y una mujer sujetos a prohibiciones de aproximación y comunicación que decidieron, según acreditó el tribunal a partir de indicios y del propio reconocimiento del acusado, permanecer juntos y hablar.

La Sala consideró irrelevante que el encuentro hubiera podido iniciarse por azar: «la vulneración de las prohibiciones de aproximación y comunicación a que estaban sujetos dejó de ser fortuita para pasar ser netamente dolosa» desde el momento en que decidieron quedarse.

Ni la alegación de estado de necesidad ni el error de prohibición prosperaron, por falta de prueba y por plantearse fuera de plazo procesal, respectivamente. La sentencia es firme en cuanto al fondo penal.

Lo que queda para la profesión

Al margen del desenlace concreto de la pieza separada, la resolución deja una advertencia de calado para el ejercicio de la abogacía: la inteligencia artificial no traslada la responsabilidad de comprobar la jurisprudencia citada.

Sigue siendo del abogado. Y un tribunal ya ha mostrado que está dispuesto a activar el mecanismo sancionador de la buena fe procesal cuando esa comprobación no se produce.

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