Llegar a la alta dirección de una empresa puede ser el sueño de cualquier ejecutivo. Más salario, mayores responsabilidades, capacidad para tomar decisiones estratégicas y, probablemente, un despacho más grande. Pero ese ascenso también tiene una letra pequeña que afecta, en gran parte, a los derechos laborales.
Una empresa puede prescindir de un alto directivo mediante desistimiento y abonarle una indemnización de solo 7 días de salario por año trabajado, con un límite de seis mensualidades, si no se ha pactado una compensación superior. Y es que la salida de un alto directivo se concreta incluso antes de que pueda sentarse en su silla.
No obstante, si se trata de un despido declarado improcedente, la indemnización prevista legalmente, a falta de pacto, es de 20 días por año, frente a los 33 días que corresponden, con carácter general, a un trabajador ordinario. Un 39,4 % menos por año de servicio.
Esta es una de las paradojas jurídicas que pone de manifiesto MAIO Legal en su informe «Altos cargos. Guía práctica para entrar, ejercer y dejar de ocupar posiciones».
El estudio examina las consecuencias legales de asumir responsabilidades ejecutivas y advierte de que, detrás de una promoción aparentemente ventajosa, pueden esconderse importantes riesgos laborales, económicos y patrimoniales.
Cuando ascender significa perder derechos
El primer problema aparece incluso antes de firmar el contrato: determinar qué clase de relación jurídica mantendrá el profesional con la compañía. No todos los que ostentan el título de director general, consejero delegado o alto ejecutivo están sometidos al mismo régimen.
El ordenamiento distingue entre la relación laboral ordinaria, la relación laboral especial de alta dirección y la relación mercantil. Y la diferencia no depende exclusivamente de la denominación del puesto, sino de las funciones reales, el grado de autonomía y los poderes de decisión.
La relación laboral especial está regulada por el Real Decreto 1382/1985, que contempla un sistema de derechos y obligaciones distinto del establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
Ángela Toro, socia responsable del área Laboral de MAIO Legal en Madrid, considera que la preparación jurídica del ejecutivo resulta tan importante como sus conocimientos empresariales. «Muchos líderes se han formado en modelos centrados en lo financiero; hoy el cargo exige, además, conocimientos y habilidades transversales», explica.
Hay otra circunstancia especialmente relevante: ¿qué sucede con el contrato laboral anterior cuando un empleado asciende a la alta dirección? La respuesta es que ascender a un puesto de alta dirección no significa necesariamente perder el contrato laboral que tenían antes de su promoción.
La norma permite sustituir el contrato laboral anterior por el de alta dirección, aunque esa sustitución solo se hace efectiva después de dos años, o dejarlo en suspenso, conservando el trabajador su relación laboral de origen. Si no se especifica expresamente qué ocurre con el contrato anterior, la ley entiende que queda suspendido, no extinguido.
Los blindajes se negocian antes de necesitarse
Una de las principales recomendaciones del informe es negociar las condiciones de incorporación pensando también en una eventual salida. El informe insiste en que las indemnizaciones, los preavisos, los bonus pendientes y las cláusulas de blindaje deben negociarse desde el principio.
También cobran especial relevancia los pactos de exclusividad, permanencia y no competencia. En este último caso, la prohibición de competir con la empresa después de abandonar el puesto no puede superar los dos años y requiere que exista un interés industrial o comercial efectivo y una compensación económica adecuada para el directivo.
Por otra parte, abandonar la compañía no extingue automáticamente deberes como la confidencialidad o la protección de secretos empresariales.
Concha Martín, socia del área Laboral de MAIO Legal, resume el desafío: «El alto cargo debe blindar su gestión frente a riesgos regulatorios y de negocio en estructuras complejas de alta exposición».

El riesgo de responder con el patrimonio personal
El informe aborda otro aspecto menos conocido: las consecuencias jurídicas de las decisiones empresariales. Quien ocupa un puesto de alta responsabilidad puede encontrarse expuesto a reclamaciones derivadas de su gestión.
El riesgo adquiere especial relevancia cuando el ejecutivo también es administrador de la sociedad, porque entonces debe cumplir los deberes de diligencia y lealtad establecidos en la Ley de Sociedades de Capital.
Una actuación negligente que cause daños, cuando concurran los requisitos legales de responsabilidad, puede obligarle a responder con su patrimonio. Ahora bien, no basta con que una decisión empresarial produzca pérdidas para exigir responsabilidades.
El artículo 226 de la Ley de Sociedades de Capital incorpora la denominada Business Judgment Rule, que protege la discrecionalidad empresarial del administrador cuando actúa de buena fe, sin interés personal, con información suficiente y mediante un procedimiento adecuado.
El estudio no se limita a examinar contratos e indemnizaciones. Recoge las experiencias de Enrique Pérez-Plá, CEO de Bestinver; Pablo Álvarez, director general de Moderna en España; y José Luis Nevado Martínez, CEO y fundador de Sipay.
Los tres coinciden en destacar la importancia del talento, la delegación y los equipos de confianza.