Portada / Tribunales

El TSJ de Cataluña recuerda que ser representante sindical no es un salvoconducto para ser el primero en volver de un ERTE

El TSJ de Cataluña avala que Swissport retrasara la vuelta de una representante sindical tras el ERTE por no poder trabajar de noche.

17/07/2026 03:07

Diecisiete meses. Es lo que tardó Swissport Handling en devolver a su puesto a una supervisora de pasaje del aeropuerto de El Prat, Barcelona, miembro del comité de empresa por CCOO desde 2016.

Ella pensó que la ley la amparaba. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) le ha dicho que no, al menos no de la forma en que ella lo entendía.

La sentencia 2613/2026, dictada el 5 de mayo por la Sección Primera de la Sala de lo Social, formada por Amador García Ros, presidente y ponente, Miguel Ángel Falguera Baró y Ana Cristina Salas, desestima el recurso de suplicación 6158/2025 y confirma la absolución de Swissport que ya había dictado, en junio de 2025, el Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona.

El fallo no es firme. Cabe casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

El caso tiene nombre ficticio en la sentencia: Maribel. Empleada desde 1997, agente administrativa de pasaje, supervisora, con jornada completa. Y con una circunstancia que resultó decisiva: el 18 de marzo de 2020, el servicio de prevención la declaró apta con limitaciones. Nada de turnos nocturnos. Diez días después, la pandemia paralizó el tráfico aéreo.

Swissport tramitó un ERTE por fuerza mayor que afectó al 96% de la plantilla de handling. Cuando, meses después, empezaron a reaparecer vuelos —pocos, y casi todos de madrugada—, la empresa fue reincorporando personal.

Primero mandos y supervisores, luego especialistas en ventas y equipajes. Maribel no entraba en esa selección. La franja horaria que necesitaba cubrir la empresa coincidía, sistemáticamente, con la que ella tenía vetada.

¿Y el artículo 68.b?

Aquí está el núcleo jurídico del asunto. El Estatuto de los Trabajadores reconoce a los representantes sindicales prioridad de permanencia frente al resto de la plantilla en supuestos de suspensión o extinción por causas económicas o tecnológicas.

Maribel entendía que esa prioridad debía funcionar también al revés: para volver antes que nadie cuando la empresa levanta el expediente.

El TSJCat no lo ve así. Y lo dice sin rodeos, con una frase que probablemente se cite en más de un recurso futuro: la garantía «solo opera ‘ex ante’ cuando existen varios puestos de trabajo sobre los que se proyecta el efecto de la causa extintiva o de suspensión, pero no opera ex post».

Traducido: la ley protege al representante cuando la empresa decide a quién incluye en el ERTE, no cuando decide a quién saca de él.

Son momentos distintos, con lógicas distintas. Y en este caso concreto, además, no había margen de elección: todo el departamento de pasaje quedó afectado salvo el jefe. No hubo selección que blindar.

La Sala fue más allá. Exigir la reincorporación automática de todos los miembros del comité, dice la sentencia, obligaría a desplazar a otros trabajadores imprescindibles por su cualificación o disponibilidad horaria. Algo que, en plena crisis aeroportuaria, con vuelos concentrados de madrugada, habría sido según el tribunal una exigencia desproporcionada.

El precedente que no sirvió

La trabajadora invocó una sentencia anterior del mismo TSJ, de mayo de 2025, donde sí se había apreciado vulneración de derechos fundamentales en otro caso de Swissport.

La Sala descartó la comparación: aquella empleada tenía reducción de jornada por guarda legal y trabajaba en coordinación de operaciones; existían indicios de discriminación que la empresa no logró desmontar. Nada de eso, subraya el tribunal, se repite aquí.

Pertenecer al mismo comité y estar en el mismo ERTE no convierte dos demandas en el mismo caso.

Quedó fuera del debate, por cuestión procesal, un argumento que la trabajadora introdujo tarde: la posible discriminación por motivos de salud, derivada precisamente de su incapacidad para trabajar de noche.

El TSJCat ni siquiera entra a valorarlo —no se planteó en la demanda inicial— pero deja la puerta simbólicamente entreabierta para quien quiera explorarla en otro procedimiento.

La diferencia salarial que reclamaba Maribel entre la prestación por desempleo y su sueldo ascendía, según los hechos probados, a 16.365,08 euros. Sin indemnización, sin costas.

“Estamos ante una sentencia de sumo interés práctico porque rescata cuestiones no revisadas últimamente por la doctrina tales como que, el hecho de no desafectar una trabajadora miembro del comité de empresa en un ERTE pese a haberse producido desafectaciones previas de otros trabajadores e incluso de algunos representantes no vulnera su derecho a la libertad sindical. Porque la falta de desafectación no obedeció a su condición representativa, sino a razones organizativas y a su condición de trabajadora especialmente sensible, con limitación para prestar servicios nocturnos entre las 22:00 y las 6:00 horas», explica Alfredo Aspra, abogado laboralista y socio director de Labormatters Abogados.

«Así las cosas, el alcance de la prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores no concede una garantía de derecho absoluto a ser los primeros reincorporados tras un ERTE. No reconoce una preferencia automática en las fases posteriores de desafectación cuando el ERTE ha afectado de forma generalizada a la plantilla. La Sala razona que la garantía opera ‘ex ante’, cuando existe una selección de trabajadores afectados, pero no necesariamente ‘ex post’ para determinar el orden de reincorporación, especialmente si la empresa debe atender criterios productivos u organizativos. A tal efecto cita, entre otras, la setencia del TSJCat de 24 de febrero de 2023», concluye Aspra.

Noticias relacionadas