Portada / Tribunales

Iustitia Europa pide al Supremo suspender las elecciones del 29-N ante la polémica de la ‘ley de nietos’

El Supremo tendrá que valorar cómo afecta la ley de nietos al derecho de sufragio, ante la proximidad de las elecciones generales.

09/10/2026 10:10

Iustitia Europa ha solicitado al Tribunal Supremo (TS) que suspenda las elecciones generales convocadas para el próximo 29 de noviembre con el objetivo de garantizar la ejecución efectiva de la suspensión cautelar relacionada con la denominada ‘ley de nietos’ acordada previamente por el alto tribunal.

La formación, presidida por el abogado Luis María Pardo, sostiene que la celebración de los comicios sin haber podido aplicar plenamente la medida cautelar podría producir precisamente los efectos electorales que la resolución judicial pretende evitar.

La petición se produce después de que la Abogacía del Estado alegara ante el Supremo la existencia de importantes dificultades materiales para identificar, dentro del plazo disponible, a las personas incluidas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) afectadas por la medida.

El argumento central empleado ahora por Iustitia Europa parte de las propias alegaciones realizadas por la representación jurídica del Estado.

Según el escrito citado por la formación, la Abogacía sostiene que resulta “materialmente imposible certificar en un lapso temporal razonable” cuáles de los 168.896 expedientes concernidos responden al supuesto concreto afectado por las medidas cautelares acordadas por el Supremo.

Iustitia Europa invoca la efectividad de las resoluciones judiciales

Esta imposibilidad para diferenciar a unos electores de otros dentro del plazo electoral es precisamente la circunstancia sobre la que Iustitia Europa construye su nueva petición.

La Abogacía del Estado plantea que, con los datos existentes en el CERA, las alternativas pasarían por suspender a todos los españoles inscritos en ese censo o no suspender a ninguno, puesto que no sería posible distinguir dentro de los plazos disponibles quién adquirió la nacionalidad en virtud del supuesto afectado por la resolución y quién es español por otras circunstancias.

El presidente de la formación considera que la cuestión trasciende el debate administrativo sobre la elaboración del censo y afecta directamente a la ejecución de una resolución judicial vigente.

En su escrito, Pardo sostiene que “la legitimidad democrática de las instituciones representativas exige que la formación de la voluntad electoral se produzca conforme al ordenamiento jurídico y a las resoluciones jurisdiccionales vigentes que inciden directamente sobre los efectos del censo”.

La tesis de Iustitia Europa es que, si la Administración reconoce que no puede ejecutar la suspensión dentro del calendario electoral, permitir que se celebre la votación podría llegar a consumar los efectos electorales cuya delimitación constituye precisamente el objeto de las medidas cautelares.

No se trata, por tanto, de una suspensión acordada por el Supremo, sino de una petición formulada por una de las partes, que deberá ser valorada ahora por el tribunal.

Paralizar las elecciones ante la Ley de Nietos

Para Iustitia Europa, la suspensión de las elecciones constituiría la respuesta adecuada ante la imposibilidad material manifestada por la representación del Estado.

La formación considera que retrasar la votación permitiría preservar tanto la efectividad de la decisión adoptada por el Tribunal Supremo como la que denomina “objetividad del censo” y la legitimidad democrática de las instituciones resultantes de las elecciones.

Pardo insiste en que la votación debe desarrollarse bajo condiciones que garanticen la plena efectividad de la resolución judicial vigente.

La cuestión adquiere especial trascendencia porque las elecciones generales ya han sido convocadas para el 29 de noviembre y los plazos previstos por la legislación electoral avanzan mientras el Supremo debe resolver las cuestiones planteadas en torno a las medidas cautelares.

La controversia presenta además una dimensión especialmente delicada desde la perspectiva constitucional: el derecho de sufragio.

La Abogacía del Estado ha pedido al Supremo que levante la suspensión ante las dificultades para determinar individualmente qué ciudadanos se encuentran realmente afectados y ante el riesgo de impedir votar a españoles que no estén comprendidos en el supuesto objeto del procedimiento.

Frente a ello, Iustitia Europa considera que celebrar las elecciones sin garantizar previamente la ejecución de la resolución judicial dejaría sin efecto práctico la tutela cautelar acordada.

El Tribunal Supremo tiene ahora sobre la mesa dos cuestiones con importantes consecuencias jurídicas: cómo ejecutar las medidas cautelares dentro de los estrechos plazos electorales y qué efecto debe tener esa dificultad sobre la celebración de las elecciones generales del 29 de noviembre.

Noticias relacionadas