La SEGUNDA INSTANCIA penal comenzará a IMPLANTARSE en 2016

La SEGUNDA INSTANCIA penal comenzará a IMPLANTARSE en 2016

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18/6/2015 00:00
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Actualizado: 18/6/2015 00:00
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La segunda instancia penal comenzará a implantarse a lo largo de 2016. La Audiencia Nacional, y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Madrid, Cataluña y Valencia tendrán salas de apelación. En el resto las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia asumirán esas competencias.

La reforma que hará posible la puesta en marcha de la nueva sala de apelación de la Audiencia Nacional (AN) se encuentra contenida en una disposición adicional del proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), ahora en el Parlamento, que modifica la Ley de Planta.

De esta forma se dará entrada a este nuevo órgano que estará compuesto por tres magistrados.

La instauración de la segunda instancia en las Comunidades Autónomas se encuentra contenida en el proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

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Aunque al final del texto la “Disposición adicional única. Previsión de costes” dice que las “medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones de persona, ni de retribuciones ni de otros gastos de personal”, fuentes del Ministerio de Justicia han explicado a Confilegal que recibirán su dotación económica a través de un decreto ley en el que están “empezando a trabajar”.

La implantación de la doble instancia, de los tribunales de apelación en la jurisdicción penal, está contemplada desde 2003, cuando se aprobó la ley 19/2003 de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).  

Fue la consecuencia de la condena a España, el 20 de julio de 2000, del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que consideró que el sistema de casación español vulneraba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al no contemplar el recurso de apelación.

Sin embargo, a pesar de su aprobación y de su inclusión de su articulado en la LOPJ, no se contempló memoria económica alguna para su implementación.

Hasta ahora.

Según cálculos aproximados del Ministerio de Justicia, serán necesarios tres magistrados en la Audiencia Nacional y 21 magistrados en las salas de apelación de Andalucía, Madrid, Cataluña y Valencia, aunque se comenzará con un número inferior –alrededor de 12- cuando se empiecen a rodar, comenzando 2016.

Andalucía, Madrid, Cataluña y la Comunidad Valenciana son las Comunidades Autónomas que presentan porcentajes de recursos ingresados que superan con creces al resto, según datos contenidos en “La Justicia dato a dato”, publicación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que contiene todos los datos estadísticos de la Justicia española.

Andalucía fue donde más se incrementaron, en 2013, con respeto al año anterior: un 21,7 por ciento. Detrás, con un aumento idéntico, Madrid y Cataluña, con un 15,3 por ciento. El incremento de la Comunidad Valenciana en el mismo periodo fue del 11,1 por ciento.

Está previsto que las plazas se cubran con “especialistas en lo penal, conforme a las pruebas que realice el CGPJ. En su defecto, por magistrados con antigüedad en el escalafón”, explicaron fuentes ministeriales.

La idea es que cada una de las cuatro Comunidades Autónomas mencionadas cuenten con dos secciones de apelación, pero se comenzará con el rodaje de sólo una en cada una de ellas en 2016 “porque, a día de hoy, se desconoce el número de recursos que pueden llegar a estos nuevos órganos. Calculamos que puedan ser recurridas el 50 por ciento de las sentencias de las Audiencias Provinciales, pero es sólo un cálculo. No lo sabremos hasta que comiencen a rodar”.

En 2013, las 52 Audiencias Provinciales especializadas en lo penal -que enjuician delitos que superan los cinco años de cárcel- produjeron un total de 66.573 sentencias, lo que quiere decir que el número de apelaciones anuales podría estar rondando las 33.286.

“Las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia restantes pueden asumir éstas competencias por dos razones: porque ya está contemplado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, a través de la modificación de 2003, y porque la carga de trabajo que van a acoger, mediante esta nueva competencia, es asumible”, añadieron las fuentes citadas.

“2016 va a ser un año de cálculos. Se tendrá que acompasar muy bien su implementación y, al mismo tiempo, habrá que ajustar lo que se necesita, en medios materiales y humanos, para que estos nuevos tribunales de apelación funcionen a buen rendimiento”, terminaron diciendo las mismas fuentes.

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