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Opinión | Los retos del próximo ministro de Justicia

La Justicia rara vez decide unas elecciones y, por eso, suele ocupar las últimas páginas de los programas electorales de los candidatos.

27/10/2026 04:10

El próximo 29 de noviembre los españoles elegiremos unas nuevas Cortes Generales. De ellas saldrá un Gobierno y, con él, quien ocupe —o siga ocupando— el Ministerio de Justicia. Sea quien sea, heredará una cartera en la que casi todo está legislado y casi nada está terminado.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, levantó el armazón de la mayor transformación del modelo unipersonal heredado del siglo XIX. Sobre el papel, el despliegue ha concluido: desde el 31 de diciembre de 2025, 431 tribunales de instancia ocupan el lugar de cerca de 3.900 juzgados.

Pero un tribunal no existe porque lo proclame el Boletín Oficial del Estado (BOE), sino cuando funcionan sus servicios comunes, sus plantillas y sus aplicaciones. Legislar es barato; ejecutar y, sobre todo, ejecutar con criterio, exige medios, planificación y supervisión.

El Ministerio defiende un balance favorable: más juicios señalados y un 21 % menos de demandas civiles, descenso que atribuye a la obligación de acudir antes a un medio adecuado de solución de controversias (MASC).

Según el CGPJ, en el primer trimestre de 2026 la litigiosidad civil cayó un 35,8 %; la pendencia, apenas un 0,7 %.

Si entra más de un tercio menos y el atasco casi no cede, la caída de la litigiosidad no es todavía eficiencia: es, por ahora, menos entrada. Queda por saber si esos conflictos se han resuelto fuera de los tribunales o, sencillamente, han dejado de llegar a ellos.

El primer deber del nuevo ministro es medir: evaluar con datos ese requisito de procedibilidad antes de celebrarlo o de enmendarlo.

Medir exige, además, coordinar.

La Justicia española es policéfala en su vertiente administrativa: doce comunidades autónomas gestionan sus medios materiales y personales, y el Ministerio los de Extremadura, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Murcia, Islas Baleares, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. El Ministerio no puede imponer lo que no le corresponde.

Pero sí puede —y debe— pactar una hoja de ruta común con las comunidades, el CGPJ y la Fiscalía, financiarla con condiciones y comprobar públicamente si los resultados son los esperados.

Sin indicadores compartidos, la coordinación es una liturgia.

La digitalización, un reto europeo para la Justicia española

El segundo reto es digital. La interoperabilidad que exige el Real Decreto-ley 6/2023 sigue siendo una meta pendiente.

El problema no es la ausencia de tecnología, sino su reparto desigual.

El Ministerio puede exhibir, con razón, más de millón y medio de grabaciones textualizadas en su territorio y “robots” que tramitan expedientes de nacionalidad; pero cada comunidad ha desarrollado —o no— sus propias soluciones, con sistemas de gestión procesal que rara vez dialogan entre sí. Una Justicia así no es digital: es un archipiélago de bytes. 

Y el calendario aprieta… El plazo para cumplir los hitos de los fondos europeos de recuperación, que han financiado buena parte de esta transformación, venció el pasado 31 de agosto.

El próximo ministro llegará justo cuando se agota la palanca que ha permitido coordinar sin imponer: el dinero. Tendrá que sustituirla con presupuesto propio y con convenios que condicionen la financiación a una interoperabilidad efectiva.

Y tendrá una fecha marcada: el 2 de diciembre de 2027, cuando el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial empezará a exigir a los sistemas que asisten a los jueces en la interpretación de los hechos y del Derecho las garantías propias del alto riesgo.

No se trata de llevarla a los tribunales a cualquier precio, sino de llevarla bien y a todos.

El expediente judicial electrónico es el eje de los nuevos tribunales de instancia y, con ellos, de todo el sistema que emerge de la Ley de Eficiencia.

Las normas existen; la formación de los funcionarios, siendo necesaria, no basta. Falta lo esencial: un indicador público, territorio por territorio, de cuántos procedimientos se tramitan realmente sin papel. Todavía no tenemos ese dato. 

El tercer reto es legislativo, y tiene nombre propio. La Directiva (UE) 2020/1828, sobre acciones de representación de los consumidores, debió transponerse a más tardar el 25 de diciembre de 2022.

Desde entonces se han sucedido un anteproyecto, un proyecto del que hubo que amputar la materia para salvar la Ley de Eficiencia y un tercer texto que la disolución de las Cortes acaba de hacer decaer, tras año y medio de tramitación con el plazo de enmiendas prorrogado una y otra vez. ¿Existía prioridad? 

La falta de un cauce colectivo eficaz no ha evitado el litigio: lo ha multiplicado. Sólo los mal llamados «juzgados especializados» en condiciones generales de la contratación recibieron más de 713.000 asuntos entre 2017 y 2021, demandas en serie sobre un puñado de cláusulas hipotecarias.

Una buena ley de acciones colectivas —en la que la exclusión voluntaria sea la regla y no la excepción— no es sólo una deuda con los consumidores: es la reforma de eficiencia más barata que tiene pendiente nuestra Justicia. El texto existe. Hay que recuperarlo, corregirlo y aprobarlo en el primer año de legislatura.

La Justicia rara vez decide unas elecciones y, por eso, suele ocupar las últimas páginas de los programas. El próximo ministro no necesita grandes proclamaciones ni ambiciones faraónicas.

Le bastaría con tres compromisos verificables: medir lo que la Ley de Eficiencia ha cambiado de verdad, lograr que los sistemas de la Justicia se entiendan entre sí y aprobar en su primer año la ley de acciones colectivas. No parece mucho. Es, exactamente, lo que está por hacer.

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