Trabajar para otro negocio, participar en competiciones deportivas o realizar actividades incompatibles con la recuperación pueden justificar una investigación mediante detectives privados. Winterman explica qué pueden investigar las empresas, cuáles son los límites legales y qué consecuencias pueden tener las pruebas ante los tribunales.
Una fotografía puede parecer suficiente para demostrar que un trabajador está fingiendo una baja médica. Pero no siempre lo es.
Un empleado que juega al pádel después de operarse de una rodilla puede acabar despedido de forma procedente.
Otro que practica ciclismo tras una intervención similar puede conservar su puesto de trabajo. Y una trabajadora de baja por ansiedad puede acudir a un concierto, cantar y bailar sin que su comportamiento constituya necesariamente un incumplimiento laboral.
Los tribunales españoles han tenido que resolver situaciones como estas. Y sus sentencias dejan una enseñanza: estar de baja médica no significa estar obligado a permanecer en casa, pero tampoco autoriza a realizar cualquier actividad.
La diferencia está en las circunstancias de cada caso, las limitaciones médicas del trabajador y las pruebas que aporte la empresa.
Este último aspecto resulta especialmente importante. Porque una investigación puede acreditar comportamientos aparentemente incompatibles con una incapacidad temporal y, sin embargo, no servir para justificar un despido si las pruebas se han obtenido vulnerando derechos fundamentales.
Es precisamente el terreno en el que trabajan las empresas de detectives privados especializadas en investigaciones laborales.
Una de ellas es Winterman, firma española dedicada a la investigación corporativa, la detección del fraude y la gestión de riesgos, cuyo consejero delegado, Enrique Vilamajó, preside la Asociación de Empresas de Detectives Privados (AEDP).
La compañía explica qué pueden investigar las empresas cuando sospechan que existe un abuso de una baja médica y hasta dónde permite llegar la legislación.
Un problema que cuesta millones a las empresas
El debate se produce en un momento de crecimiento del absentismo laboral en España.
Los datos de Eurostat correspondientes a 2024 reflejan que la proporción de trabajadores ausentes por incapacidad temporal casi duplicaba la media comunitaria.
A finales de septiembre de 2026, Randstad Research constató que el absentismo continuaba aumentando. Por su parte, un estudio de la patronal de la gran distribución ANGED y The Adecco Group Institute cifró en 240 millones de euros anuales el sobrecoste del absentismo entre las grandes cadenas comerciales asociadas.
Sin embargo, hay una distinción fundamental: absentismo no equivale a fraude. Las estadísticas incluyen ausencias justificadas por enfermedades o accidentes.
Una baja médica legítima constituye un derecho del trabajador. Lo que las empresas pueden investigar son comportamientos concretos que hagan sospechar un incumplimiento de sus obligaciones laborales.
Qué puede investigar una empresa durante una baja médica
Winterman explica que las investigaciones no deben dirigirse a determinar si un trabajador «parece enfermo», sino a comprobar hechos objetivos.
Entre ellos, si desempeña tareas profesionales para otro negocio, realiza trabajos remunerados durante su incapacidad temporal o desarrolla actividades físicas incompatibles con las limitaciones que justificaron su baja.
No es lo mismo observar a una persona levantar un objeto pesado ocasionalmente que comprobar que realiza trabajos de carga y descarga durante varias jornadas.
La duración, frecuencia e intensidad de la actividad resultan determinantes.
El detective documenta los hechos mediante seguimientos y otros medios legalmente autorizados. Sin embargo, su informe no sustituye la valoración médica ni determina por sí mismo la existencia de fraude.
La jurisprudencia distingue entre actividades que perjudican o retrasan la recuperación y aquellas que evidencian una capacidad laboral incompatible con la incapacidad alegada.
Jugar al pádel tras una operación de rodilla puede justificar el despido
Un ejemplo significativo lo proporciona el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que en 2022 confirmó el despido de un trabajador de baja tras una operación de rodilla.
Durante su recuperación participó durante tres días en un torneo de pádel.
La empresa consideró que aquella actividad resultaba incompatible con su situación médica y acordó su despido disciplinario.
El tribunal respaldó la decisión al apreciar una transgresión de la buena fe contractual, teniendo en cuenta la naturaleza de la lesión y las exigencias físicas de la competición.
Sin embargo, en 2018 el Tribunal Superior de Justicia de Navarra declaró improcedente el despido de otro trabajador que practicaba ciclismo después de una intervención de rodilla.
En aquel supuesto, sus médicos habían recomendado la actividad y conocían su evolución.
La conclusión es clara: practicar deporte durante una baja no constituye automáticamente un incumplimiento laboral. Es necesario comprobar si perjudica la recuperación o demuestra que el empleado puede desempeñar su trabajo.
