La Audiencia Nacional ordena volver a calcular la multa de 13,7 millones de euros impuesta a Abertis

La Audiencia Nacional ordena volver a calcular la multa de 13,7 millones de euros impuesta a Abertis

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04/3/2015 00:00
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Actualizado: 04/3/2015 00:00
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La Audiencia Nacional ordena a la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) que vuelva a calcular la multa de 13,7 millones de euros impuesta a Abertis en febrero de 2012 por conducta muy grave al considerar que la empresa abusó de su posición de dominio en el mercado de los servicios de distribución de la señal de TDT.

En una sentencia, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional confirma que existió esa posicion de dominio por parte de Abertis, aunque estima parcialmente su recurso por la cuantificacion de la multa que efectuo la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC).

Los magistrados de la Audiencia Nacional basan su decisión en una reciente doctrina del Tribunal Supremo, del pasado mes de enero, que declaro contraria a Derecho el modo en que la CNMC venia graduando las sanciones por faltas a la competencia de acuerdo a la Comunicacion de 6 de febrero de 2009 del propio organo. 

El Supremo, en su doctrina, establecia que los criterios legales de graduacion tenian que fijarse «debidamente motivados».

Ahora, los magistrados de la Audiencia Nacional, apoyándose en esa doctrina, admiten parcialmente el recurso de Abertis contra la decisión de la CNMC en la parte en la que se fijaba que el porcentaje a aplicar para el importe de la sanción a las cifras de volumen de negocio afectado declaradas por Abertis, debidamente ponderada, debía ser del 15%, de lo que resultaba una sanción de 13,7 millones de euros. 

“Esta forma de graduar la sanción ha sido declarada contraria a Derecho por el Tribunal Supremo (…), por ello debemos anular la sanción impuesta para que por la CNMC se imponga la que corresponda, aplicando la doctrina contenida en la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2015”, concluyen. 

La sentencia de la Audiencia Nacional, contra la que cabe recurso, desestima el resto de pretensiones contenidas en el recurso de Abertis.

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