La AVT rechaza acudir a la UE por los descuentos de pena porque no hay «dudas interpretativas»

La AVT rechaza acudir a la UE por los descuentos de pena porque no hay «dudas interpretativas»

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19/4/2015 00:00
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Actualizado: 19/4/2015 00:00
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La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) rechaza la intención de algunos magistrados de la Audiencia Nacional de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra la normativa española que permite no descontar a los presos de ETA las condenas que hayan cumplido en cárceles francesas, al considerar que no existen «dudas interpretativas» al respe

El colectivo se ha pronunciado de esta forma en dos escritos en los que se opone a la presentación de la cuestión prejudicial, que será debatida por el Pleno de la Sala de lo Penal el próximo 29 de mayo, tras valorar  los casos de los etarras Gorka Martínez Ahedo y Juan Antonio Olarra Guridi.

En consonancia con la posición de la Fiscalía, la AVT señala que en enero de 2015, con la sentencia en la que se pronunció sobre el caso del etarra Pedro José Picabea, el Tribunal Supremo estableció que «no procede la acumulación de las sentencias francesas a las españolas», por lo que «las posibles dudas interpretativas que pudieran suscitarse a este respecto han sido resueltas por el máximo órgano de la jurisdicción ordinaria».

La Sala de lo Penal, presidida por el magistrado Fernando Grande-Marlaska, abordará este asunto después de que dos secciones de este organismo (la Primera y la Tercera) plantearan la posibilidad de preguntar al tribunal, con sede en Luxemburgo, sobre la interpretación de la Ley 7/2014 que traspuso la Decisión Marco 675/2008 del Consejo Europea sobre la acumulación de penas cumplidas en países comunitarios.

«CRITERIOS OBJETIVOS Y TEMPORALES»

La AVT sostiene que la legislación nacional «regula expresamente» esta materia a través de esta ley orgánica y añade que la Decisión Marco europea «no reconoce efectos a todas las condenas en el extranjero de manera ilimitada, sin atender a criterios objetivos o temporales».

«Al contrario, limita los supuestos de condenas en el extranjero con efectos en España de dos maneras: atendiendo a criterios objetivos así como a un criterio temporal imperativo, referido a las condenas anteriores al 15 de agosto de 2010», afirman los escritos.

A su entender, la cuestión del descuento de penas por los periodos de reclusión cumplidos en distintos países europeos no está recogido está recogida en una norma de Derecho interno que «regula expresamente la materia y la limita». 

Por ello, según la AVT, «no queda resquicio alguno de duda al respecto».

La aplicación de la directiva europea suscitó también dudas en la propia Sala de lo Penal del Supremo, que finalmente respaldó por nueve votos a seis la ley orgánica aprobada en noviembre pasado.

‘LA TIGRESA’ PIDIÓ LA CUESTIÓN PREJUDICIAL

Algunos magistrados del Supremo y otros de la Audiencia Nacional creen que esta norma «desnaturaliza y trampea» el derecho comunitario y otros apuestan por que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclare las dudas sobre el derecho de los Veintiocho, según informaron fuentes jurídicas.

El TJUE es el responsable de garantizar que el derecho de la UE se aplique correctamente tras recibir las cuestiones planteadas por los órganos jurisdiccionales.

Además, los propios afectados pueden acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo si creen que los tribunales españoles han conculcado sus derechos fundamentales. El criterio adoptado en nuestra país permite no rebajar los años cumplidos en cárceles francesas a cerca de 80 presos de ETA.

En diciembre pasado la Audiencia Nacional acordó la excarcelación de los etarras Santiago Arrospide Sarasola, ‘Santi Potros’, y Alberto Plazaola Anduaga y el adelanto de la fecha de salida de la cárcel de Francisco Múgica Garmendia, ‘Pakito’, y  Rafael Caride Simón. EP.

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