ZARRIAS utiliza los argumentos de Sáenz de Santamaría en el caso de su marido PARA NEGAR LA PREVARICACIÓN

ZARRIAS utiliza los argumentos de Sáenz de Santamaría en el caso de su marido PARA NEGAR LA PREVARICACIÓN

20 / 07 / 2015 00:00

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El exconsejero de Presidencia autonómico Gaspar Zarrías utiliza los argumentos incluídos en un informe de la Abogacía del Estado sobre la vicepresidenta del Gobierno Soraya Saénz de Santamaría y su marido, trabajador de Telefónica, para negar que cometiera prevaricación en la causa que investiga los ERE fraudulentos.

La defensa de Zarrias insiste en que ni él, ni los expresidentes Griñán y Chaves, cometieron el delito que se les imputa: prevaricación administrativa, puesto que aprobar un proyecto de ley es una decisión política. Para ello, se basan en un informe de la Abogacía del Estado que explicaba que la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría, no tenía que inhibirse en la aprobación de proyectos de leyes que afectaran a Telefónica, a pesar de que allí trabajaba su marido.

Con este argumento, la defensa de Zarrías entiende que no puede existir el delito de prevaricación ya que este ilícito penal solo se perpetra sobre leyes que se aplican. En ningún caso puede existir ese delito sobre proyectos normativos porque no han alcanzado el rango de ley, un rango que solo se obtiene aprobando el texto por parte del parlamento correspondiente.

Por tanto, según la defensa, ni Zarrías ni Griñán ni, por extensión, ningún miembro del consejo de gobierno de la Junta de Andalucía, pudieron cometer prevaricación administrativa alguna al aprobar los proyectos de ley de presupuestos ni propuestas de modificaciones presupuestarias.

Estas propuestas adquirieron tal condición al ser aprobadas por el parlamento y las leyes, aprobadas por la cámara legislativa de Andalucía pueden ser constitucionales o inconstitucionales pero nunca ilegales o prevaricadoras.

INHIBICIÓN

Zarrías cita, en concreto, el Dictamen 11/2012 de la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado donde la Abogacía resuelve una consulta sobre la posible incompatibilidad derivada de que el marido de la vicepresidenta preste servicios profesionales de asesoramiento jurídico en Telefónica. La Abogacía asegura que es «obvio» que la inhibición de Saénz de Santamaría no debe afectar a los proyectos de ley.

   El escrito recuerda que las Leyes de Presupuesto de Andalucía contemplaron durante 10 años la figura de la transferencia de financiación para allegar fondos al Instituto de Fomento para ayudas sociolaborales.

   «Podrá considerarse técnicamente inapropiado, contablemente cuestionable, podrá argumentarse que, al aprobar la ley, los diputados no se miraron los papeles pero es lo que es evidente es que estamos ante una ley», concluye. (CONFILEGAL/EP)

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