Las asociaciones de periodistas CONTRA la iniciativa parlamentaria de PROHIBIR IMÁGENES DE LOS DETENIDOS

Las asociaciones de periodistas CONTRA la iniciativa parlamentaria de PROHIBIR IMÁGENES DE LOS DETENIDOS

4 / 06 / 2015 00:00

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La Asociación de la Prensa de Madrid (APM), la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (ACIJUR) y la Asociación Nacional de Informadores Gráficos de Prensa y Televisión (ANIGPTV) han mostrado su oposición frontal a la iniciativa prohibir la publicación de las imágenes de los detenidos, contenida en la enmienda promovida por CiU, y apoyada por el PP.

La enmienda, contenida en la reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal, fue aprobada el pasado martes en la Comisión de Justicia de la Cámara Baja por 23 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones. Ahora tiene que ser sometida a la votación del Pleno que, caso de dar luz verde -y una vez que pase por el Senado- podría prohibir la captación de imágenes de los detenidos para «proteger sus derechos constitucionales».

La iniciativa ha partido del grupo de Convergencia i Unió (CiU) en el Congreso de los Diputados y ha sido apoyada por el Partido Popular.  El inciso al artículo 520 propuesto por los ‘populares’ no concreta, sin embargo, qué medidas deben adoptarse en las detenciones y desplazamientos y deja en manos de las Fuerzas de Seguridad del Estado las prevenciones a adoptar para cumplir la ley y evitar lo que se ha dado en llamar «pena de Telediario».

La noticia ha levantado las protestas de la APM, de ACIJUR y de la ANIGPTV, tres potentes e influyentes asociaciones de periodistas que coinciden en que supone una agresión directa a la libertad de información, que es el oxígeno de la democracia. 

«La APM considera que la enmienda vulnera el derecho constitucional a la información, ya que lo que pretende es ocultar a los ciudadanos las imágenes de hechos de interés general», dice la Asociación de la Prensa de Madrid en un comunicado hecho público. 

«Cuando la policía detiene a alguien, bien por orden de un juez o por la comisión de un delito ‘in fraganti’, está defendiendo la seguridad de los ciudadanos, por lo que no se entiende que se pretenda ocultar la toma de imágenes de un hecho que, por afectar a la seguridad de todos, es de interés general. La APM recuerda que el derecho constitucional a la información es uno de los pilares del sistema democrático porque facilita a los ciudadanos la formación de su opinión, base imprescindible para que actúen en libertad», añade. 

La APM recuerda que el «artículo  8 de la Ley Orgánica del Derecho al Honor, a la Intimidad y a la Propia Imagen establece que no se considerarán, con carácter general, como intromisiones ilegítimas la captación, reproducción o publicación de imágenes de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público».

ACIJUR, asociación que reúne a los periodistas especializados en Justicia y Tribunales, ha mostrado también su desacuerdo porque esa prohibición, caso de producirse no «parece acorde con los derechos de información y de publicidad de las actuaciones judiciales, que son consustanciales al Estado de Derecho, y son garantía de una Justicia trasparente y accesible a los ciudadanos», dice en un comunicado.

«ACIJUR ha apelado siempre a la responsabilidad de los medios de comunicación para no añadir elementos más cercanos al espectáculo que al periodismo, que puedan distorsionar informaciones veraces y confundan a la opinión pública. También demandamos el máximo respeto a la presunción de inocencia», añade.

La ANIGP-TV, por su parte, rechaza de plano la enmienda introducida por el PP. La enmienda, cuyo texto cita «se deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar el respeto a sus derechos constitucionales al honor, intimidad e imagen en el momento de practicarse la detención, así como en traslados ulteriores», choca de plano con el derecho colectivo a la información. De hecho, el Tribunal Constitucional dictó en su día que cuando esta colisión de derechos fundamentales se produce el que prevalece es el derecho colectivo que es, en este caso, el derecho a la información».

Las tres asociaciones, en sus respectivos comunicados, han mostrado su preocupación y han hecho un llamamiento a los representantes parlamentarios para que retiren esa enmienda, que será fatalmente lesiva para la libertad de información de un Estado de Derecho como el que tenemos en España. 

Esto añade «un capítulo más a los límites a los derechos a la libertad de expresión y a la información que contiene la Ley de Seguridad Ciudadana, sobre todo con la imposición de sanciones a la toma de fotografías o a la grabación de agentes y fuerzas de seguridad», termina la APM en su comunicado. 

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