EL CGPJ dará hoy luz verde al contenido de las sentencias para combatir el fraude fiscal

EL CGPJ dará hoy luz verde al contenido de las sentencias para combatir el fraude fiscal

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11/5/2015 00:00
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Actualizado: 11/5/2015 00:00
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El Consejo General del Poder Judicial debatirá este lunes, 11 de mayo, en un Pleno extraordinario, la aprobación del informe al Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal. Algo a lo que se oponen cinco vocales, que consideran esta medida como «oportunista» por parte del Ejecutivo.

El encargado de elaborar el informe favorable al Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal, ha sido el vocal del CGPJ, Gerardo Martínez Tristán. Un informe que será respaldado hoy por el Pleno del CGPJ. 

Propone, en concreto, el carácter público del acceso al fallo de las sentencias condenatorias firmes en materia de fraude fiscal y la publicación de un extracto de estas resoluciones en el BOE. La medida se considera proporcionada y ajustada a la Constitución.

El citado informe reconoce que la publicidad de la sentencia condenatoria puede suponer un «gravamen para la persona condenada susceptible de afectar a sus derechos individuales al honor, intimidad y protección de datos», si bien añade que también cumple una función de información «y en gran medida de lucha contra el fraude fiscal, configurándose como un elemento preventivo y educativo».

En este punto, el informe apunta que los derechos individuales «no son absolutos» sino que también tienen límites que establece la Constitución «o derivados de la protección dispensada por la norma constitucional a otros bienes, derechos o intereses merecedores de igual protección».

De este modo, el CGPJ concluye que la regulación proyectada por el Gobierno «sirve a un interés general», dado que con ella se pretenden alcanzar determinados objetivos amparados constitucionalmente.

Con este ANteproyecto, el Gobierno quiere dar publicidad parcial a los datos identificativos de las sentencias condenatorias firmes de delitos contra la Hacienda pública, fiscal, insolvencias punibles y contrabando. 

Según el Gobierno, la publicación de las sentencias no será completa, «sino de alcance proporcionado, únicamente en aquellos aspectos que son estrictamente necesarios para cumplir con la finalidad buscada, resultando así respetuoso con los derechos fundamentales al honor y a la intimidad, así como a la protección de datos de carácter personal».  

La publicación de  estos datos relativos al fraude fiscal de las sentencias, se encuentra en el anteproyecto de ley de Reforma de la Ley General Tributaria (LGT), remitido por el Gobierno a las Cortes, el pasado 17 de abril. Una  reforma que quiere potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica de las normas tributarias.

Además, con esta norma  también se autoriza la publicación de listados de obligados tributarios con deudas y sanciones pendientes superiores a un millón de euros, que no hubieran sido pagadas en el plazo de ingreso voluntario, salvo que se encuentren aplazadas o suspendidas. 

CINCO VOCALES TACHAN LA MEDIDA DE “OPORTUNISTA”

Y aunque se espera su aprobación por el Pleno del CGPJ, dos vocales del órgano de gobierno de los jueces, Roser Bach y Enrique Lucas han presentado un texto de observaciones al informe, al que se han adherido también los vocales Mª Victoria Cinto, Concepción Sáez y Clara Martínez de Careaga. Si estas observaciones no se acogen en el Pleno, presentarán un voto particular.

En ese texto, al que ha tenido acceso Confilegal, señalan » No cabe cuestionar que la medida que se propone incide claramente en la respuesta penal en los delitos contra la Hacienda Pública y que estos han adquirido en los últimos tiempos una resonancia indudable y un rechazo social indiscutible»

Pese a ellos, estos vocales inciden en señalar, en su voto particular, que «Ahora bien, la política legislativa, cuando afecta directamente a los derechos fundamentales, como aquí ocurre, no puede guiarse por el oportunismo ni por las exigencias del clima electoral. Tampoco debe abordar la reacción ante determinados delitos so capa de la defensa de determinados fines o bienes de relevancia constitucional sin considerar el conjunto del ordenamiento penal para salvar la contradicción que supone que la medida de publicidad que el anteproyecto contempla para el fraude fiscal y el reforzamiento del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos y la igualdad de todos los contribuyentes no se prevea para otros bienes sin duda más valiosos como la vida, la libertad personal, la libertad sexual, etc. Tal asimetría carece, a nuestro juicio, de justificación y solo se explica en el contexto, más bien la circunstancia política, en la que nos encontramos en la que lo que lo peor que se puede hacer es abdicar de la recta aplicación de los principios y reglas que definen a un Estado de Derecho por odiosas y reprobables que sean las conductas contra las que se dirige el anteproyecto».

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