Dvuelta vuelve a cargar legalmente contra las tasas, esta vez las de las Pymes
En 2013 la Audiencia Nacional estableció que la Ley de Tasas contenía elementos «que pueden considerarse inconstitucionales» al dificultar al acceso a la jurisdicción y a la tutela efectiva de los ciudadanos. Ahora, Dvuelta, otra vez vuelve a recurrir, en defensa de las pymes.
La empresa Dvuelta, especializada en la defensa legal de los conductores, lo ha vuelto a hacer. Ha vuelto a presentar un nuevo recurso contenciso-administrativo contra la orden del Ministerio de Hacienda, publicada hoy martes, en el BOE sobre tasas judiciales. Con los mismos argumentos que su anterior recurso ante la misma Sala de la Audiencia Nacional (AN): por «privar a millones de pequeñas y medianas de empresas» de la defensa de sus derechos e intereses en los tribunales.
Su anterior recurso, el de 2013, llevó a la AN a plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley de Tasas ante el Tribunal Constitucional, implantada por Alberto Ruiz Gallardón en 2012.
Los argumentos son «perfectamente trasladables a situaciones en donde el obligado tributario sea una persona jurídica» puesto que «el Gobierno sigue obviando la doctrina del Tribunal Constitucional al obligar a pagar tasas judiciales a las empresas sin tener en cuenta su dimensión o nivel de facturación», dice Dvuelta en un comunicado.
La AN ya entonces advirtió que la Ley de Tasas podía vulnerar el artículo 24.1 de la Constitución, que garantiza la tutela judicial efectiva al establecer que «todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión».
«Se entiende que este derecho fundamental de la persona» -continúa el comunicado de Dvuelta- «queda conculcado, no por la exigencia del pago de una tasa, sino por las consecuencias procesales y sustantivas derivadas de la falta de dicho pago».
«Lo que puede no ser constitucional, es que el pago de dicha tasa, condicione: primero, la posibilidad de acceder a la jurisdicción; y segundo la posibilidad de obtener la tutela judicial; y son estas dos consecuencias inevitables si no se pagan las tasas, las que se pueden considerar inconstitucionales», concluye Dvuelta.