La vivienda ya es el principal problema de los españoles. El barómetro del CIS de octubre la sitúa en cabeza con el 55,7% de las menciones, un récord. Winterman, firma especializada en investigación corporativa y servicios forenses, ha puesto el foco en una consecuencia que se ve menos: el fraude que se aprovecha de esa urgencia.
La compañía ha recogido diez prácticas fraudulentas habituales, y su punto de partida es una distinción que repite en todo el documento: no todo conflicto es un fraude.
Tener problemas para pagar no lo es, y discrepar sobre cómo se interpreta un contrato tampoco. Para Winterman, el fraude empieza cuando alguien oculta o falsea hechos relevantes.
Los 4 fraudes que perjudican al propietario
El primero es el del inquilino que se convierte en casero: el contrato sigue a su nombre, pero ya no vive allí y subarrienda el piso o sus habitaciones sin autorización, a veces como alojamiento turístico y a veces con hacinamiento. Lo realquila.
Los dos siguientes tienen que ver con la renta antigua. En el segundo, el hijo del titular solo puede subrogarse en el contrato si convivió con él en la vivienda durante los dos años anteriores a su fallecimiento, y tiene que probarlo.
En el tercero, hay quien alega esa convivencia sin haberla tenido, o quien oculta la muerte del titular y sigue pagando a su nombre para mantener un arrendamiento que la ley ya no ampara. La firma reconoce que la investigación a veces acaba confirmando que la convivencia sí existió.
El cuarto caso es el de la situación económica falseada mediante ingresos ocultos o documentos manipulados, por ejemplo en un procedimiento de desahucio. Winterman recuerda que la vulnerabilidad la valoran los servicios sociales y los juzgados.
Los 6 fraudes que perjudican al inquilino
Los otros seis afectan a quien busca piso o vive de alquiler:
Quinto caso: Anuncios de viviendas que no existen o que no son de quien las anuncia, con precios algo por debajo del mercado y prisa por cobrar la reserva.
Sexto caso: Comisiones cobradas al inquilino bajo nombres como “estudio de solvencia” o “apertura de expediente”, aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos atribuye esos gastos al propietario en el alquiler de vivienda habitual.
Séptimo caso: Recuperaciones de la vivienda por necesidad del propietario o de un familiar que luego no se materializan. Si no se ocupa en tres meses, la ley permite al inquilino volver o ser indemnizado.
Octavo caso: Contratos de temporada que esconden una residencia permanente.
Noveno caso: Presiones para forzar la salida, como cortes de suministros u obras interminables. El acoso inmobiliario está castigado en el Código Penal.
Décimo caso: Fianzas retenidas con daños inventados o que no se depositan en el organismo autonómico.
“Encontrar vivienda se ha convertido en una preocupación para mucha gente y, como en cualquier situación de necesidad, aparece quien intenta aprovecharse. Esos fraudes los pagan inquilinos y propietarios que cumplen, y la confianza de todos en el mercado”, afirma Enrique Vilamajó, CEO de Winterman y presidente de la Asociación de Empresas de Detectives Privados (AEDP).
Un informe que también puede desmentir
La firma explica que su trabajo consiste en acreditar hechos: quién es el propietario real, quién vive en el inmueble y desde cuándo, para qué se usa o si un documento es auténtico.
Para ello cruza la documentación del contrato con registros, fuentes abiertas y análisis documental y digital, y añade comprobaciones sobre el uso del inmueble “sin invadir la intimidad del domicilio”. El resultado es un informe que puede ratificarse en juicio.
Vilamajó insiste en que ese informe no está para dar la razón a nadie, tampoco a un fondo en un desahucio. “Unas veces la investigación da la razón al propietario y otras al inquilino. Lo que nunca hacemos es poner en un informe algo distinto de lo que hemos comprobado, beneficie o perjudique a quien nos ha contratado”, sostiene.
Entre sus recomendaciones, Winterman aconseja no pagar nada antes de visitar el piso y firmar, comprobar la titularidad con una nota simple del Registro de la Propiedad, pagar siempre por medios trazables y hacer inventario fotográfico al entrar.
Y una advertencia para los dos lados: cambiar la cerradura o cortar los suministros por cuenta propia puede ser delito.