El Tribunal Supremo ha dado tres días a las partes personadas en el procedimiento de la denominada ‘ley de nietos’ para que presenten alegaciones sobre la petición de Iustitia Europa de extender la suspensión cautelar del voto a los hijos de quienes adquirieron la nacionalidad española a través de esta vía.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado adoptar las medidas cautelarísimas solicitadas sin escuchar previamente a las partes, pero ha acordado abrir un trámite de audiencia común de tres días para que puedan pronunciarse sobre la petición de la formación política.
Los magistrados consideran que no procede adoptar las medidas «inaudita parte», aunque sí permiten que las partes presenten las alegaciones que estimen oportunas en defensa de sus derechos e intereses legítimos.
El plazo concluirá el próximo miércoles.
La Sala también ha habilitado actuaciones en la pieza de medidas cautelares desde el 31 de octubre y durante todos los días de noviembre, debido a «la relevancia de las cuestiones suscitadas y la convocatoria electoral en vigor» de las elecciones generales previstas para el próximo 29 de noviembre.
Iustitia Europa pide identificar a los hijos de los nacionalizados
Iustitia Europa ha solicitado al alto tribunal que se identifique a los hijos de las personas que han obtenido la nacionalidad española al amparo de la ley de nietos y que se suspendan cautelarmente sus efectos electorales si están incorporados al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La formación que dirige el abogado Luis María Pardo reclama que esa suspensión se mantenga hasta que la Administración complete la identificación individual de los afectados, determine de qué progenitor deriva cada adquisición de nacionalidad y precise la vía jurídica por la que este obtuvo la nacionalidad española.
El partido sostiene que existe una relación documental que puede comprobarse entre la vía por la que el progenitor adquirió la nacionalidad y el título posterior del hijo.
En su petición, Iustitia Europa plantea que los votos puedan recibirse, pero que permanezcan separados y bajo custodia, sin incorporarse al escrutinio hasta que concluya la comprobación y pueda determinarse la situación electoral de cada afectado.
En concreto, solicita que el Supremo ordene la identificación inmediata de todos los casos incorporados al CERA y de sus respectivos progenitores, y que acuerde la suspensión de los efectos electorales respecto de aquellos cuyo progenitor esté comprendido en el ámbito de los autos por los que el alto tribunal suspendió cautelarmente el voto a los beneficiados por la ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.
Desde Iustitia Europa han defendido que debe aplicarse «el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral» a los hijos nacionalizados, al considerar que su derecho deriva de la adquisición previa de la nacionalidad española por parte de sus progenitores.