José Manuel Maza: «Soy consciente de que tengo la batalla perdida, de que el mundo va por otro lado»
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, durante una intervención en un acto organizado por el Consejo General de la Abogacía Española. Confilegal.

José Manuel Maza: «Soy consciente de que tengo la batalla perdida, de que el mundo va por otro lado»

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07/5/2015 00:00
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Actualizado: 07/5/2015 00:00
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«Estas causas son las que más me gusta combatir. Sabiendo que estás derrotado. Que te entregas hasta el final, entregando tu sangre, defendiendo en lo que crees. Creo en las garantías constitucionales, creo en la dignidad, creo en el secreto, creo en la intimidad, hasta del último ciudadano, por muy delincuente que sea», declaró José Manuel Maza, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

“Sé que la batalla está perdida. Sé que en Francia han aprobado una ley que va a permitir entrar en la intimidad de todo el mundo, a través de sus comunicaciones. O la Ley Patriot, de Estados Unidos”, se sinceró el magistrado.  

Fue durante su intervención en el XI Congreso de la Abogacía Española, que se está celebrando en Vitoria y al que asisten más de 1.200 abogados. En el curso de la ponencia que llevaba  «La aportación en la Jurisdicción Penal de Pruebas obtenidas mediante injerencia en otra jurisdicción sin cumplir los requisitos jurisprudenciales de la Sala Segunda del Tribunal Supremo».

Maza se refería a la sentencia 528/2014, de 16 de junio de 2014, de la Sala de lo Penal del Supremo, que contradijo un fallo de la Sala de lo Social anterior.

Era el caso de un empleado que duplicaba facturas con la intención de defraudar a su empresa. Esta intervino sus correos electrónicos —lo cual tiene eficacia probatoria  en la jurisdicción social—. La Sala Cuarta, de lo Social, del Tribunal Supremo, confirmó el despido . Y lo ratificó el Constitucional.

El caso también tuvo recorrido en la jurisdicción penal, llegando a la Sala Segunda. Allí, Maza, como ponente, estableció en la sentencia que toda comunicación no abierta –correos electrónicos laborales- precisaba de la autorización previa del juez, contradiciendo así a la Sala de lo Penal.

El fallo puso de relieve una contradicción básica: la prueba es válida en la jurisdicción social y no lo es en la jurisdicción penal.

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