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Las Comunidades Autónomas son las competentes para aplicar –o no– la nueva Ley de Vivienda

La socia directora de Le Morne Brabant Madrid subraya lo evidente: que la competencia para aplicar dicha ley no es del Gobierno.

30/04/2023 04:04

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«Ya le puede ir diciendo a sus comunidades que se va a cumplir la ley de vivienda en todos los territorios». Estas palabras del presidente del Gobierno en la sesión de control, previa a la aprobación de la nueva Ley de Vivienda, y que se celebraba en el congreso ha sembrado cierta confusión entre los ciudadanos.

El motivo nada tiene que ver con sus puntos principales: la limitación de los precios del alquiler, la declaración de zonas tensionadas como medida de control del mismo o las siempre polémicas medidas contra la ocupación.

La causa está en la voluntad expresada por el jefe del ejecutivo; se quiere implantar esta norma en toda España, pero ¿se puede?

Desde Le Morne Brabant Abogados pensamos que no, ateniéndonos al reparto de competencias entre estado, comunidades autónomas y municipios establecido en materia de vivienda.

En este punto, es necesario recordar que son las comunidades autónomas quienes tienen la última palabra en cuanto a promoción pública de la vivienda, así como así como la planificación, la ordenación y la gestión y el control de vivienda, de acuerdo con las necesidades sociales y el equilibrio territorial.

La propia Comunidad Autónoma será, además,  la que establezca el orden de prioridades y objetivos en cuanto al fomento que realicen las administraciones públicas en materia de vivienda y la adopción de medidas necesarias para lograrlo, tanto en relación con el sistema público como en el privado.

Es decir, que desde Madrid, Valencia o Murcia, por poner algún ejemplo, se puede decidir si lo marcado en la ley recién aprobada es una prioridad para sus territorios y si desean acometer algunos de sus puntos.

Así pues, el poder del estado en el asunto que nos ocupa es meramente simbólico y queda recogido en el famoso artículo 47 de nuestra Constitución, que refleja que «Todo Ciudadano tiene derecho a una vivienda digna».

Es posible, no obstante, que Pedro Sánchez se haya querido apoyar en otro artículo de la Carta Magna, el 141 y que reza así: “El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución”.

De momento, el poder del gobierno central a la hora de imponer la nueva ley a los territorios parece más un deseo que una realidad y habrá que ver si ese artículo 141 puede dar lugar a algún resquicio legal y al consiguiente toma y daca en los tribunales.

No lo parece, a mi entender.

Por último, recordar las competencias en materia de vivienda de los municipios, el tercer organismo implicado: gestión, ordenación, ejecución y disciplina urbanística, así como promoción y gestión de viviendas, parques y jardines, y, por supuesto, pavimentación de vías públicas y urbanas y conservación de caminos turísticos y vías rurales.

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