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ACVOT acata la sentencia del TJUE, pero niega la amnistía a los CDR por terrorismo

ACVOT discrepa del TJUE sobre la amnistía y sostiene que el Derecho de la UE impide amnistiar a los CDR por delitos de terrorismo en tentativa.

16/07/2026 02:07

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la Ley de Amnistía no ha cerrado el debate: lo ha desplazado.

La Associació Catalana de Víctimes de Terrorisme (ACVOT), representado por José María y José Ignacio Fuster-Fabra, de la firma Fuster-Fabra Abogados, ha reaccionado con una mezcla de acatamiento institucional y oposición jurídica de fondo, en un comunicado en el que asume el fallo, pero se reafirma sin matices en su tesis: el Derecho europeo en materia de terrorismo no permite amnistiar a los CDR ni siquiera cuando los hechos se quedan en el umbral de la ejecución.

La asociación no oculta el desencuentro. “Como no puede ser de otra manera”, señala, respeta la resolución del TJUE; pero inmediatamente después fija posición: discrepa.

Y lo hace recordando el origen del litigio, impulsado por la propia ACVOT ante Luxemburgo con la convicción de que la Ley Orgánica de Amnistía colisiona con las obligaciones europeas de persecución del terrorismo.

En ese recorrido procesal —subraya— las víctimas se vieron en minoría frente a un frente institucional y defensivo alineado con la aplicación de la amnistía: acusados, Fiscalía (que en su día interesó penas que rozaban los 250 años) y Abogacía del Estado.

Un desequilibrio de medios que, según el comunicado, solo encontró cierto contrapeso en el respaldo del abogado de la Comisión Europea.

El núcleo del desacuerdo no es retórico, sino técnico. ACVOT ancla su argumentación en dos pilares normativos: la Decisión Marco 2002/475/JAI y la Directiva (UE) 2017/541.

A partir de ahí, construye una tesis expansiva: la prohibición de neutralizar penalmente conductas terroristas mediante amnistía alcanzaría también a las fases previas —preparación, conspiración, tentativa— sin excepciones por motivación política, contexto territorial o coyuntura temporal. Traducido al caso español: las conductas vinculadas al procés y atribuidas a los CDR quedarían, a su juicio, fuera del perímetro de la ley de gracia.

El argumento se refuerza con una lectura temporal que pretende cerrar cualquier resquicio.

La Ley de Amnistía cubre hechos entre 2011 y 2023; durante ese periodo, recuerda ACVOT, primero estuvo vigente la Decisión Marco y, desde marzo de 2019, la Directiva 2017/541 ya transpuesta.

No habría, por tanto, “zonas grises”: antes y después de 2019, las exigencias europeas en materia de terrorismo operaban plenamente. Incluso los hechos anteriores a la transposición —defiende la asociación— quedaban ya bajo el paraguas de la Decisión Marco, lo que impediría relativizar su relevancia jurídica.

En ese contexto, el comunicado entra al detalle fáctico. Enumera actuaciones que sitúa en la categoría de actos preparatorios con relevancia penal: ocupaciones de ayuntamientos, planes para asaltar el Parlament, sabotajes como el del convoy de presos en la C-55. Y

, ya en la fase posterior a abril de 2019, describe la aparición de estructuras organizadas —con nombres tan heterogéneos como “GaarRapata”, “BATCUEVA”, “Les Tortugues Ninja” o “NoSurrender”— a las que atribuye funciones de coordinación, acopio de precursores químicos, experimentación con termita y acciones sobre infraestructuras críticas como el aeropuerto de El Prat.

Todo ello, insiste, encajaría en la tipología europea y en el Código Penal español aunque no se hubiera consumado un atentado.

Ahí radica uno de los puntos de fricción más sensibles: la relevancia penal de la tentativa y de la pertenencia o colaboración con grupo terrorista.

ACVOT recuerda que la Decisión Marco ya obligaba a los Estados a perseguir no solo la ejecución, sino también la dirección, participación y apoyo logístico o financiero.

La Directiva de 2017, añade, consolida ese enfoque al desvincular determinadas conductas de la necesidad de un atentado consumado. En paralelo, el ordenamiento español —con los artículos 572 y concordantes— habría incorporado con anterioridad un catálogo amplio de conductas punibles: desde la integración en organización terrorista hasta la captación, el adiestramiento o la financiación.

Desde esa doble base —europea y nacional— la conclusión de la asociación es tajante: lo atribuido a los CDR, calificado como terrorismo en grado de conspiración o tentativa, no podría ser objeto de amnistía sin comprometer las obligaciones derivadas del Derecho de la Unión.

Y, sin embargo, el cierre del comunicado vuelve al punto de partida: respeto y discrepancia. ACVOT acata la sentencia del TJUE, pero deja constancia de que seguirá defendiendo su interpretación en el debate público y jurídico. También introduce una nota de reivindicación: la sensación de haber litigado en inferioridad frente a los poderes públicos y el agradecimiento a quienes han sostenido su posición.

El texto, fechado en Barcelona el 16 de julio de 2026 y firmado por los letrados José María Fuster-Fabra Torrellas y Juan Ignacio Fuster-Fabra Toapanta, no busca tanto reabrir el pleito en Luxemburgo como fijar relato. Uno que, más allá del fallo, mantiene viva la controversia sobre los límites de la amnistía cuando entra en juego la categoría —siempre expansiva y discutida— de terrorismo en el Derecho europeo.

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