Alfonso Grau tiene hasta el 7 de abril para presentar su escrito de defensa
El vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, tiene hasta el 7 de abril para presentar su escrito de defensa en el caso Nóos, en el que será juzgado por los presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude a la administración, tráfico de influencias y falsedad.
El juez José Castro ha dictado hoy una providencia en la que comunica a la representación procesal de Grau que el plazo para argumentar contra las acusaciones comienza el próximo jueves y termina el 1 de abril, pero al ser ese el último día antes de la Semana Santa, podrá registrar su escrito hasta las 15.00 horas del 7 de abril.
El instructor del caso Nóos responde de esta forma al emplazamiento que le formuló ayer la Audiencia de Palma en el auto en el que determinaba la apertura de juicio para el vicealcalde de Valencia, que había sido excluido inicialmente por Castro.
El tribunal provincial estimó el recurso interpuesto por el grupo socialista del Ayuntamiento de Valencia, que ejerce la acusación particular, al entender que existen indicios de que Grau pudo cometer delitos por su relación con la presunta trama corrupta en torno a la actividad de Iñaki Urdangarin y su socio Diego Torres.
La Audiencia de Palma consideró que de la instrucción se desprende que Grau «fue impulsor de la concertación» entre la Fundación Turismo de Valencia Convention Bureau (FTVCB), que él preside, y el Instituto Nóos para organizar tres foros sobre deporte y diseñar la candidatura para unos Juegos Europeos, servicios por los que la entidad de Urdangarin y Torres cobró 3,5 millones de euros.
Los magistrados entienden que el vicealcalde promovió los contratos «tanto de modo activo como por omisión, pese a ostentar una posición de garante de los fondos públicos que manejaba la FTVCB».
La Audiencia se reiteró en que aunque materialmente la fundación actuaba como una entidad privada, «se refugiaba» en esa naturaleza jurídica «pese a que en realidad era de interés público, para burlar las normas de contratación, las cuales, cuando menos a partir de marzo de 2005 (el convenio para el segundo foro Valencia Summit se firmó en octubre de ese año), le eran de obligado cumplimiento