La libertad vigilada para maltratadores y asesinos desaparecerá de la reforma del Código Penal

La libertad vigilada para maltratadores y asesinos desaparecerá de la reforma del Código Penal

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19/2/2015 00:00
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Actualizado: 19/2/2015 00:00
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La libertad vigilada prevista hasta el momento en el proyecto de reforma del Código Penal en supuestos como los asesinatos graves o la violencia de género desaparecerá previsiblemente de la norma después de que el grupo parlamentario popular en el Senado haya solicitado su supresión a través de una enmienda registrada en la cámara alta.

La nueva medida estaba prevista para el cumplimiento posterior a la condena de cárcel y suponía un control judicial que implicaba la localización permanente, comparecencias periódicas y la prohibición de no aproximarse a la víctima. Su duración era de un máximo de 5 años aunque se extendía a 10 en casos graves.

Las medidas de libertad vigilada se mantendrá solo para los delincuentes sexuales, tal y como establece la legislación vigente, y se suprimen las que se habían propuesto para otras figuras delictivas.

El Proyecto de Ley incluía esta medida para los casos de asesinato castigados con pena de prisión permanente revisable, es decir, los cometidos contra víctimas menores de 16 años o personas especialmente vulnerables, las agresiones sexuales con resultado de muerte, los asesinatos llevados a cabo por organizaciones criminales o los condenados por matar a más de dos personas.

También aparecía en el artículo 173 que prevé las condenas para quienes ejerzan violencia física o psíquica contra sus parejas o menores y discapacitados que convivan con ellos.

Desaparecerá así una de las iniciativas anunciada por la exministra Mato en su Estrategia para la Erradicación de la Violencia sobre la Mujer, un plan con vigencia hasta 2016 que contempla «extender la medida de libertad vigilada a los delitos de violencia de género» para mejorar la respuesta institucional a esta lacra social.

Suprimir esta previsión contradice también las recomendaciones del Consejo General del Poder Judicial y, en particular, del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género adscrito a esta institución, que viene reivindicando la extensión de la libertad vigilada para estos delincuentes desde al menos 2011 y había aplaudido su incorporación al Código Penal.

En relación con la libertad vigilada, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este mismo jueves la introducción de esta medida en la proposición de ley de reforma del Código Penal en materia de terrorismo, derivada del pacto contra el yihadismo entre ‘populares’ y socialistas.

 

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