Ir a un concierto durante una baja por ansiedad no demuestra que exista fraude
Las bajas por problemas de salud mental plantean dificultades particulares.
La capacidad para disfrutar de una actividad de ocio no implica necesariamente que una persona esté en condiciones de afrontar las exigencias de su puesto.
Así lo demuestra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de abril de 2024.
Una trabajadora de baja por ansiedad había asistido a un concierto en el que cantó y bailó.
La empresa decidió despedirla al considerar que aquella conducta resultaba incompatible con su incapacidad temporal.
Sin embargo, el tribunal confirmó la improcedencia del despido porque no se había acreditado que la actividad perjudicase su recuperación ni que hubiera simulado su enfermedad.
En determinados trastornos de salud mental, las actividades sociales y recreativas pueden incluso resultar beneficiosas.
La sentencia pone de manifiesto que una fotografía disfrutando del tiempo libre no basta para demostrar que una baja médica es fraudulenta.
El Supremo prohíbe utilizar fotografías tomadas en el jardín de una vivienda
La investigación empresarial tiene límites que ni siquiera una sospecha fundada de fraude permite traspasar.
Uno de los más importantes es el derecho a la intimidad.
El Tribunal Supremo estableció un criterio especialmente relevante en su sentencia de 25 de mayo de 2023.
El caso afectaba a un empleado de baja por cervicalgia al que un detective había fotografiado realizando trabajos físicos en el jardín y el huerto de su vivienda.
Las imágenes documentaban actividades que la empresa consideraba incompatibles con sus dolencias.
Sin embargo, el Supremo declaró ilícita la prueba porque había sido obtenida en un espacio protegido por el derecho a la intimidad.
La Sala razonó que el jardín de una vivienda constituye un lugar reservado, protegido por la Ley de Seguridad Privada.
Las fotografías no podían utilizarse para justificar el despido, cuya improcedencia quedó confirmada.
La resolución demuestra que una prueba aparentemente contundente puede resultar inutilizable si se obtiene ilegalmente.
La empresa necesita un interés legítimo para contratar a un detective
La Ley 5/2014, de Seguridad Privada, regula las investigaciones realizadas por detectives.
Su artículo 48 permite obtener información y pruebas sobre hechos relacionados con actividades económicas, laborales, mercantiles y financieras.
Pero establece una condición: quien solicita el servicio debe acreditar un interés legítimo.
Esto significa que la empresa debe justificar la finalidad de la investigación y delimitar los comportamientos que pretende comprobar.
No puede ordenar un seguimiento indiscriminado de la vida personal del empleado.
Además, los detectives deben respetar los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
La normativa prohíbe investigar la vida íntima en domicilios y otros lugares reservados o utilizar procedimientos que vulneren derechos fundamentales.
Un informe de detective puede resultar decisivo ante el juez
Winterman destaca la importancia de documentar correctamente los hechos investigados.
Una fotografía aislada puede carecer de suficiente valor si no permite conocer cuándo fue tomada, qué actividad realizaba el trabajador y durante cuánto tiempo.
Por eso, el artículo 49 de la Ley de Seguridad Privada exige que los informes identifiquen el objeto del encargo, los medios utilizados, los resultados obtenidos y los detectives intervinientes.
Si el trabajador impugna su despido, el informe podrá aportarse al procedimiento judicial siempre que haya sido obtenido legalmente.
El detective también puede ser requerido para ratificar su contenido y responder a las preguntas de las partes.
Corresponderá al tribunal determinar si los hechos acreditados justifican una sanción.
Una investigación no conduce necesariamente al despido
La recepción de un informe que documenta comportamientos sospechosos no significa que el despido sea automáticamente procedente.
La empresa deberá examinar la gravedad de los hechos y su relación con las obligaciones contractuales del trabajador.
Si se acredita una transgresión grave y culpable de la buena fe contractual, puede resultar aplicable el artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores, que contempla esta conducta como causa de despido disciplinario.
Pero también puede ocurrir que la investigación descarte las sospechas iniciales.
En ese caso, su utilidad consiste precisamente en evitar decisiones empresariales basadas en rumores o interpretaciones erróneas.
Para Winterman, que colabora con empresas, despachos de abogados y departamentos jurídicos en investigaciones de fraude laboral y corporativo, la clave está en obtener pruebas objetivas, contrastables y legalmente válidas.
La jurisprudencia deja una conclusión: las empresas tienen derecho a investigar posibles abusos durante una baja médica, pero ese derecho no es ilimitado.
Una investigación que vulnere las garantías legales puede terminar convirtiendo un despido aparentemente justificado en improcedente.