Las emisoras de radio deberán abonar 100 euros por la retransmisión de cada partido
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional fija en 100 euros la cuantía que tendrán que abonar los operadores radiofónicos cuando accedan a los estadios para retransmitir los partidos. La Liga Nacional de Futbol Profesional requería 456.000 euros para los partidos de primera división y 252.000 para los de segunda división.
La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) fijó «como medida cautelar» en 98 euros, por estadio y partido, el precio que tenían que abonar las radios para retransmitir los partidos desde las cabinas de los estadios, de acuerdo con el artículo 19.4 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. Una cifra que la Audiencia Nacional fija ahora en 100 euros.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Luis Ruiz Piñeiro, distingue entre retransmisiones televisadas, donde hay una explotación de la imagen y las radiofónicas, que históricamente han venido retransmitiendo sin que las emisoras desembolsarán contraprestación alguna por el derecho a retransmitir. Una controversia que vino a zanjar el Real decreto 15/2012 que señala explícitamente en su exposición de motivos el libre acceso a los estadios de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual radiofónica.
La Sala incrementa a 100 euros la cuota de acceso basándose en un informe pericial que ha valorado cuestiones como el consumo eléctrico, limpieza, seguridad, accesos y acreditaciones.