El CGPJ cuestiona la INMUNIDAD PLENA de exjefes de Estado y Gobierno

El CGPJ cuestiona la INMUNIDAD PLENA de exjefes de Estado y Gobierno

28 / 05 / 2015 00:00

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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy un informe en el que cuestiona la conveniencia de mantener la plena inmunidad de los exjefes de Estado o de Gobierno y de los antiguos ministros de Asuntos Exteriores por actos realizados durante el ejercicio de sus cargos.

El texto, aprobado por unanimidad del Pleno del órgano de gobierno de los jueces, considera que la plena inmunidad «haría casi inaplicable el principio de justicia universal en caso de violación graves de normas internacionales imperativas».

La vocal Nuria Díaz ha sido la encargada de elaborar el informe al Anteproyecto de Ley Orgánica sobre inmunidades de los Estados extranjeros y organizaciones internacionales con sede u oficina en España y sobre régimen de privilegios e inmunidades aplicables a conferencias y reuniones internacionales celebradas España. Un texto que aboga por limitar la eficacia de esa inmunidad «para permitir la plena efectividad del principio de justicia universal con relación a determinados delitos especialmente graves que de otro modo sería prácticamente inaplicable».

Además, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) plantea sugerencias para tratar de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de quienes hayan visto lesionados derechos fundamentales por acciones u omisiones presuntamente imputables a un Estado extranjero, que constituyen violaciones de normas internacionales, de cuyo conocimiento resulten competentes los tribunales españoles.

Al respecto el CGPJ, propone articular una vía frente a la regla general de la inmunidad de jurisdicción de los Estados que ampare los casos en que se ejerciten en España acciones indemnizatorias por lesiones o daños causados por el Estado extranjero.

El texto también señala que “no se justifican suficientemente” los trámites introducidos por el Anteproyecto consistentes en la comunicación por el tribunal al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, así como al departamento ministerial cuya competencia se vea afectada, de los asuntos de que conozca en los que se planteen cuestiones de inmunidad, al objeto de que se emita un informe no vinculante al respecto.

En consecuencia propone la supresión de estos trámites, por no compadecerse bien con el ejercicio de la función jurisdiccional, que corresponde a los tribunales de forma exclusiva y excluyente.

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