Los DEFRAUDADORES no aparecerán en la lista de morosos SI PAGAN

Los DEFRAUDADORES no aparecerán en la lista de morosos SI PAGAN

29 / 05 / 2015 00:00

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el anteproyecto de ley que permite la publicación de sentencias firmes de defraudadores fiscales, incidiendo en que el condenado podrá evitar esa publicidad si repara el daño causado. Es decir, si paga.

La norma ha sido sometida a los informes preceptivos y no vinculantes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal. A la vista de ambos informes, se ha introducido alguna modificación relevante. A propuesta del Consejo General del Poder Judicial, se introduce la posibilidad de que el condenado evite la publicación del fallo si, antes de que la sentencia sea firme, paga la cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública.

En la conferencia posterior al Consejo, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado que el texto será enviado a las Cortes para su tramitación en paralelo con la Ley General Tributaria.

La vicepresidenta ha incidido en que «la publicación de la sentencias no será completa. Únicamente se podrán conocer aquellos aspectos que sean estrictamente necesarios para cumplir con la finalidad buscada. De esta manera, se respetan los derechos fundamentales al honor y a la intimidad, así como a la protección de datos de carácter personal», una exigencia que le habían reclamado desde el Consejo Fiscal y parte del sector progresista del Consejo General del Poder Judicial. «Tampoco aparecerán los datos de otras personas que, aunque hubieran podido participar en el proceso, no hayan sido condenadas en el mismo».

Sáenz de Santamaría ha señalado que el pasado año hubo 343 procesos penales por delitos contra la Hacienda pública.

Asimismo, ha recalcado que el anteproyecto prevé que sea el secretario judicial el que certifique las sentencias firmes para su publicación, aunque no en su totalidad, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La vicepresidenta ha explicado que el Ejecutivo ha estudiado los diferentes informes que se han emitido sobre la retroactividad de la publicación de las sentencias y el carácter penal o no de una medida de esta naturaleza, sobre la que hay distintos criterios según las instituciones.

A este respecto, ha subrayado que el Gobierno comparte la teoría del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de que no es una pena, «igual que no lo son algunas sanciones de ámbito económico que deben publicarse y que no se consideran normas restrictivas».

Sáenz de Santamaría ha subrayado que el Gobierno ha optado por una retroactividad «media», que prevé que se publiquen las sentencias que sean firmes una vez que haya entrado en vigor la ley, aunque los hechos se hayan cometido antes.

En este sentido, ha asegurado que el tiempo medio de tramitación de una sentencia desde que es registrada la denuncia por la Agencia Tributaria hasta que es firme, en 2014 y lo que ha transcurrido en 2015, ha sido de 2.331 días.

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