El litigio original se centró en la contratación de seguros de vida tipo unit linked, en las que Allfinanz no ofreció suficiente información. Foto: EP

El TS cierra la puerta a OVB Allfinanz y confirma su responsabilidad en la venta de ‘unit linked’ engañosos

7 / 08 / 2026 00:43

Actualizado el 08 / 08 / 2026 00:04

El Tribunal Supremo ha dictado un duro revés judicial contra OVB Allfinanz España SA (Allfinanz). En una reciente providencia de fecha 24 de junio de 2026, con la que concluye el procedimiento llevado a cabo por Asufin, la Sala de lo Civil ha acordado la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la entidad contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

El Alto Tribunal, bajo la ponencia del magistrado Manuel Almenar Belenguer, no solo ha rechazado revisar el caso, sino que ha impuesto las costas a la recurrente, quien también pierde el depósito constituido.

Para Antonio Fuentes Segura, abogado y director de Fuentes y Máiquez Abogados —despacho que representa a numerosos afectados—, esta resolución es «una de las noticias procesales más relevantes» para los miles de clientes de los seguros Unit Linked emitidos por la quebrada FWU.

Según el letrado, la providencia despeja uno de los principales obstáculos que OVB venía invocando de forma sistemática en los juzgados de toda España: su supuesta falta de legitimación pasiva.

«El primer argumento de su defensa queda ahora notablemente debilitado», explica Fuentes Segura, al confirmarse que las entidades que asesoran sobre productos complejos deben responder ante el cliente aunque no sean las emisoras del seguro.

El litigio original se centró en la contratación de seguros de vida tipo unit linked por parte de una inversora minorista.

La justicia ha ratificado que la información ofrecida fue «insuficiente y engañosa», lo que impidió a la cliente conocer los riesgos reales de un producto presentado bajo el atractivo —pero complejo— «Triángulo de Seguridad de Luxemburgo».

Esta decisión determina la firmeza de la condena contra la comercializadora en relación con la venta de productos financieros complejos, que inició Asufin en defensa de los afectados.

La estrategia de «espera» de Allfinanz

El Supremo subraya que no cabe revisar la valoración de la prueba, que concluyó que OVB no cumplió con sus deberes de información y que efectivamente prestó un servicio de asesoramiento financiero.

En este sentido, los abogados de la acusación recalcan que, aunque cada contrato tiene sus particularidades, existen «cuestiones nucleares compartidas», como el modelo de asesoramiento y el perfil minorista de los afectados, que facilitan las acciones conjuntas.

Otro punto de fricción técnica es el relativo a la caducidad de las acciones. Mientras OVB sostiene que el plazo comienza con la firma del contrato, los expertos recuerdan que la jurisprudencia del Supremo vincula el dies a quo al momento en que el cliente puede comprender realmente el riesgo asumido.

Desde el ámbito legal se advierte también sobre la situación de FWU, cuya quiebra en enero de 2025 aumentó la incertidumbre para los inversores. Antonio Fuentes Segura critica que OVB esté recomendando a muchos clientes «mantener la espera» y no demandar, una estrategia que, a su juicio, no favorece al perjudicado ante la liquidación de la aseguradora.

Resulta llamativo para los letrados del caso que OVB haya optado por no utilizar los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) introducidos por la Ley 1/2025, prefiriendo agotar la vía judicial.

Con esta resolución firme, que no admite recurso alguno, se abre un nuevo escenario para las miles de reclamaciones pendientes. Los expertos concluyen que la evolución de la jurisprudencia define ahora con mayor claridad el marco para que los afectados reclamen sus derechos frente a la entidad que «diseñó, asesoró y comercializó» estos productos.

Noticias relacionadas:

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

El Supremo mantiene la orden de detención de Puigdemont y rechaza aplicarle la amnistía

La AJFV sale en defensa del Supremo por la «Ley de Nietos» y pide al CGPJ que proteja la independencia judicial

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

El TS justifica su decisión de la «ley de nietos» ante el «peligro fundado» de que afecte a la transparencia electoral

Puente acusa a algunos jueces de querer «gobernar el país por detrás» y señala a María Tardón y al Supremo

Lo último en Tribunales

El Supremo atribuye a Junqueras el 'liderazgo' en el 'procés': Controló todos los pasos que llevaron al 1-O

El TC abre la puerta a amnistiar la malversación del ‘procés’ tras asumir Macías el criterio de la mayoría

Base de Cerro Muriano capitán

Aplazado a 2027 el juicio por la muerte de los dos militares en Cerro Muriano

06/10/2025 El TC confirma la absolución del yerno de la viuda del expresidente de la CAM, asesinada a tiros en un concesionario.

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la decisión del Tribunal Supremo (TS) de revocar la sentencia que absolvía a Miguel López del asesinato en 2016 de María del Carmen Martínez, viuda de Vicente Sala, expresidente de la CAM, y que ordenaba celebrar nuevo juicio con un jurado distinto. De este modo, confirma la absolución del yerno de la víctima, que fue juzgado por el crimen, ocurrido de varios disparos en diciembre de 2016 en el concesionario de coches que él regentaba.

POLITICA 
JOAQUÍN P. REINA / EUROPA PRESS

El TEDH estudiará si España vulneró el derecho a un juicio justo en el crimen de la viuda de Vicente Sala

donación préstamo

Una donación entre hermanas no acreditada oficialmente es un préstamo

Firma de documentos

Una firma «ausente» en el contrato supone el despido nulo, a pesar de no superar el periodo de prueba por «pasota»